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11 NORMAS LEGALES Viernes 8 de junio de 2018 El Peruano / Artículo 2°.- Dispóngase la publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial “El Peruano” y en el portal web institucional del Servicio Nacional de Sanidad Agraria (www.senasa.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese.ROBERTO ACOSTA GALVEZ JefeServicio Nacional de Sanidad Agraria 1657437-3 RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 0068-2018-MINAGRI-SENASA 7 de junio de 2018CONSIDERANDO:Que, el Artículo 17º del Decreto Ley Nº 25902, Ley Orgánica del Ministerio de Agricultura creó el Servicio Nacional de Sanidad Agraria, como organismo público descentralizado del Ministerio de Agricultura, con personería jurídica de derecho público interno y autonomía técnica, administrativa, económica y fi nanciera; Que, la Undécima Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo Nº 1059, Decreto Legislativo que aprueba la Ley General de Sanidad Agraria, establece que los servidores del Servicio Nacional de Sanidad Agraria – SENASA, se encuentran sujetos al régimen laboral de la actividad privada; Que, el Artículo 9º del Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo Nº 728, Ley de Productividad y Competitividad Laboral, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 003- 97-TR, dispone que por la subordinación, el trabajador presta sus servicios bajo dirección de su empleador, el cual tiene facultades para normar reglamentariamente las labores, dictar las órdenes necesarias para la ejecución de las mismas, introducir cambios o modi fi car turnos, días u horas de trabajo, así como la forma y modalidad de la prestación de las labores, dentro de criterios de razonabilidad y teniendo en cuenta las necesidades del centro de trabajo; Que, mediante Resolución Jefatural N° 0082-2015-MINAGRI-SENASA de fecha 01 de abril de 2015, se designó al Blgo. Gabriel Almicar Vizcarra Castillo, en el cargo Asesor de la Alta Dirección del SENASA; Que, en el literal k) del Artículo 12º del Reglamento de Organización y Funciones del SENASA, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2005-AG modi fi cado por Decreto Supremo N° 0027-2008-AG, señala que el Jefe del SENASA es la máxima autoridad ejecutiva de la Institución, ejerciendo funciones ejecutivas y administrativas en su calidad de funcionario de mayor jerarquía en la Entidad, teniendo entre sus funciones el emitir Resoluciones Jefaturales en asuntos de su competencia; De conformidad con lo dispuesto en el Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo Nº 728 - Ley de Productividad y Competitividad Laboral aprobado mediante Decreto Supremo Nº 003- 97-TR, Ley General de Sanidad Agraria aprobado por Decreto Legislativo N° 1059, el Reglamento de Organización y Funciones del SENASA aprobado por Decreto Supremo N° 008-2005-AG; y, SE RESUELVE:Artículo 1°.- Dar por concluida la designación del Blgo. GABRIEL ALMICAR VIZCARRA CASTILLO, en el cargo de Asesor de la Alta Dirección del SENASA, dándosele las gracias por los servicios prestados a la Institución en el ejercicio de dicho cargo. Artículo 2.- Dispóngase la publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial “El Peruano” y en el portal web institucional del Servicio Nacional de Sanidad Agraria (www.senasa.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese.ROBERTO ACOSTA GALVEZ JefeServicio Nacional de Sanidad Agraria 1657437-4 FE DE ERRATAS RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 238-2018-MINAGRI Mediante O fi cio Nº 712-2018-MINAGRI/SG el Ministerio de Agricultura y Riego solicita se publique Fe de Erratas de la Resolución Ministerial Nº 238-2018-MINAGRI, publicada en la edición del día 3 de junio de 2018. DICE:(…) Artículo 3.- Notifi car la presente Resolución a la Dirección General Agrícola del Ministerio de Agricultura y Riego, en su calidad de Secretaría Técnica del Consejo Directivo del Fondo de Garantía para el Campo y del Seguro Agropecuario – FOGASA, creado por Ley Nº 28939, modi fi cado por la Ley Nº 28995. DEBE DECIR:(…) Artículo 3.- Notifi car la presente Resolución a la Dirección de Financiamiento y Seguro Agrario de la Dirección General Agrícola del Ministerio de Agricultura y Riego, en su calidad de Secretaría Técnica del Consejo Directivo del Fondo de Garantía para el Campo y del Seguro Agropecuario – FOGASA, creado por Ley Nº 28939, modi fi cado por la Ley Nº 28995. 1656805-1 REQUISITO PARA PUBLICACI ŁN DE NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Organismos constitucionales autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que para efectos de la publicación de sus disposiciones en general (normas legales, reglamentos jurídicos o administrativos, resoluciones administrativas, actos de administración, actos administrativos, etc) con o sin anexos, que contengan más de una página, se adjuntará un CD o USB en formato Word con su contenido o éste podrá ser remitido al correo electrónico normaslegales@editoraperu.com.pe. LA DIRECCIÓN