Norma Legal Oficial del día 23 de febrero del año 2018 (23/02/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 22

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NORMAS LEGALES

Viernes 23 de febrero de 2018 /

El Peruano

de la provincia de Huaytará, de los distritos de Ayaví, Tambo, Santiago de Chocorvos, Santo Domingo de Capillas, San Francisco de Sangayaico y San Isidro, de la provincia de Huaytará, departamento de Huancavelica; motivo por el cual, dicho informe constituye parte integrante de la presente Resolución Viceministerial, conforme a lo dispuesto en el artículo 6 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante Decreto Supremo N° 006-2017-JUS; Que, mediante Resolución Ministerial N° 338-2015MC, se aprobó la Directiva N° 003-2015-MC, Declaratoria de las Manifestaciones del Patrimonio Cultural de la Nación y Declaratoria de Interés Cultural, en la que se establecen los lineamientos y normas para la tramitación del expediente de declaratoria de Patrimonio Cultural de la Nación de las manifestaciones del patrimonio cultural inmaterial, correspondiendo al Viceministerio de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales declarar las manifestaciones del patrimonio cultural inmaterial como Patrimonio Cultural de la Nación; De conformidad con lo establecido en la Constitución Política del Perú; la Ley N° 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación; la Ley N° 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura; el Decreto Supremo Nº 011-2006-ED, que aprueba el Reglamento de la Ley N° 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación; el Decreto Supremo Nº 005-2013-MC, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura; y la Directiva Nº 003-2015-MC, aprobada por Resolución Ministerial Nº 338-2015-MC; SE RESUELVE: Artículo 1.- Declarar Patrimonio Cultural de la Nación a la Danza de los Negritos del suroeste de la provincia de Huaytará, de los distritos de Ayaví, Tambo, Santiago de Chocorvos, Santo Domingo de Capillas, San Francisco de Sangayaico y San Isidro, de la provincia de Huaytará, departamento de Huancavelica, por ser una expresión cultural de devoción popular que da testimonio del complejo proceso histórico local, una muestra de integración entre grupos culturales diversos y una remembranza de un periodo de la historia de la población esclavizada desde la mirada de la población de los Andes, permitiendo afianzar la identidad local y la memoria colectiva de la población. Artículo 2.- Encargar a la Dirección de Patrimonio Inmaterial en coordinación con la Dirección Desconcentrada de Cultura de Huancavelica y la comunidad de portadores, la elaboración cada cinco (5) años de un informe detallado sobre el estado de la expresión declarada, de modo que el registro institucional pueda ser actualizado en cuanto a los cambios producidos en la manifestación, los riesgos que pudiesen surgir en su vigencia, y otros aspectos relevantes, a efectos de realizar el seguimiento institucional de su desenvolvimiento y salvaguardia, de ser el caso. Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución Viceministerial en el Diario Oficial "El Peruano", así como su difusión en el Portal Institucional del Ministerio de Cultura (www.cultura.gob.pe) conjuntamente con el Informe N° 000078-2018/DPI/ DGPC/VMPCIC/MC. Artículo 4.- Notificar la presente Resolución Viceministerial y el Informe N° 000078-2018/DPI/DGPC/ VMPCIC/MC a la Dirección Desconcentrada de Cultura de Huancavelica, a la Municipalidad Distrital de Santo Domingo de Capillas, Municipalidad Distrital de Ayaví, Municipalidad Distrital de Tambo, Municipalidad Distrital de Santiago de Chocorvos, Municipalidad Distrital de San Francisco de Sangayaico y Municipalidad Distrital de San Isidro, para los fines consiguientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE ERNESTO ARRUNÁTEGUI GADEA Viceministro de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales 1619288-1

DEFENSA
Autorizan viaje de personal del Ministerio a Colombia, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0223-2018-DE/SG Lima, 21 de febrero de 2018 VISTOS: El OF. RE (DGA-SUD) Nº 22-6-BB/10 del 26 de enero de 2018 de la Ministra de Relaciones Exteriores; el OF. RE (DGA) Nº 22-6-BB/13 del 01 de febrero de 2018 del Director General de América del Ministerio de Relaciones Exteriores; y, el Informe Nº 009-2018-MINDEF/VPD/ B/01.e del 08 de febrero de 2018, del Asesor Legal de la Dirección General de Relaciones Internacionales del Ministerio de Defensa. CONSIDERANDO: Que, el Encuentro Presidencial y Gabinete Binacional de Ministros del Perú y Colombia, es la máxima instancia de diálogo político con Colombia y constituirá la confirmación del excelente nivel de integración y cooperación existente entre ambos países al permitir avanzar en la identificación y realización de proyectos en beneficio de sus poblaciones, en especial de las que habitan en la Zona de Integración Fronteriza (ZIF); Que, con documento OF.RE (DGA-SUD) N° 22-6BB/10 del 26 de enero de 2018, la Ministra de Relaciones Exteriores, hace de conocimiento del Ministro de Defensa, que los gobiernos de Perú y Colombia acordaron realizar el Encuentro Presidencial y IV Gabinete Binacional de Ministros, en la ciudad de Popayán, departamento del Cauca, República de Colombia, 27 de febrero de 2018; asimismo, dicho evento estará precedido de reuniones preparatorias de carácter técnico que tendrán lugar el 26 de febrero de 2018; Que, con documento OF.RE (DGA-SUD) N° 22-6BB/13 del 01 de febrero de 2018, el Director General de América del Ministerio de Relaciones Exteriores, hace de conocimiento del Ministerio de Defensa que se ha variado la sede a la ciudad de Cartagena de Indias, República de Colombia, para la realización del Encuentro Presidencial y IV Gabinete Binacional de Ministros; Que, durante la realización de la mencionada actividad, se abordarán diversos ejes temáticos de interés binacional, permitiendo además evaluar los avances alcanzados en el cumplimiento de los compromisos acordados en la Declaración Presidencial y en el Programa de Acción del III Gabinete Binacional, aprobados en la ciudad de Arequipa el 27 de enero del 2017; así como acordar nuevos compromisos con el propósito de profundizar la cooperación e integración binacional e impulsar la agenda común entre ambos países; Que, para efectos de preparar el evento central del 27 de febrero del 2018, se desarrollarán reuniones técnicas previas para cada uno de los ejes temáticos y que estas reuniones de trabajo se iniciarán en la mañana del 26 de febrero, por lo que se recomienda que los equipos técnicos de ambas delegaciones nacionales, se instalen desde el día 25 de febrero de 2018; Que, de acuerdo a lo señalado en el Informe de Vistos, siendo la mencionada actividad es de interés institucional motivo por el cual, es necesario autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio del equipo técnico de la delegación del Sector Defensa, integrado por el Director General de Relaciones Internacionales, David Francisco MALAGA Ego Aguirre; el Capitán de Navío Rildo Gonzalo MEDINA Lazarte; y, la señorita Ana Valeria HOBISPO Villacampa, quienes viajarán el día 25 de febrero de 2018, a fin de participar en las reuniones técnicas previas y dar apoyo técnico al señor Ministro de Defensa durante su participación en el evento central; Que, teniendo en consideración los itinerarios de los vuelos internacionales y con el fin de prever la participación

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