Norma Legal Oficial del día 03 de febrero del año 2018 (03/02/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 9

El Peruano / Sábado 3 de febrero de 2018

NORMAS LEGALES

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de las medidas de confianza mutua y de seguridad; así como, para contribuir al logro de entendimientos en materia de misión de estudios, capacitaciones e intercambios operacionales, beneficiando no solo al personal FAP participante, quienes han ido ampliando su visión y experiencia en los campos de sus respectivas especialidades, sino que a través de ellos a la Institución; Que, mediante el Oficio N° 020/MAAG/AFSEC-LOG de fecha 09 de enero de 2018, el Jefe de las Secciones Fuerza Aérea y Logística del Grupo Consultivo y de Ayuda Militar de los Estados Unidos de América, hace de conocimiento que el curso solicitado de "Administración de Recursos y Logística del Ministerio de Defensa" ha sido reemplazado por el curso "Logística Conjunta y de Asistencia de Seguridad", la misma que se dictará en el Instituto de Cooperación para la Seguridad Hemisférica (WHINSEC), en el Fuerte Benning, Georgia ­ Estados Unidos de América, asimismo, detalla las fechas de inicio y término (presentación día 07 de febrero de 2018 y fecha de término 15 de marzo de 2018); Que, mediante el Oficio NC-50-DEPE-N° 0043 de fecha 17 de enero de 2018, el Director General de Educación y Doctrina de la Fuerza Aérea del Perú, solicita que se inicien los trámites para la formulación del proyecto de resolución que autorice el viaje al exterior en Misión de Estudios del Personal Militar FAP que se detalla en la parte resolutiva, para que participe en el curso "Logística Conjunta y de Asistencia de Seguridad", a dictarse en el Instituto de Cooperación para la Seguridad Hemisférica (WHINSEC), en el Fuerte Benning, Georgia ­ Estados Unidos de América; fecha de presentación 07 de Febrero y fecha de término 15 de Marzo del 2018; Que, de acuerdo a lo descrito en la Exposición de Motivos del Oficio citado en el párrafo precedente, es conveniente para los intereses institucionales, autorizar el viaje al exterior en Misión de Estudios del Personal Militar FAP que se detalla en la parte resolutiva; por cuanto, permitirá contribuir e implementar nuevas técnicas y modelos logísticos que optimicen la gestión en la Fuerza Aérea del Perú; Que, teniendo en consideración los itinerarios de los vuelos internacionales y con la finalidad de garantizar la participación oportuna del personal designado, resulta necesario autorizar su salida del país con un (01) día de anticipación; así como, su retorno un (01) día después de la fecha programada, sin que estos días adicionales irroguen gasto alguno al Tesoro Público; Que, los gastos de costo del curso, los pasajes aéreos de ida y vuelta y el hospedaje, del personal designado durante el periodo del 07 de febrero de 2018 al 15 de marzo de 2018, serán cubiertos con los fondos FMS del caso PE-D-TAD otorgados por el Gobierno de los Estados Unidos de América, por lo cual, de conformidad con lo establecido en el inciso b) del artículo 3 del Decreto Supremo Nº 262-2014-EF de fecha 11 de setiembre de 2014, que establece disposiciones respecto a montos por Compensación Extraordinaria por Servicios en el Extranjero en Misión Diplomática, Comisión Especial en el Exterior, Misión de Estudios, Comisión de Servicios y Tratamiento Médico Altamente Especializado de personal Militar y Civil del Sector Defensa e Interior, corresponde se le otorgue el pago del 40% de la Compensación Extraordinaria Mensual por Servicio en el Extranjero para cubrir el gasto de alimentación y movilidad local, la misma que se efectuarán con cargo al presupuesto año fiscal 2018; Que, conforme a lo mencionado según documento HG-N° 0007 DGDF-ME/SIAF-SP de fecha 22 de enero de 2018 del Jefe del Departamento de Viajes y Comisiones de la Dirección General de Personal de la Fuerza Aérea del Perú, el pago del 40% de la Compensación Extraordinaria por Servicio en el Extranjero que ocasione la presente autorización de viaje, la misma que se efectuarán con cargo al presupuesto institucional Año Fiscal 2018, de la Unidad Ejecutora Nº 005 ­ Fuerza Aérea del Perú, de conformidad con el artículo 13 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 05 de junio de 2002; lo cual incluye para el presente evento, alimentación, movilidad local de acuerdo a lo establecido en los incisos c) del artículo 7 del Decreto Supremo N° 002-2004-DE-SG; Que, de conformidad con el artículo 26 de la Ley Nº 28359 ­ "Ley de Situación Militar de los Oficiales de las

Fuerzas Armadas", modificado por la Ley Nº 29598 y por el Decreto Legislativo Nº 1143, el Oficial nombrado en Comisión de Servicio o Misión de Estudios por cuenta del Estado en el extranjero, está impedido de solicitar su pase a la situación militar de disponibilidad o retiro, hasta después de haber servido en su respectiva Institución Armada el tiempo previsto en el artículo 23 de la referida norma, más el tiempo compensatorio previsto en el mismo artículo; y, conforme al Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 007-2005-DE/SG, de fecha 14 de febrero de 2005, modificado por el Decreto Supremo Nº 010-2010-DE, de fecha 20 de noviembre de 2010 y el Decreto Supremo Nº 009-2013-DE de fecha 02 de octubre de 2013; Que, el Ministerio de Defensa, ha dispuesto que los Órganos Competentes, Organismos Públicos Descentralizados, Unidades Ejecutoras y Empresas del Sector Defensa, cumplan con incorporar en sus propuestas de autorización de viajes del Personal Militar y Civil del Sector, una disposición que precise, en los casos que corresponda, que el otorgamiento de la Compensación Extraordinaria Mensual por Servicios en el Extranjero se hará por días reales y efectivos, independientemente de la modalidad del referido viaje, conforme a lo dispuesto en el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por el Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG de fecha 26 de enero de 2004 y sus modificatorias; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134 ­ Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley Nº 30693 ­ Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018; la Ley N° 27619 - Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y su Reglamento aprobado con el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 05 de junio de 2002 y su modificatoria; el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG del 26 de enero de 2004 y sus modificatorias, que reglamentan los viajes al exterior del personal militar y civil del Sector Defensa; el Decreto Supremo Nº 262-2014-EF de fecha 11 de setiembre de 2014, que establece disposiciones respecto a montos por Compensación Extraordinaria por Servicios en el Extranjero en Misión Diplomática, Comisión Especial en el Exterior, Misión de Estudios, Comisión de Servicios y Tratamiento Médico Altamente Especializado de personal Militar y Civil del Sector Defensa e Interior; y, Estando a lo propuesto por el señor Comandante General de la Fuerza Aérea del Perú; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior en Misión de Estudios del Personal Militar FAP que se detalla a continuación, para que participe en el curso "Logística Conjunta y de Asistencia de Seguridad", a dictarse en el Instituto de Cooperación para la Seguridad Hemisférica (WHINSEC), en el Fuerte Benning, Georgia ­ Estados Unidos de América; del 07 de febrero al 15 de marzo del 2018; así como, su salida del país el 06 de febrero de 2018 y retorno el 16 de marzo de 2018: PERSONAL TITULAR Coronel FAP NSA: O-9575789 Comandante FAP NSA: O-9609792 Comandante FAP NSA: O-9645195 GILBERT ALEJANDRO MOY GALARZA DNI: 09398605 JOSE ANTONIO MACHUCA ISLA DNI: 09869584 RENZO FELIPE NOVOA MUÑOZ DNI: 43338663

PERSONAL SUPLENTE Coronel FAP NSA: O-9552087 Comandante FAP NSA: O-9600391 Mayor FAP NSA: O-9663997 JOSE LUIS QUIROZ LOSSIO DNI: 16734554 FREDDY ROLANDO VALER ENCISO DNI: 43505410 HENRY OLIVARES CHECA DNI: 43336502

Artículo 2.- El Ministerio de Defensa - Fuerza Aérea del Perú, efectuará los pagos que correspondan, con cargo al presupuesto institucional Año Fiscal 2018, de acuerdo al concepto siguiente:

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