Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE JULIO DEL AÑO 2018 (18/07/2018)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 75

75 NORMAS LEGALES Miércoles 18 de julio de 2018 El Peruano / en uso de las facultades delegadas mediante Resolución SBS N° 1678-2018 y Resolución Administrativa N° 240-2013; RESUELVE:Artículo Único.- Autorizar al Banco de la Nación el traslado de una (01) agencia, según el siguiente detalle: NombreTipo de Ofi cinaDirección actualDirección nuevaDistritoProvin- ciaDeparta- mento El AgustinoAgenciaAvenida Riva Agüero N° 1358Jirón Ancash N° 2151 (C.C. Agustino Plaza) Locales 2181-2185El AgustinoLima Lima Regístrese, comuniqúese y publíquese. PATRICIA SALAS CORTES Intendente General de Banca 1670359-1 Autorizan al Banco Cencosud S.A. la apertura de oficinas especiales en los departamentos de Tumbes e Ica RESOLUCIÓN SBS Nº 2700-2018 Lima, 11 de julio de 2018LA INTENDENTE GENERAL DE BANCAVISTA:La solicitud presentada por el Banco Cencosud S.A. para que se le autorice la apertura de dos (02) o fi cinas especiales, según se indica en la parte resolutiva; y, CONSIDERANDO:Que la citada empresa ha cumplido con presentar la documentación pertinente que sustenta el pedido formulado; Estando a lo informado por el Departamento de Supervisión Bancaria “E”; y, De conformidad con lo dispuesto por el artículo 30º de la Ley Nº 26702, Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, y el Reglamento de apertura, conversión, traslado o cierre de o fi cinas y uso de locales compartidos, aprobado mediante Resolución SBS Nº 4797-2015; y, en uso de las facultades delegadas mediante la Resolución SBS Nº 1678-2018 y la Resolución Administrativa SBS Nº 240-2013; RESUELVE:Artículo Único.- Autorizar al Banco Cencosud S.A., la apertura de dos (02) o fi cinas especiales según el siguiente detalle: Ofi cina Especial Dirección Distrito ProvinciaDepar- tamento Centro Comercial Costa Mar PlazaJr. San Martín Nº 275Tumbes Tumbes Tumbes Metro - Centro Comercial El Quinde Shopping PlazaAv. Los Maestros Nº 206Ica Ica Ica Regístrese, comuníquese y publíquese. PATRICIA SALAS CORTÉS Intendente General de Banca 1670818-1FE DE ERRATAS RESOLUCIÓN SBS Nº 2610-2018 Mediante O fi cio Nº 24863-2018-SBS, la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP solicita se publique Fe de Erratas de la Resolución SBS Nº 2610-2018, publicada en la edición del día 7 de julio de 2018. - En la página 68, en el Artículo Segundo.-DICE:“Incorporar el procedimiento Nº 176 “Autorización para utilizar y/o modi fi car una metodología interna de identi fi cación de deterioro de valor de las inversiones de las empresas del sistema fi nanciero” en el Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA de la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP aprobado mediante Resolución SBS Nº 3082-2011 y sus normas modi fi catorias, conforme el texto que se adjunta a la presente Resolución y se publica conforme con lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 004-2008- PCM, reglamento de la Ley Nº 29091. (Portal institucional: www.sbs.gob.pe).” DEBE DECIR:“Incorporar el procedimiento Nº 176 “Autorización para utilizar y/o modi fi car una metodología interna de identi fi cación de deterioro de valor de las inversiones de las empresas del sistema fi nanciero” en el Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA de la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP aprobado mediante Resolución SBS Nº 1678-2018 y sus normas modi fi catorias, conforme el texto que se adjunta a la presente Resolución y se publica conforme con lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 004-2008- PCM, reglamento de la Ley Nº 29091. (Portal institucional: www.sbs.gob.pe).” 1670627-1 GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE ICA Aprueban incorporación de 3 Procedimientos Administrativos al TUPA del Gobierno Regional de Ica ORDENANZA REGIONAL Nº 0005-2018-GORE-ICA Ica, 25 de abril de 2018El Consejo Regional del Gobierno Regional de Ica, en Sesión Ordinaria del 15 de febrero de 2018. Visto el Dictamen Nº 001-2018-CRI/CDPPYAT de la Comisión de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial del Consejo Regional de Ica; y demás actuados en el procedimiento. CONSIDERANDO: Que, el artículo 191º y 192º de la Constitución Política del Estado, en concordancia con el artículo 2º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modi fi catorias, señalan que los Gobiernos Regionales son personas jurídicas de derecho público interno que gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Que, el literal a) del artículo 15º de la Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, prescribe que es atribución del Consejo Regional, aprobar modi fi car o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materia de competencia y funciones del Gobierno Regional,