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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE JUNIO DEL AÑO 2018 (08/06/2018)

CANTIDAD DE PAGINAS: 100

TEXTO PAGINA: 19

19 NORMAS LEGALES Viernes 8 de junio de 2018 El Peruano / CONSIDERANDO: Que, los literales a) y c) del numeral 13.2 del artículo 13 de la Ley Nº 28112, Ley Marco de la Administración Financiera del Sector Público, en concordancia con los artículos 3 y 4 de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, disponen que la Dirección General de Presupuesto Público es el órgano rector y constituye la más alta autoridad técnico-normativa del Sistema Nacional de Presupuesto, y cuenta con las atribuciones de programar, dirigir, coordinar y evaluar la gestión del proceso presupuestario, así como emitir las directivas y normas complementarias pertinentes; Que, mediante la Resolución Directoral N° 012-2018- EF/50.01 se aprobó la Directiva N° 001-2018-EF/50.01 “Directiva de Programación Multianual”, así como sus anexos, fi chas y formatos, en las que se regula, entre otras acciones, el registro que deben realizar los pliegos presupuestarios de la información de la programación multianual en el “Módulo de Programación Multianual”, la información que las entidades del Gobierno Nacional presentan a la Dirección General de Presupuesto Público; así como los plazos y el cronograma de reuniones para la sustentación de la programación multianual de las entidades del Gobierno Nacional, los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales; Que, en el marco de las atribuciones de la Dirección General de Presupuesto Público, establecidas en el artículo 4 de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, referidas a la promoción del perfeccionamiento permanente de la técnica presupuestaria, es necesario aprobar modi fi caciones a la Directiva N° 001-2018-EF/50.01 “Directiva de Programación Multianual” respecto al orden de prelación de las inversiones que se señala en el literal g) del numeral 10.1 del artículo 10, y a las inversiones priorizadas a que se hace referencia en el último párrafo del numeral 12.3 del artículo 12, a efectos de una adecuada aplicación de lo señalado en la citada Directiva por parte de las entidades; Que, asimismo, en concordancia con lo establecido en la Trigésima Tercera Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, en la que se señala que los organismos públicos descentralizados de los gobiernos regionales y de los gobiernos locales se incorporarán progresivamente, a partir del año 2018, en el Sistema Integrado de Administración Financiera del Sector Público (SIAF - SP), por lo cual se requiere realizar mayores precisiones sobre la información que deben entregar estos organismos públicos como sustento de su propuesta de Programación Multianual; Que, adicionalmente, es necesario aprobar la modi fi cación de las fechas de las reuniones establecidas en los Anexos Nº 1/GNyR “Cronograma de Reuniones para la sustentación de la Programación Multianual Gobierno Nacional y Gobiernos Regionales” y Nº 1/GL “Cronograma de Reuniones para la sustentación de la Programación Multianual de Gobiernos Locales”, así como de los plazos establecidos en los Anexos N° 2/GNyR “Cuadro de Plazos Programación Multianual del Gobierno Nacional y Gobierno Regional” y Nº 2/GL “Cuadro de Plazos Programación Multianual de Gobiernos Locales” a que hace referencia la Directiva N° 001-2018-EF/50.01 “Directiva de Programación Multianual”, a fi n que los pliegos del Gobierno Nacional, los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales puedan culminar de forma adecuada y oportuna su propuesta de Programación Multianual; Que, de otro lado, se requiere modi fi car el Anexo Nº 2 “Equivalencia de los clasi fi cadores de gasto para la Programación Multianual” con la fi nalidad de incluir mayores precisiones en las especí fi cas de gasto, y en el Formato 1 GNyR “Modelo de Resumen Ejecutivo”, a fi n de mejorar dichos instrumentos dotándolos de una mayor claridad de tal forma que las entidades se encuentren mejor orientadas para elaborar su propuesta de Programación Multianual de forma adecuada; En uso de las facultades conferidas en el artículo 13 de la Ley Nº 28112, Ley Marco de la Administración Financiera del Sector Público, y en los artículos 3 y 4 de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto;SE RESUELVE: Artículo 1.- Modi fi car el literal g) del numeral 10.1 del artículo 10, el numeral 12.3) del artículo 12 y el numeral 28.2) del artículo 28 de la Directiva N° 001-2018-EF/50.01, “Directiva de Programación Multianual”, aprobada mediante la Resolución Directoral N° 012-2018-EF/50.01, de acuerdo a lo siguiente: “Artículo 10.- Criterios especí fi cos para estimar el gasto público 10.1 (…) g) En Adquisición de Activos No Financieros (…) La Programación Multianual de la genérica del gasto Adquisición de Activos no Financieros deberá ajustarse a la Asignación Presupuestaria Multianual comunicada por la DGPP y las entidades deberán tomar en cuenta el siguiente orden de prelación de las inversiones (incluidas las IOARR) acorde con los criterios de selección señalados anteriormente: (…) vii) Inversiones sin ejecución física que cuenten con aprobación o viabilidad, según corresponda, para la elaboración de los estudios de fi nitivos, expedientes técnicos y/o documentos equivalentes que correspondan. (…)” “Artículo 12.- Elaboración de la Estructura Programática y Estructura Funcional (…) 12.3 (…) Las inversiones priorizadas son aquellas que se determinen de acuerdo a lo establecido en el inciso g) del artículo 10 de la presente Directiva.” “Artículo 28.- Reuniones de sustentación de la Programación Multianual (…) 28.2 (…)La DGPP, de ser necesario emitirá lineamientos sobre la información solicitada en el presente artículo a fi n de complementar el sustento de los trabajos de Programación Multianual de la ETE.” Artículo 2.- Modi fi car los Anexos Nº 2 “Equivalencia de los clasi fi cadores de gasto para la Programación Multianual”, Nº 1/GNyR “Cronograma de Reuniones para la sustentación de la Programación Multianual Gobierno Nacional y Gobiernos Regionales”, N° 2/GNyR “Cuadro de Plazos Programación Multianual del Gobierno Nacional y Gobierno Regional”, Nº 1/GL “Cronograma de Reuniones para la sustentación de la Programación Multianual de Gobiernos Locales” y Nº 2/GL “Cuadro de Plazos Programación Multianual de Gobiernos Locales”, así como el Formato Nº 1 GNyR “Modelo de Resumen Ejecutivo”, de la Directiva N° 001-2018-EF/50.01 “Directiva de Programación Multianual”, aprobada mediante la Resolución Directoral N° 012-2018-EF/50.01, conforme a los Anexos y Formato que forman parte de la presente Resolución Directoral. Artículo 3.- La presente Resolución Directoral, los Anexos y el Formato a los que se re fi ere el artículo 2 de la presente Resolución Directoral, se publican en el portal institucional del Ministerio de Economía y Finanzas (www.mef.gob.pe), en la misma fecha de publicación de la presente Resolución Directoral en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARÍA ANTONIETA ALVA LUPERDI Directora General Dirección General de Presupuesto Público 1657489-1