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74 NORMAS LEGALES Miércoles 18 de julio de 2018 / El Peruano los Distritos Fiscales de Huánuco y Ventanilla, Gerencia General, Gerencia Central de Potencial Humano, Ofi cina de Registro y Evaluación de Fiscales y al fi scal mencionado. Regístrese, comuníquese y publíquese.PABLO SÁNCHEZ VELARDE Fiscal de la Nación 1671279-16 RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 2592-2018-MP-FN Lima, 17 de julio de 2018VISTO Y CONSIDERANDO:Que, mediante el Decreto Legislativo Nº 957, se promulgó el Código Procesal Penal, el mismo que establece en su Primera Disposición Final de las Disposiciones Complementarias, que entrará en vigencia progresivamente en los diferentes Distritos Judiciales según el Calendario O fi cial. Que, el Decreto Legislativo Nº 958, en sus artículos 16º, 17º y 18º, regula el proceso de implementación y transitoriedad de la mencionada norma procesal, así como la adecuación de denuncias y liquidación de procesos en etapa de investigación. Que, a través del Decreto Supremo Nº 007-2006- JUS, se aprobó la actualización del Calendario O fi cial de Aplicación Progresiva del Código Procesal Penal. Que, mediante Decreto Supremo Nº 002-2016-JUS, se modi fi có el Calendario O fi cial de Aplicación Progresiva del Código Procesal Penal, especi fi cando en dicha norma que la implementación del mencionado Código, entró en vigencia el 01 de mayo de 2016, en el Distrito Fiscal de Ventanilla. Que, por Resolución de la Junta de Fiscales Supremos Nº 063-2017-MP-FN-JFS, de fecha 25 de mayo de 2017, se creó, entre otros, el Pool de Fiscales de Ventanilla, en el Distrito Fiscal de Ventanilla, conforme a lo señalado en los o fi cios Nros. 239 y 278-2017-MP-FN-ETI-NCPP/ ST, los mismos que contienen el Diseño de Organización Fiscal y Órganos de Apoyo correspondientes a la implementación complementaria del Código Procesal Penal en el Distrito Fiscal de Ventanilla, elaborado en función a la asignación del segundo tramo presupuestal transferido por el Ministerio de Economía y Finanzas al Ministerio Público; señalando asimismo, que dicho presupuesto se encuentra destinado a cubrir el dé fi cit de personal fi scal y administrativo existente, así como al fortalecimiento de fi scalías del Distrito Fiscal de Ventanilla. Del mismo modo, y de acuerdo a lo dispuesto en la referida Resolución, debe tenerse en cuenta que las plazas fi scales creadas deberán ser cubiertas únicamente con fi scales provisionales. En tal sentido, dada la necesidad de servicio, se hace necesario emitir el resolutivo respectivo en el que se dispongan los nombramientos y designaciones del personal fi scal que ocuparán las plazas correspondientes para el Pool de Fiscales de Ventanilla, y en consecuencia se hace necesario nombrar a los Fiscales que ocupen provisionalmente dicho cargo, previa veri fi cación de los requisitos de Ley. De conformidad con lo expuesto y lo dispuesto por el artículo 64º del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público. SE RESUELVE:Artículo Primero.- Nombrar a la abogada Diana Lisseth Jiménez León, como Fiscal Adjunta Provincial Provisional del Distrito Fiscal de Ventanilla, designándola en el Pool de Fiscales de Ventanilla. Artículo Segundo.- Hacer de conocimiento la presente Resolución, al Consejo Nacional de la Magistratura, Presidencias de las Juntas de Fiscales Superiores de los Distritos Fiscales del Callao y Ventanilla, Gerencia General, Gerencia Central de Potencial Humano, O fi cina de Registro y Evaluación de Fiscales y a la Fiscal mencionada. Regístrese, comuníquese y publíquese.PABLO SÁNCHEZ VELARDE Fiscal de la Nación 1671279-17 RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 2593-2018-MP-FN Lima, 17 de julio de 2018VISTO Y CONSIDERANDO:Que, por necesidad de servicio y estando a las facultades concedidas por el artículo 64º del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público. SE RESUELVE:Artículo Primero.- Nombrar como Fiscales Adjuntas Provinciales Provisionales del Distrito Fiscal de Ventanilla, designándolas en el Pool de Fiscales de Ventanilla, a las siguientes abogadas: • Patricia Milagros Chipana Callo . • Diana Gisella Milla Vásquez . Artículo Segundo.- Hacer de conocimiento la presente Resolución, al Consejo Nacional de la Magistratura, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Ventanilla, Gerencia General, Gerencia Central de Potencial Humano, O fi cina de Registro y Evaluación de Fiscales y a las fi scales mencionadas. Regístrese, comuníquese y publíquese.PABLO SÁNCHEZ VELARDE Fiscal de la Nación 1671279-18 SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES Autorizan al Banco de la Nación el traslado de agencia ubicada en el departamento de Lima RESOLUCIÓN SBS Nº 2623-2018 Lima, 5 de julio de 2018LA INTENDENTE GENERAL DE BANCAVISTA:La solicitud presentada por el Banco de la Nación para que esta Superintendencia autorice el traslado una (01) agencia, según se indica en la parte resolutiva; y, CONSIDERANDO: Que, la citada empresa ha cumplido con presentar la documentación pertinente que sustenta la solicitud; Estando a lo informado por el Departamento de Supervisión Bancaria “E”; y, De conformidad con lo dispuesto por el artículo 32° de la Ley N° 26702, Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, y la Resolución SBS N° 4797-2015; y,