Norma Legal Oficial del día 04 de febrero del año 2018 (04/02/2018)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 38

38

NORMAS LEGALES

Domingo 4 de febrero de 2018 /

El Peruano

para consolidar legalmente los vínculos de paternidad y protección de la familia, que el marco jurídico exige; Que, en armonía a lo consagrado por el Art. 4º de la Constitución Política, es obligación del Estado promover y proteger a la familia por ser Instituciones Naturales y fundamentales de la sociedad; Que, con ocasión de celebrase los días festivos en el distrito de Comas, se ha programado la realización de diversas actividades para desarrollarse conforme al Plan Operativo Institucional de la Municipalidad dentro de las cuales se ha programado desarrollar dos Matrimonios Civiles Comunitarios al margen de los que pudieran solicitar las organizaciones vecinales y/o sociales de base acorde con la celebración de sus Aniversarios durante el presente año; Que, para la realización de los Matrimonios Civiles Comunitarios, es necesario dar las facilidades del caso a los contrayentes que en su mayoría por la carencia de recursos económicos y/o falta de presentación de documentos oportunamente no han formalizado su unión, por lo que se les debe dispensar de ser el caso de la publicación de los edictos matrimoniales que pudieran solicitarse en su oportunidad, a tenor de lo dispuesto en el Art. 252º del Código Civil; Que, mediante la Ordenanza Municipal Nº 498/MC, la Municipalidad distrital de Comas estableció por derecho de trámite del Matrimonio Comunitario se abone el importe de CINCUENTA SOLES (S/ 50.00). Así como faculto al señor Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía establezca las fechas de los próximos matrimonios civiles comunitarios a realizarse durante la presente gestión en el Distrito de Comas; En uso de las facultades conferidas por la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, y el Art. 252º del Código Civil, con el visto bueno de Secretaria General, Gerencia de Asuntos Jurídicos y Gerencia Municipal SE DECRETA: Artículo Primero.- CELEBRAR los Matrimonios Civiles Comunitarios, a realizarse por días festivos en los diversos sectores del distrito durante el año 2018, conforme a continuación se detalla: Primer Matrimonio: 12 de Mayo "Por el Día de La Madre" Segundo Matrimonio: 07 de Diciembre "Por el Aniversario del Distrito" Artículo Segundo.- RATIFICAR se abone el importe de CINCUENTA CON 00/100 SOLES (S/ 50.00) por pareja por derecho de trámite del Matrimonio Comunitario Artículo Tercero.- DISPENSAR de la publicación de los Edictos Matrimoniales y de los plazos legales para la celebración a los contrayentes que justifiquen y lo soliciten oportunamente especificando las razones de la misma. Artículo Cuarto.- La Sub Gerencia de Estado Civil, adoptará las horas de atención más adecuadas y brindará las facilidades que requieren los contrayentes. Artículo Quinto.- ENCARGAR a Secretaría General, hacer de conocimiento el presente Decreto al Concejo Municipal y gestionar la publicación correspondiente. Regístrese, comuníquese y cúmplase. MIGUEL ANGEL SALDAÑA REATEGUI Alcalde 1613162-1

EL ALCALDE DE MIRAFLORES POR CUANTO; El Concejo Distrital de Miraflores en Sesión Ordinaria de la fecha; CONSIDERANDO: Que, se ha invitado a la Gerente de Autorización y Control de la Municipalidad de Miraflores a participar en la "Gira Internacional de Capacitación sobre planificación urbana, transporte colectivo, programas medioambientales y de gestión de residuos y estructuración de proyectos para territorios inteligentes y Smart City Expo", a realizarse del 26 de febrero al 02 de marzo de 2018, en la ciudad de Curitiba, capital del Estado del Paraná en la República Federativa de Brasil; Que, el evento en mención lo desarrollará la Organización para el Desarrollo de América Latina y el Caribe (ONWARD Internacional), en conjunto con su Instituto Internacional para el Desarrollo Local en Brasil (IIDEL ­ Brasil), entidades mencionadas que promueven metodologías de desarrollo orientadas a la capacitación y el fortalecimiento de la bases sociales para la generación de proyectos y programas de desarrollo local sostenible. En ese sentido, a través del intercambio de experiencias internacionales, así como de conocimientos teóricos y prácticos, los participantes serán capacitados en proyectos de gestión orientados al desarrollo desde la planificación urbana, transporte y diseño urbano sostenible, transformación digital para la gestión pública, programas medioambientales, prevención del delito y seguridad ciudadana, participación ciudadana y otros temas afines que están vinculados con la gestión municipal, lo que se condice con los objetivos institucionales puesto que constantemente se busca mejorar los servicios de la administración local para beneficio de la ciudadanía en general; Que, según lo establecido en el numeral 11 del artículo 9 de la citada Ley Nº 27972, son atribuciones del Concejo Municipal autorizar los viajes al exterior del país que, en comisión de servicios o representación de la municipalidad realice el alcalde y cualquier funcionario, entre otros. Asimismo, debe considerarse lo previsto en el artículo 10.1 de la Ley Nº 30693, Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, en cuanto a que los viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado, con cargo a recursos públicos, deben realizarse en categoría económica; Que, el artículo 4 del Decreto Supremo Nº 047-2002PCM y sus modificatorias, con el que se aprueban las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, prescribe que las resoluciones de autorización de viaje deberán publicarse en el Diario Oficial El Peruano con anterioridad a este. De igual modo, el artículo 5 de la misma norma, establece que los gastos que por concepto de viáticos ocasionen los viajes al exterior de los funcionarios y servidores públicos, serán calculados conforme a la Escala de Viáticos por Zonas Geográficas que contiene dicho dispositivo, lo que se condice con la verificación de disponibilidad presupuestaria en la respectiva estructura de gastos que ha indicado la Subgerencia de Presupuesto, mediante Informes Nros. 22 y 23-2018-SGP-GPP/MM; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por los artículos 9 y 41 de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, el Concejo, por UNANIMIDAD y con dispensa del trámite de aprobación del acta; ACORDÓ: Artículo Primero.- Autorizar el viaje de la Gerente de Autorización y Control, Gloria María del Carmen Corvacho Becerra, del 25 de febrero al 03 de marzo de 2018 inclusive, a la ciudad de Curitiba, República Federativa de Brasil, para su participación, en representación de la Municipalidad de Miraflores, en la "Gira Internacional de Capacitación sobre planificación urbana, transporte colectivo, programas

MUNICIPALIDAD DE MIRAFLORES
Autorizan viaje de representante de la Municipalidad a Brasil, en comisión de servicios
ACUERDO DE CONCEJO Nº 005-2018/MM Miraflores, 30 de enero de 2018

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.