Norma Legal Oficial del día 16 de enero del año 2018 (16/01/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 49

El Peruano / Martes 16 de enero de 2018

NORMAS LEGALES GOBIERNOS LOCALES

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RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 123-2018-MP-FN Lima, 15 de enero de 2018 VISTO Y CONSIDERANDO: El oficio Nº 032-2018-MP-PJFS-DF-UCAYALI, remitido por la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Ucayali, mediante el cual eleva la propuesta para cubrir la plaza de Fiscal Adjunto Provincial, para el Despacho de la Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Puerto Inca, la cual a la fecha, se encuentra vacante y en consecuencia se hace necesario nombrar al Fiscal que ocupe provisionalmente dicho cargo, previa verificación de los requisitos de Ley. Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido por el artículo 64º del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Nombrar al abogado Eduardo Guillermo Rodríguez López, como Fiscal Adjunto Provincial Provisional del Distrito Fiscal de Ucayali, designándolo en el Despacho de la Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Puerto Inca. Artículo Segundo.- Hacer de conocimiento la presente Resolución, al Consejo Nacional de la Magistratura, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Ucayali, Gerencia General, Gerencia Central de Potencial Humano, Oficina de Registro y Evaluación de Fiscales y al Fiscal mencionado. Regístrese, comuníquese y publíquese. PABLO SÁNCHEZ VELARDE Fiscal de la Nación 1606741-38 RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 124-2018-MP-FN Lima, 15 de enero de 2018 VISTO Y CONSIDERANDO: El oficio Nº 264-2017-PJFS-DFVENTANILLA-MPFN, cursado por el Presidente de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Ventanilla, mediante el cual formula propuesta para cubrir la plaza de Fiscal Adjunto Provincial, para el Despacho de la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Ventanilla, la cual, a la fecha, se encuentra vacante; en consecuencia, se hace necesario nombrar al fiscal que ocupe provisionalmente dicho cargo, previa verificación de los requisitos de ley. Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido en el artículo 64° del Decreto Legislativo N° 052, Ley Orgánica del Ministerio Público. SE RESUELVE: Artículo Primero.- Nombrar a la abogada Rocío Zulema Mego Tarrillo, como Fiscal Adjunta Provincial Provisional del Distrito Fiscal de Ventanilla, designándola en el Despacho de la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Ventanilla. Artículo Segundo.- Hacer de conocimiento la presente Resolución, al Consejo Nacional de la Magistratura, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Ventanilla, Gerencia General, Gerencia Central de Potencial Humano, Oficina de Registro y Evaluación de Fiscales y a la fiscal mencionada. Regístrese, comuníquese y publíquese. PABLO SÁNCHEZ VELARDE Fiscal de la Nación 1606741-39

MUNICIPALIDAD DE LINCE
Establecen monto mínimo a pagar por concepto de Impuesto Predial para el ejercicio 2018
DECRETO DE ALCALDÍA Nº 001-2018-MDL Lince, 4 de enero de 2018 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE LINCE; VISTO: El Informe Nº 400-2017-MDL-GSAT/SRAC de fecha 27 de diciembre de 2017, emitido por la Subgerencia de Registro y Atención al Contribuyente, Informe N° 598-2017-MDL-GAJ de fecha 29 de diciembre de 2017, emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica, Memorando Nº 001-2018-MDL-GM de fecha 03 de enero de 2018, emitido por la Gerencia Municipal, y; CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Perú, en su artículo 74º y 194°, reconoce a los Gobiernos Locales autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, en concordancia con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; Que, el Artículo 13º del Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal, aprobado por Decreto Supremo N° 156-2004-EF y modificatorias, dispone que las Municipalidades se encuentran facultadas para establecer un monto mínimo a pagar por concepto de Impuesto Predial el equivalente a 0.6% de la UIT vigente en el ejercicio; Que, mediante Ordenanza Nº 399-2017-MDL de fecha 29 de noviembre de 2017, publicada en el Diario Oficial "El Peruano" el 07 de diciembre de 2017, se fijó en el Distrito de Lince, el Calendario de Pagos Tributarios e Incentivos por Pronto Pago correspondientes al Ejercicio 2018; Que, el dispositivo acotado en el párrafo precedente establece en su Artículo Primero.- PAGO MÍNIMO DEL IMPUESTO PREDIAL: El monto mínimo a pagar por concepto del Impuesto Predial para el ejercicio 2018, es el equivalente al 0.6% de la UIT, cuyo valor nominal será precisado mediante Decreto de Alcaldía, a la dación de la Norma referida; Que, mediante Decreto Supremo Nº 380-2017EF publicado en el Diario Oficial "El Peruano" el día 23 de diciembre de 2017, el Ministerio de Economía y Finanzas aprobó el valor de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) como índice de referencia en normas tributarias, equivalente a S/ 4,150.00 (Cuatro Mil Ciento Cincuenta y 00/100 Soles) para el ejercicio gravable 2018; Que, estando a lo expuesto y conforme a las atribuciones conferidas por el numeral 6) del artículo 20º de la Ley 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; DECRETA: Artículo Primero.- PAGO MÍNIMO DEL IMPUESTO PREDIAL: ESTABLÉZCASE como monto mínimo a pagar por concepto de Impuesto Predial para el ejercicio 2018, el 0.6% de la UIT, equivalente a S/. 24.90 (Veinticuatro y 90/100 Soles), por las razones expuestas en la parte considerativa del presente Decreto de Alcaldía. Artículo Segundo.- Encargar a la Gerencia de Servicios de Administración Tributaria, Gerencia de Administración y Finanzas, Gerencia de

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