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58 NORMAS LEGALES Sábado 6 de enero de 2018 / El Peruano Artículo 3º.- Encargar a la Gerencia de Administración Financiera el cumplimiento del presente Acuerdo Municipal. Artículo 4º.- Encomendar a Secretaria General, la publicación del presente Acuerdo Municipal en el Diario Ofi cial “El Peruano”, conforme a Ley. Regístrese, comuníquese y cúmplase.ALFREDO ZEGARRA TEJADA Alcalde de Arequipa 1602547-1 Recomponen el Comité de Inversiones de la Municipalidad conformado con R.A N° 1500-2016-MPA RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 1755-2017-MPA Arequipa, 19 de setiembre 2017VISTO: El Informe Nº 032-2017-MPA/A/CI, mediante el cual se propone recomponer el Comité de Inversiones de la Municipalidad Provincial de Arequipa conformado según Resolución de Alcaldía Nº 1564-2016-MPA de fecha 21 de septiembre de 2016; y, CONSIDERANDO:Que, la Municipalidad Provincial de Arequipa, de acuerdo al artículo 194º de la Constitución Política del Estado concordante con el Artículo I y II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, es una Entidad de Derecho Público con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia; Que, el numeral 8.2 del artículo 8º del Decreto Legislativo 1224 dispone que la designación de los Miembros del Comité de Inversiones para un Gobierno Local se efectúe por Resolución de Alcaldía estableciendo cuáles son sus funciones; Que, en mérito al 6.1 del artículo 6º del Decreto Supremo Nº 410-2015, prescribe que en el caso de Gobierno Locales, las funciones del Comité de Inversiones son ejercidas por el órgano designado para tales efectos que cuenta con las facultades, obligaciones y responsabilidades establecidas en la normativa vigente; Que, con Resolución de Alcaldía Nº 1564-2016- MPA de fecha 21 de setiembre de 2016 se recompone el Comité de Inversiones que fue conformado con Resolución de Alcaldía Nº 1500-2016-MPA, quedando como sigue: • Lic. Ricardo E. Asesor de Alcaldía Presidente Grundy López• CPC Oscar Carrillo Gerente Municipal Miembro Muñoz• Abog. Luis Begazo Gerente de Adm. Financiera Miembro Burga• Econ. Manuel Gerente de Plani fi cación Miembro Huamanvilca Huarca Presupuesto y Racionalización Que, mediante Informe Nº 032-2017-MPA/A/CI se propone recomponer el Comité de Inversiones, debido a la ausencia de los siguientes miembros: CPC Oscar Carrillo Muñoz Gerente Municipal y Abog. Luis Begazo Burga Gerente de Administración Financiera; quedando de la siguiente manera: • Lic. Ricardo Enrique Asesor de Alcaldía Presidente Grundy López• Abog. Luis Hidalgo Secretario General (e) Miembro Ortiz• Econ. Manuel Gerente de Plani fi cación Miembro Huamanvilca Huarca Presupuesto y Racionalización Que, estando a lo establecido en el numeral 6) del artículo 20º y el artículo 43º la Ley Orgánica de Municipalidades; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, esta Alcaldía;RESUELVE: Artículo 1º.- Recomponer el Comité de Inversiones conformado con Resolución de Alcaldía Nº 1500-2016-MPA de fecha 12 de setiembre de 2016, quedando de la siguiente manera: Lic. Ricardo Enrique Asesor de Alcaldía Presidente Grundy LópezAbog. Luis Hidalgo Ortiz Secretario General (e) MiembroEcon. Manuel Huamanvilca Gerente de Plani fi cación Miembro Huarca Presupuesto y Racionalización Artículo 2º.- Dejar sin efecto la Resolución Nº 1564- 2016-MPA de fecha 21 de setiembre de 2016. Artículo 3º.- Dejar sin efecto la Resolución de Alcaldía Nº 1500-2016-MPA de fecha 12 de setiembre de 2016. Artículo 4º.- Notifíquese con la presente resolución, al amparo de lo prescrito por el artículo 24º de la Ley Nº 27444 Ley del Procedimiento Administrativo General. Regístrese, comuníquese y hágase saber.ALFREDO ZEGARRA TEJADA Alcalde de Arequipa 1602548-1 CONVENIOS INTERNACIONALES Acuerdo Marco sobre el Establecimiento de la Alianza Solar Internacional (ISA) ACUERDO MARCO SOBRE EL ESTABLECIMIENTO DE LA ALIANZA SOLAR INTERNACIONAL (ISA) Nosotros, las Partes en este Acuerdo,Recordando la Declaración de París sobre la Alianza Solar Internacional del 30 de noviembre de 2015 y el anhelo compartido de llevar a cabo esfuerzos conjuntos requeridos para reducir los costos de fi nanciamiento y de tecnología, movilizar más de 1.000 millones de dólares en inversiones necesarias hasta el 2030 para el despliegue masivo de la energía solar, y allanar el camino para tecnologías futuras adaptadas a las necesidades, Reconociendo que la energía solar proporciona a los países ricos en recursos solares, situados total o parcialmente entre los Trópicos de Cáncer y Capricornio, la oportunidad sin precedentes para traer prosperidad, seguridad energética y desarrollo sostenible a sus pueblos, Reconociendo los obstáculos especí fi cos y comunes que aún obstaculizan la ampliación rápida y masiva de la energía solar en estos países, Afi rmando que estos obstáculos pueden abordarse si los países ricos en recursos solares actúan de manera coordinada, con fuerte impulso y resolución política, y que una mejor armonización y la adición a la demanda, entre otros, de fi nanciación solar, tecnologías, innovación o creación de capacidades entre países, proporcionará una fuerte palanca para reducir los costos, aumentar la calidad y llevar energía solar con fi able y asequible al alcance de todos, Unidos en su deseo de establecer un mecanismo efectivo de coordinación y toma de decisiones entre ellos, Hemos acordado lo siguiente: Artículo I Objetivo Por la presente, las Partes establecen una Alianza Solar Internacional (en lo sucesivo denominada ISA), a través de la cual abordarán colectivamente desafíos comunes claves para la ampliación de la energía solar en función de sus necesidades. Artículo II Principios Rectores 1. Los Miembros adoptan medidas coordinadas mediante programas y actividades emprendidas de