Norma Legal Oficial del día 18 de julio del año 2018 (18/07/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 79

El Peruano / Miércoles 18 de julio de 2018

NORMAS LEGALES

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ESTANDO A LAS CONSIDERACIONES EXPUESTAS Y EN USO DE LAS FACULTADES CONFERIDAS EN EL NUMERAL 6) DEL ARTÍCULO 20º, Y ARTÍCULO 42º DE LA LEY Nº 27972 ­ LEY ORGÁNICA DE MUNICIPALIDADES; SE DECRETA: Artículo 1º.- APROBAR; el contenido de la currícula del "CURSO DE EDUCACIÓN VIAL PARA TRANSPORTE PÚBLICO ESPECIAL DE PASAJEROS EN VEHÍCULOS MENORES" en el Distrito de Ate, el cual como el Anexo I, forma parte integrante del presente Decreto de Alcaldía; en mérito a los considerandos antes expuestos. Artículo 2º.- APROBAR; el tiempo de duración total del Curso de Educación Vial por seis (06) horas diarias, siendo realizado de lunes a viernes. Artículo 3º.- DISPONER; la publicación del presente Decreto de Alcaldía en el Diario Oficial El Peruano, y en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de Ate (www. muniate.gob.pe); el mismo, que entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial. Artículo 4º.- ENCARGAR; a la Secretaría de Imagen Institucional y Comunicaciones, la difusión del presente Decreto de Alcaldía. Artículo 5º.- ENCARGAR; a la Gerencia de Desarrollo Urbano, Sub Gerencia de Tránsito, Transporte y Vialidad, la implementación, ejecución y cumplimiento del presente Decreto. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. OSCAR BENAVIDES MAJINO Alcalde 1670260-1

Olivos del 14 al 31 de julio de 2018 con motivo del 197º Aniversario de la Independencia del Perú. Artículo Segundo.- EXHORTAR a los vecinos del Distrito a fin de que realicen la limpieza y pintado de las fachadas de los predios para su mejor presentación y ornato general de la ciudad. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Subgerencia de Fiscalización y Control Urbano y a la Gerencia de Seguridad Ciudadana el cumplimiento del presente Decreto en cuanto sea de su competencia, a la Secretaría General su publicación, a la Subgerencia de Imagen Institucional su difusión y a la Gerencia de Tecnologías de la Información y Comunicaciones su publicación en el Portal Institucional de la Municipalidad. Regístrese, comuníquese, publíquese, cúmplase. PEDRO M. DEL ROSARIO RAMIREZ Alcalde 1670738-1

MUNICIPALIDAD DE SAN BORJA
Disponen el embanderamiento general del distrito
DECRETO DE ALCALDÍA Nº 012-2018-MSB-A San Borja, 10 de julio de 2018 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN BORJA CONSIDERANDO: Que, el 28 de julio de 2018 se conmemora el 197° Aniversario de la Proclamación de la Independencia del Perú; Que, es deber del Gobierno Local destacar los acontecimientos cívicos de la patria, incentivando la participación de los vecinos, así como afirmando el respeto a los valores nacionales y símbolos patrios; Que, el artículo 42° de la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972, establece que los Decretos de Alcaldía son normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del Concejo Municipal; Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido en el numeral 6) del artículo 20° de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley N° 27972; con el visto bueno de la Gerencia Municipal; DECRETA: Artículo Primero.- DISPONER el embanderamiento general del distrito de San Borja del 19 al 31 de julio de 2018, con motivo de celebrarse el 197° Aniversario de la Proclamación de la Independencia del Perú, incluyéndose en esta disposición todos los predios, sean privados o públicos, de vivienda y comercio. Artículo Segundo.- DISPONER que los predios del distrito deberán estar debidamente presentados, con la limpieza adecuada, recomendando en lo posible su pintado, a fin de mantener el ornato del Distrito de San Borja por motivo de la conmemoración del aniversario patrio. Artículo Tercero.- ENCARGAR el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía a la Gerencia de Imagen Institucional, Gerencia de Fiscalización, Gerencia de Participación Vecinal y Gerencia de Seguridad Ciudadana. Regístrese, comuníquese, cúmplase y publíquese. MARCO ÁLVAREZ VARGAS Alcalde 1670951-1

MUNICIPALIDAD DE LOS OLIVOS
Disponen el Embanderamiento General de todas las viviendas, locales comerciales, instituciones públicas y privadas del distrito
DECRETO DE ALCALDÍA Nº 006-2018-MDLO Los Olivos, 6 de julio de 2018 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LOS OLIVOS CONSIDERANDO: Que, conforme a lo prescrito en el Artículo 194º de la Constitución Política del Estado, modificada mediante Leyes de Reforma Constitucional Nº 27680, Nº 28607 y Nº 30305, en concordancia con el Artículo II y IV del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 ­ Ley Orgánica de Municipalidades, los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el próximo 28 de julio se conmemora el 197º Aniversario de la Independencia del Perú, Que, mediante Artículo 82º numeral 16) de la Ley Nº 27972 ­ Ley Orgánica de Municipalidades, las municipalidades, en materia de educación, cultura, deportes y recreación, tienen como competencias y funciones específicas compartidas con el gobierno nacional y regional el impulsar una cultura cívica de respeto a los bienes comunales, de mantenimiento y limpieza y de conservación y mejora del ornato local. Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas al Alcalde en el Artículo 20º numeral 6) y el Artículo 42º de la Ley Nº 27972 ­ Ley Orgánica de Municipalidades: DECRETA: Artículo Primero.- DISPONER el Embanderamiento General de todas las viviendas, locales comerciales, instituciones públicas y privadas del Distrito de Los

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