Norma Legal Oficial del día 03 de febrero del año 2018 (03/02/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 5

El Peruano / Sábado 3 de febrero de 2018

NORMAS LEGALES
SE RESUELVE:

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CONSIDERANDO: Que, conforme al Artículo 12 del Decreto Legislativo Nº 1059 - Ley General de Sanidad Agraria, el ingreso al país, como importación, tránsito internacional o cualquier otro régimen aduanero, de plantas y productos vegetales, animales y productos de origen animal, insumos agrarios, organismos benéficos, materiales de empaque, embalaje y acondicionamiento, cualquier otro material capaz de introducir o propagar plagas y enfermedades, así como los medios utilizados para transportarlos, se sujetarán a las disposiciones que establezca, en el ámbito de su competencia, la Autoridad Nacional en Sanidad Agraria; Que, el Artículo 14° del Decreto Supremo N°0152015-MINAGRI que modifica y complementa normas reglamentarias para fortalecer el marco normativo del Servicio Nacional de Sanidad Agraria - SENASA, reglamenta la Guarda Custodia. Que el 30 de noviembre de 2017 la Dirección de Sanidad Vegetal aprueba el "Procedimiento de Guarda Custodia" Que, el informe del visto señala que la implementación de este procedimiento facilitará el comercio, las medidas establecidas allí y permitirán un nivel adecuado de protección fitosanitaria. De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1059, el Decreto Supremo Nº 018-2008-AG, el Decreto Supremo N°015-2015-MINAGRI, con el visado de la Dirección de Sanidad Vegetal, Subdirección de Cuarentena Vegetal y de la Oficina de Asesoría Jurídica; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Apruébese el "Procedimiento de Guarda Custodia" Artículo 2º.- Dispóngase la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano y en el Portal Institucional del Servicio Nacional de Sanidad Agraria SENASA (www.senasa.gob.pe). Regístrese, comuníquese publíquese. MOISES PACHECO ENCISO Director General Dirección de Sanidad Vegetal Servicio Nacional de Sanidad Agraria 1612724-2

Artículo 1.- ACEPTAR, con efectividad al 01 de febrero de 2018, la renuncia efectuada por el Señor Porfirio Villar Rojas, en el cargo de Director de la Dirección Zonal Lima del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural ­ AGRO RURAL del Ministerio de Agricultura y Riego, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- DISPONER la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial "El Peruano" y en el Portal Electrónico del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural ­ AGRO RURAL (www.agrorural.gob.pe) Regístrese, comuníquese y publíquese. ALBERTO JOO CHANG Director Ejecutivo Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural - AGRO RURAL 1613560-1

Aprueban los "Lineamientos para la supervisión y fiscalización de las Juntas de Usuarios"
RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 041-2018-ANA Lima, 2 de febrero de 2018 VISTO: El Memorándum N° 044-2017-ANA-DOUA de la Dirección de Organizaciones de Usuarios de Agua y el Informe Legal N° 009-2018-ANA-OAJ de la Oficina de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, el numeral 3) del artículo 15º de la Ley N° 29338 - Ley de Recursos Hídricos, establece que es función de la Autoridad Nacional del Agua, dictar normas y establecer procedimientos para asegurar la gestión integral y sostenible de los recursos hídricos; Que, la Ley N° 30157 - Ley de las Organizaciones de Usuarios de Agua, regula la constitución y funcionamiento de las organizaciones de usuarios de agua previstas en la Ley N° 29338 - Ley de Recursos Hídricos; Que, con Decreto Supremo N° 005-2015-MINAGRI, se aprobó el Reglamento de la precitada Ley, el cual desarrolla la constitución, organización, el funcionamiento de las organizaciones de usuarios de agua y las acciones de supervisión, fiscalización y sanción a cargo de la Autoridad Nacional del Agua; Que, según el Decreto Supremo N° 018-2017-MINAGRI que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad Nacional del Agua, la Dirección de Organizaciones de Usuarios de Agua, es el órgano de línea que organiza y conduce las acciones en materia de reconocimiento, fortalecimiento de capacidades, régimen tarifario, supervisión y fiscalización de las organizaciones de usuarios de agua, previstas en la Ley N° 30157 y la Ley N° 29338; Que, bajo este marco normativo, la citada dirección de línea propone derogar la Resolución Jefatural Nº 118-2015-ANA que aprobó los "Lineamientos para la Supervisión de Juntas de Usuarios" y aprobar los nuevos lineamientos que establecen el procedimiento a desarrollar en las acciones de supervisión y fiscalización a las Juntas de Usuarios; Que, por tanto, resulta necesario aprobar la propuesta para su inmediata aplicación por los órganos desconcentrados de esta Autoridad y por las Juntas de Usuarios a nivel nacional; Estando a lo propuesto por la Dirección de Organizaciones de Usuarios de Agua, con los vistos de la Oficina de Asesoría Jurídica y la Secretaría General, y en uso de las facultades conferidas por el artículo 42° del Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad Nacional del Agua, aprobado por Decreto Supremo Nº 018-2017-MINAGRI.

Aceptan renuncia de Director de la Dirección Zonal Lima del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural - AGRO RURAL
RESOLUCIÓN DIRECTORAL EJECUTIVA Nº 044-2018-MINAGRI-DVDIAR-AGRO RURAL-DE Lima, 2 de febrero de 2018 VISTA: La Carta Nº 001-2018-PVR fecha 01 de febrero de 2018, y; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Directoral Ejecutiva Nº 264-2016-MINAGRI-DVDIAR-AGRO RURAL-DE de fecha 16 de noviembre de 2016, se designó al Señor Porfirio Villar Rojas, en el cargo de Director de la Dirección Zonal Lima del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural ­ AGRO RURAL del Ministerio de Agricultura y Riego, cargo considerado de confianza; Que, el citado funcionario ha presentado renuncia al cargo que venía desempeñando, la misma que se ha visto conveniente aceptar; De conformidad con lo establecido en la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el Nombramiento y Designación de Funcionarios Públicos, y en uso de las atribuciones conferidas en el Manual de Operaciones, aprobado mediante Resolución Ministerial N° 0015-2015-MINAGRI;

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