Norma Legal Oficial del día 03 de febrero del año 2018 (03/02/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 10

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NORMAS LEGALES
40% de la Compensación Extraordinaria por Servicio en el Extranjero US $ 6,416.28 / 28 x 22 días x 40% x 03 personas = US $ 6,049.64 US $ 6,416.28 / 31 x 15 días x 40% x 03 personas = US $ 3,725.58 ---------------------Total = US $ 9,775.22

Sábado 3 de febrero de 2018 /

El Peruano

Artículo 3.- La participación del personal suplente queda supeditada a la imposibilidad de asistencia por parte del personal titular. Artículo 4.- Los gastos de pasajes aéreos de ida y vuelta, hospedaje que demande la participación del personal designado, serán cubiertos con los fondos FMS del caso PE-D-TAD otorgados por el Gobierno de los Estados Unidos de América. Artículo 5.- El Comandante General de la Fuerza Aérea del Perú queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refiere el artículo 1, sin exceder el total de días autorizados y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre del personal autorizado. Artículo 6.- El personal designado está impedido de solicitar su pase a la situación militar de disponibilidad o retiro, hasta después de haber servido en su respectiva Institución Armada el tiempo mínimo, más el tiempo compensatorio dispuesto en la Ley de la materia. Artículo 7.- El otorgamiento de la Compensación Extraordinaria Mensual por Servicio en el Extranjero, se hará por días reales y efectivos de servicios en el exterior, conforme a lo dispuesto en el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar del Sector Defensa, aprobado por el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG de fecha 26 de enero de 2004 y sus modificatorias; en el Decreto Supremo Nº 262-2014-EF de fecha 11 de setiembre de 2014. Artículo 8.- El personal designado deberá cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país. Artículo 9.- La presente autorización no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publiquese. JORGE KISIC WAGNER Ministro de Defensa 1613566-1

Autorizan viaje de oficial del Ejército del Perú a Brasil, en misión de estudios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0123-2018 DE/EP Jesús María, 31 de enero de 2018 VISTA: La Hoja Informativa Nº 026/DRIE/SECC RESOL del 24 de enero de 2018, del Comandante General del Ejército; y, el Dictamen Nº 162-2018/OAJE/L-1, del 24 de enero de 2018, del Jefe de la Oficina de Asuntos Jurídicos del Ejército. CONSIDERANDO: Que, mediante Acta Final de la IX Conferencia Bilateral de Estado Mayor Brasil ­ Perú firmada el 23 de noviembre de 2016, en el anexo "C" Entendimientos Nº 12 se acordó que el Ejército de Brasil considerará la posibilidad de mantener en los años 2017 y 2018 la invitación al Alumno que esté cursando el Curso de Comando y Estado Mayor para Oficiales de Naciones Amigas, en la Escuela de Comando y Estado Mayor del Ejército (ECEME), por el periodo de un (01) año, para permanecer como Instructor; siendo los gastos derivados de este Entendimiento a cargo del Ejército del Perú; Que, mediante Oficio Nº 114/AGREMIL PERUBRASIL/W-c.3.4 del 23 de enero de 2018, el Agregado de

Defensa y Militar del Perú en Brasil, comunica al Director de Relaciones Internacionales del Ejército del Perú, que el Ejército de Brasil hace el requerimiento para que el Oficial Superior que sea designado como Alumno al Curso de Comando y Estado Mayor para Oficiales de Naciones Amigas, en la Escuela de Comando y Estado Mayor del Ejército (ECEME), durante el periodo del 05 de febrero al 28 de noviembre de 2018, continúe permaneciendo en la condición de Instructor de la mencionada Escuela, en el periodo del 29 de noviembre de 2018 al 01 de diciembre de 2019; Que, mediante Oficio Nº 101/DIEDOCE/C-5.b del 16 de enero de 2018, el Director de Educación y Doctrina del Ejército solicita a la Dirección de Relaciones Internacionales del Ejército del Perú, se inicien los trámites para la formulación del proyecto de resolución que autorice el viaje al exterior en Misión de Estudios del Mayor EP William Arturo VEGA MENDOZA, para participar como Alumno del Curso de Comando y Estado Mayor para Oficiales de Naciones Amigas en la Escuela Superior de Guerra del Ejército (ECEME), de la República Federativa de Brasil; y, su posterior desempeño como Instructor invitado; Que, mediante la Hoja de Recomendación Nº 005/ DIEDOCE/C-5.b, del 11 de enero de 2018, el Comandante General del Ejército ha propuesto la designación del Mayor EP William Arturo VEGA MENDOZA, para participar como Alumno del Curso de Comando y Estado Mayor para Oficiales de Naciones Amigas en la Escuela Superior de Guerra del Ejército (ECEME), de la República Federativa de Brasil, en el periodo del 05 de febrero de 2018 al 28 de noviembre de 2018 y su posterior desempeño como Instructor invitado del 29 de noviembre de 2018 al 01 de diciembre de 2019; Que, es conveniente para los intereses institucionales autorizar el viaje al exterior en Misión de Estudios del Mayor EP William Arturo VEGA MENDOZA, el cual contribuirá al intercambio, integración, compartimiento, interpretación y ejercicio de la doctrina de planeamiento estratégico en el marco conjunto de la conducción, con énfasis en el planeamiento del nivel estratégico militar y su aplicación en la acción militar combinada, así como dar cumplimiento a la Política de Comando, dentro de los Objetivos del Plan Estratégico Institucional 2002-2021 (Objetivo 3), el cual establece que "El Ejército debe disponer de personal altamente capacitado en todos los aspectos inherentes a su desarrollo humano, profesional y ocupacional, con estándares similares a países desarrollados"; Que, teniendo en cuenta que la duración de la Misión de Estudios abarca más de un ejercicio presupuestal, los pagos correspondientes al periodo comprendido del 05 de febrero al 31 de diciembre de 2018, se efectuarán con cargo al Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018; y, para completar el periodo de duración de la Misión de Estudios a partir del 01 de enero de 2019 al 01 de diciembre de 2019, los pagos se efectuarán con cargo al Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal respectivo; Que, considerando la duración de la Misión de Estudios, el viaje al exterior por decisión del interesado lo realizará en compañía de su señora esposa y tres (03) hijos, debiendo precisarse esta circunstancia para efectos de trámites administrativos de salida del país; Que, conforme a lo mencionado en la Hoja de Gastos y Declaración de la Subdirección de Desarrollo Profesional de la Dirección de Educación y Doctrina del Ejército del 16 de enero de 2018, ningún organismo internacional cubrirá los costos del viaje; por lo que los gastos por concepto de pasajes aéreos internacionales, Compensación Extraordinaria por Servicios en el Extranjero y Gastos de Traslado, correspondiente a la ida, se efectuarán con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2018 y del año Fiscal respectivo de la Unidad Ejecutora 003: Ejército Peruano, conforme a lo establecido en los incisos a) y c) del artículo 7 del Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado con el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG; Que, el numeral 2.1 del artículo 2 del Decreto Supremo Nº 262-2014-EF, dispone que el monto de la compensación extraordinaria mensual por servicios en el extranjero, será reducido en la misma cantidad que la bonificación otorgada de conformidad con los literales a), b) o c) del artículo 8 del Decreto Legislativo Nº 1132,

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