Norma Legal Oficial del día 04 de febrero del año 2018 (04/02/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 39

El Peruano / Domingo 4 de febrero de 2018

NORMAS LEGALES

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medioambientales y de gestión de residuos y estructuración de proyectos para territorios inteligentes y Smart City Expo", así como en los encuentros y actividades conexas, de conformidad con lo expresado en las consideraciones del presente acuerdo. Artículo Segundo.- Autorizar el gasto por comisión de servicios hasta por el monto de S/ 7,569.34 (Siete Mil Quinientos Sesenta y Nueve y 34/100 Soles) a ser otorgados a la Gerente de Autorización y Control, conforme al siguiente detalle: Gerente de Autorización y Control: Gloria María del Carmen Corvacho Becerra - Pasajes y gastos de transporte: - Inscripción: Total: S/ 2,272.84 S/ 5,296.50 S/ 7,569.34

Artículo Tercero.- Precisar que la Gerente de Autorización y Control, en un plazo no mayor de quince (15) días calendario siguientes a su retorno del viaje al evento indicado en el Artículo Primero, deberá realizar la respectiva rendición de cuentas así como el informe correspondiente, de acuerdo a lo establecido en el Decreto Supremo Nº 0472002-PCM y demás normativa aplicable. Artículo Cuarto.- Encargar a la Secretaría General la publicación del presente acuerdo en el Diario Oficial El Peruano; y a la Gerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional su publicación en el Portal Institucional (www. miraflores.gob.pe). POR TANTO: Regístrese, comuníquese y cúmplase. JORGE MUÑOZ WELLS Alcalde 1612738-1

MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO
Disponen que toda mención al Equipo Funcional de Deportes y al Jefe consignados en el Reglamento del Servicio del Complejo Deportivo Municipal, se refiere a la Subgerencia de Salud, Bienestar y Deportes y al Subgerente
DECRETO DE ALCALDÍA N° 002-2018-ALC/MSI San Isidro, 2 de febrero de 2018 EL TENIENTE ALCALDE ENCARGADO DEL DESPACHO DE ALCALDIA VISTO: El Informe Nº 001-2018-1500-GDH/MSI de la Gerencia de Desarrollo Humano; el Informe Nº 007-2018-0500-GPPDC/MSI de la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Corporativo; y el Informe Nº 0070-2018-0400-GAJ/MSI de la Gerencia de Asesoría Jurídica, y ; CONSIDERANDO: Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modificado por la Ley Nº 30305, establece que las municipalidades distritales son órganos de gobierno local, con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; autonomía que conforme al artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades ­ Ley Nº 27972, radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativo y de administración, con sujeción al orden público;

Que, el segundo párrafo del artículo 39º de la Ley Orgánica de Municipalidades dispone que el Alcalde ejerce funciones ejecutivas de gobierno mediante Decretos de Alcaldía; y conforme a lo prescrito en el artículo 42º de la citada Ley, a través de aquellos se establecen, entre otros, normas reglamentarias y se sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administración municipal, que no sean competencia del Concejo Municipal; Que, el numeral 18) del artículo 82º de la Ley Orgánica de Municipalidades, indica que las municipalidades en materia de educación, cultura, deportes y recreación tiene entre sus competencias normar, coordinar y fomentar el deporte y la recreación, de manera permanente, en la niñez, la juventud y el vecindario en general, mediante las escuelas comunales de deporte, la construcción de campos deportivos y recreacionales o el empleo temporal de zonas urbanas apropiadas, para los fines ates indicados; Que, mediante el Decreto de Alcaldía Nº 006-2016ALC/MSI se aprobó el Reglamento del Servicio del Complejo Deportivo Municipal, en el cual se encarga el cumplimiento del mismo a la Gerencia de Desarrollo Humano y al Equipo Funcional de Deportes; Que, mediante Ordenanza Nº 451-MSI y sus modificatorias de fecha 12 de abril de 2017, se aprobó la nueva Estructura Orgánica y el Reglamento de Organización y Funciones ­ ROF de la Municipalidad de San Isidro; la misma que en el artículo 98º señala que la Gerencia de Desarrollo Humano, para el cumplimiento de sus funciones tendrá a su cargo la Subgerencia de Salud, Bienestar y Deportes y la Subgerencia de Participación Vecinal; Que, mediante documento del visto, la Gerencia de Desarrollo Humano informó que habiéndose modificado la estructura orgánica de la Municipalidad de San Isidro, solicita la adecuación del Reglamento del Servicio del Complejo Deportivo Municipal, aprobado por el Decreto de Alcaldía Nº 006-2016-ALC/MSI, a la nueva estructura orgánica; Que, a través del informe del visto, la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Corporativo remitió el Informe Nº 012-2018-0520-SDC-GPPDC/ MSI, de la Subgerencia de Desarrollo Corporativo, por el cual se emitió opinión favorable respecto a la adecuación del Reglamento a la nueva estructura orgánica, al cumplir con las disposiciones establecidas en la normativa vigente; Que, estando a lo opinado por la Gerencia de Asesoría Jurídica mediante el Informe Nº 0070-20180400-GAJ/MSI, y de conformidad con las atribuciones conferidas por la Ley Orgánica de Municipalidades ­ Ley Nº 27972; DECRETA Artículo Primero.- ENTIÉNDASE que toda mención al Equipo Funcional de Deportes y al Jefe del Equipo Funcional de Deportes consignados en el Reglamento del Servicio del Complejo Deportivo Municipal, aprobado mediante el Decreto de Alcaldía Nº 006-2016-ALC/ MSI, se refiere a la Subgerencia de Salud, Bienestar y Deportes y Subgerente de Salud, Bienestar y Deportes, respectivamente. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia de Desarrollo Humano, a la Subgerencia de Salud, Bienestar y Deportes y demás áreas competentes el cumplimiento del presente Decreto. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Secretaría General la publicación del presente Decreto en el diario oficial El Peruano y a la Oficina de Comunicaciones e Imagen en el portal web institucional de la Municipalidad de San Isidro: www.munisanisidro.gob.pe Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. JAVIER BEDOYA DENEGRI Teniente Alcalde Encargado del Despacho de Alcaldía 1613158-1

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