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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE FEBRERO DEL AÑO 2018 (04/02/2018)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 23

23 NORMAS LEGALES Domingo 4 de febrero de 2018 El Peruano / representante del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, ante el Directorio de la Sociedad de Bene fi cencia Pública y Junta de Participación Social de San Pedro de Lloc; siendo necesario dar por concluida la citada designación y, asimismo, designar a su reemplazo; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; el Decreto Supremo Nº 010-2014-VIVIENDA, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, modi fi cado por el Decreto Supremo Nº 006-2015-VIVIENDA; y el Decreto Supremo Nº 004-2010-MIMDES; SE RESUELVE:Artículo 1.- Dar por concluida la designación de la señora Fanny Lamela Sánchez, efectuada mediante Resolución Ministerial Nº 157-2003-VIVIENDA. Artículo 2.- Designar a la señora Tania Casimira Cruz Mora, como representante del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, ante el Directorio de la Sociedad de Bene fi cencia Pública de San Pedro de Lloc. Artículo 3.- Noti fi car la presente Resolución al Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, para los fi nes pertinentes. Artículo 4.- Disponer que la O fi cina General de Estadística e Informática publique la presente Resolución en el Portal Institucional del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (www.vivienda.gob.pe), el mismo día de su publicación en el Diario O fi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese.CARLOS BRUCE Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento 1613524-8 Designan representante del Ministerio ante el Directorio de la Sociedad de Beneficencia Pública de Tumbes RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 043-2018-VIVIENDA Lima, 2 de febrero de 2018CONSIDERANDO:Que, mediante Decreto Supremo N° 004-2010-MIMDES, se dictaron medidas para el funcionamiento de las Sociedades de Bene fi cencia Pública y Juntas de Participación Social, aprobándose la conformación de su Directorio, el mismo que está integrado, entre otros, por un representante designado por el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; Que, mediante Resolución Ministerial N° 235-2015-VIVIENDA de fecha 20 de agosto de 2015, se designó al señor Giam Franco Mendoza Ramírez, como representante del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, ante el Directorio de la Sociedad de Bene fi cencia Pública y Junta de Participación Social de Tumbes; siendo necesario dar por concluida la citada designación y, asimismo, designar a su reemplazo; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; el Decreto Supremo N° 010-2014-VIVIENDA, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, modi fi cado por el Decreto Supremo N° 006-2015-VIVIENDA; y el Decreto Supremo N° 004-2010-MIMDES; SE RESUELVE:Artículo 1.- Dar por concluida la designación del señor Giam Franco Mendoza Ramírez, efectuada mediante Resolución Ministerial N° 235-2015-VIVIENDA.Artículo 2.- Designar a la señora Roxana Milagros Nole Herrera, como representante del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, ante el Directorio de la Sociedad de Beneficencia Pública de Tumbes. Artículo 3.- Noti fi car la presente Resolución al Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, para los fi nes pertinentes. Artículo 4.- Disponer que la O fi cina General de Estadística e Informática publique la presente Resolución en el Portal Institucional del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (www.vivienda.gob.pe), el mismo día de su publicación en el Diario O fi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese.CARLOS BRUCE Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento 1613631-1 Delegan facultades y atribuciones en diversos funcionarios RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 044-2018-VIVIENDA Lima, 2 de febrero de 2018VISTO:El Informe N° 037-2018-VIVIENDA/OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, se de fi nen las funciones generales y la estructura orgánica de los Ministerios, precisando en el último párrafo de su artículo 25 que, los Ministros de Estado pueden delegar, en los funcionarios de su cartera ministerial, las facultades y atribuciones que no sean privativas a su función, siempre que la normatividad lo autorice; Que, de acuerdo a lo dispuesto en el numeral 4 del artículo 12 de la Ley Nº 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, el Ministro puede delegar en los funcionarios de su cartera ministerial las facultades y atribuciones que no sean privativas de su función; Que, el numeral 6.8 del artículo 6 de la Directiva N° 001-82-INAP-DNP “Directiva para la Formulación de Presupuesto Analítico del Personal (PAP) en las Entidades del Sector Público”, aprobada con Resolución Jefatural N° 019-82-INAP-DIGESNAP, dispone que el PAP será aprobado por el Titular del Pliego Presupuestal o por el funcionario a quien se delegue en forma expresa esta competencia; Que, el artículo 50 de la Directiva de Tesorería Nº 001-2007-EF/77.15, aprobada por Resolución Directoral Nº 002-2007-EF/77.15 y modi fi catorias, señala que los titulares y suplentes de las cuentas bancarias son designados mediante Resolución del Titular del Pliego o del funcionario a quien este hubiera delegado de manera expresa dicha facultad; Que, de acuerdo al numeral 7.1 del artículo 7 de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, el Titular de la Entidad es la más alta Autoridad Ejecutiva y puede delegar sus funciones en materia presupuestal cuando lo establezca expresamente la Ley General, las Leyes de Presupuesto del Sector Público o la norma de creación de la Entidad, siendo responsable solidario con el delegado; Que, el numeral 40.2 del artículo 40 de la precitada Ley General, establece que las modi fi caciones presupuestarias en el nivel Funcional Programático son aprobadas mediante Resolución del Titular, a propuesta de la O fi cina de Presupuesto o de la que haga sus veces