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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE JUNIO DEL AÑO 2018 (14/06/2018)

CANTIDAD DE PAGINAS: 92

TEXTO PAGINA: 6

6 NORMAS LEGALES Jueves 14 de junio de 2018 / El Peruano AMBIENTE Modifican Reglamento Interno del Comité de Administración del Fondo de Fideicomiso constituido por D.S. N° 011-2011-MINAM RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 229-2018-MINAM Lima, 13 de junio de 2018Vistos; los Memorandos N° 012-2018-MINAM/CAF, N° 014-2018-MINAM/CAF y N° 016-2018-MINAM/CAF del Presidente del Comité de Administración del Fideicomiso; las Actas N° 003-2018-CAF y N° 004-2018-CAF del Comité de Administración del Fideicomiso; el Informe N° 354-2018-MINAM/SG/OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo N° 011-2011-MINAM se autoriza la constitución del Fideicomiso por parte del Ministerio del Ambiente para la administración de recursos recaudados por concepto de multas impuestas por infracciones a normas ambientales; Que, a través de la Resolución Ministerial N° 85-2018-MINAM se aprueba el Reglamento Interno del Comité de Administración del Fondo de Fideicomiso constituido por Decreto Supremo N° 011-2011-MINAM, en adelante el Reglamento Interno, el cual tiene por objetivo regular las funciones y responsabilidades de sus miembros; Que, según lo dispuesto en el numeral 4.4 del artículo 4 del Reglamento Interno, el Comité de Administración del Fideicomiso cuenta con una Secretaría Técnica, quien brinda el apoyo administrativo y logístico necesario y un Grupo Técnico, quien brinda asesoramiento para el mejor desarrollo de sus funciones; Que, a su vez, el numeral 8.1 del artículo 8 del Reglamento Interno establece que la Secretaría Técnica es ejercida por un/una Secretario/a quien es elegido/a por los/las miembros del Comité de Administración del Fideicomiso, no pudiendo ser un/una miembro de dicho Comité ni del Grupo Técnico del Fideicomiso; Que, asimismo, de acuerdo a lo establecido en los numerales 10.2 y 10.3 del artículo 10 del Reglamento Interno, el Grupo Técnico del Fideicomiso está conformado por un representante titular y alterno designado por cada uno de los miembros del Comité de Administración del Fideicomiso, mediante documento dirigido a la Presidencia del citado Comité; Que, según consta en las Actas N° 003-2018-CAF de fecha 14 de mayo de 2018 y N° 004-2018-CAF de fecha 17 de mayo de 2018, el Comité de Administración del Fideicomiso acordó proponer la modi fi cación del Reglamento Interno, a fi n que el Grupo Técnico del Fideicomiso esté integrado por los Directores de los órganos del Ministerio del Ambiente y de los organismos públicos adscritos correspondientes; y que la Secretaría Técnica del Comité de Administración del Fideicomiso sea asumida por el/la Director/a de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio del Ambiente, respectivamente; Que, mediante los Memorandos N° 012-2018-MINAM/ CAF, N° 014-2018-MINAM/CAF y N° 016-2018-MINAM/CAF, el Presidente del Comité de Administración del Fideicomiso remite las propuestas de modi fi cación del Reglamento Interno para su aprobación; Con el visado del Viceministerio de Gestión Ambiental, y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 1013, Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente; el Decreto Supremo N° 011-2011-MINAM, que autoriza la constitución del Fideicomiso para la administración de recursos recaudados por concepto de multas impuestas por infracciones a normas ambientales; y, el Decreto Supremo N° 002-2017-MINAM, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente; SE RESUELVE:Artículo 1.- Modi fi car el numeral 8.1 del artículo 8 del Reglamento Interno del Comité de Administración del Fondo de Fideicomiso constituido por Decreto Supremo N° 011-2011-MINAM, aprobado por Resolución Ministerial N° 85-2018-MINAM, el cual quedará redactado de la siguiente manera: “Artículo 8.- Secretaría Técnica8.1. La Secretaría Técnica es la encargada de brindar asistencia administrativa y logística al Comité de Administración del Fideicomiso. Es ejercida por el/la Director/a de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio del Ambiente”. Artículo 2.- Modi fi car el numeral 10.2 del artículo 10 del Reglamento Interno del Comité de Administración del Fondo de Fideicomiso constituido por Decreto Supremo N° 011-2011-MINAM, aprobado por Resolución Ministerial N° 85-2018-MINAM, el cual quedará redactado de la siguiente manera: “Artículo 10.- Naturaleza(…) 10.2. El Grupo Técnico del Fideicomiso está conformado por los siguientes miembros: ” Titular Alterno Director/a General de Calidad Ambiental del Ministerio del AmbienteDirector/a de Calidad Ambiental y Ecoe fi ciencia del Ministerio del Ambiente Director/a General de Diversidad Biológica del Ministerio del AmbienteDirector/a de Conservación Sostenible de Ecosistemas y Especies del Ministerio del Ambiente. Director/a de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio del AmbienteDirector/a de la O fi cina de Presupuesto y Programación Multianual de Inversiones del Ministerio del Ambiente Director/a de Políticas y Estrategias en Fiscalización Ambiental del Organismo de Evaluación y Fiscalización AmbientalDirector/a de Supervisión Ambiental en Infraestructura y Servicios del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental Director/a de Gestión de las Áreas Naturales Protegidas del Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el EstadoJefe/a de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto del Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado Artículo 3.- Dejar sin efecto el numeral 10.3 del artículo 10 del Reglamento Interno del Comité de Administración del Fondo de Fideicomiso constituido por Decreto Supremo N° 011-2011-MINAM, aprobado por Resolución Ministerial N° 85-2018-MINAM. Artículo 4.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Portal Institucional del Ministerio del Ambiente (www.minam.gob.pe), el mismo día de su publicación en el diario o fi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese. FABIOLA MUÑOZ DODERO Ministra del Ambiente 1659673-1 Disponen la prepublicación en el portal institucional del Ministerio del proyecto de Decreto Supremo que aprobó los Límites Máximos Permisibles para efluentes de establecimientos industriales pesqueros de consumo humano directo e indirecto RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 230-2018-MINAM Lima, 13 de junio de 2018 Vistos, el Memorando N° 350-2018-MINAM/ VMGA, del Viceministerio de Gestión Ambiental; el