Norma Legal Oficial del día 20 de junio del año 2018 (20/06/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 106

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NORMAS LEGALES

Miércoles 20 de junio de 2018 /

El Peruano

y Sanción Ambiental. Manifiesta, que: "No obstante, con fecha posterior a la presentación de la propuesta presentada por Piura, mediante Resolución de Consejo Directivo de OEFA N° 036-2017-OEFA/CD, aprobó el Modelo de Supervisión, fiscalización y Sanción en materia ambiental del Gobierno Regional, publicado en el Diario Oficial El Peruano el 19 de diciembre de 2017, el mismo que tiene como objeto regular y uniformizar los criterios para el ejercicio de la supervisión, fiscalización y sanción en materia ambiental de competencia del Gobierno Regional"; Que, el Proyecto de Mejora de la Gestión Ambiental de las Actividades Minero Energéticas en el Perú (MEGAM) cuenta en su Plan de Asistencia Técnica 2017-2018, entre otras con la actividad N° 1112.1.2. denominada: Establecimiento de un marco jurídico sub-nacional sobre fiscalización ambiental de actividades de pequeña minería y minería artesanal. En el marco de esta actividad, el proyecto MEGAM ha venido brindando asistencia Técnica al Gobierno Regional Piura, para la elaboración y/o actualización de la norma de supervisión, fiscalización y sanción ambiental aplicable al ámbito de competencia del Gobierno Regional Piura; Que, es en ese orden de ideas, con fecha posterior a la dación de la norma señalada en el primer considerando, es que se han llevado 02 reuniones de trabajo, las mismas que han sido lideradas por esta Gerencia Regional. Así, mediante Acta de reunión de trabajo de 05 de enero de 2018, se registró la reunión de trabajo con los órganos del Gobierno Regional Piura con competencia en materia de supervisión y fiscalización ambiental cuyo objetivo fue presentar la propuesta normativa actualizada al modelo de reglamento de supervisión ambiental, aprobado por Resolución de Consejo Directivo de OEFA N° 036-2017OEFA/CD de 19 de diciembre de 2017, así como ratificar sus alcances; Que, en ese sentido, se han convocado a los funcionarios, directores regionales, y gerentes que de forma directa e indirecta participan en el proceso de supervisión, fiscalización y sanción ambiental de competencia del Gobierno Regional Piura. Esta iniciativa ha servido para unificar criterios, explicar los alcances del proyecto normativo y actualizado, socializar la propuesta con la alta dirección, recibir aportes finales, entre otras actividades. Estos resultados son frutos del trabajo participativo y articulado tanto de forma vertical con el ente rector OEFA, como horizontal como son las Gerencias y Direcciones Regionales del Gobierno Regional Piura involucradas, donde el Proyecto MEGAM ha contribuido con su asistencia técnica; Que, mediante Informe N° 585- 2018/ GRP- 460000, la Oficina Regional de Asesoría Jurídica, ha concluido y recomendado que: "(...) en atención a la normatividad vigente y al sustento técnico, esta Oficina Regional de Asesoría Jurídica opina lo siguiente: continuar con el trámite de aprobación de la propuesta de Ordenanza Regional "Procedimiento para la Supervisión y Fiscalización Ambiental Regional" (...)"; Que, mediante Dictamen N° 003 ­ 2018/ GRP-CRCRNyMA, de fecha 09 de abril del año 2018, la Comisión de Recursos Naturales y del Medio Ambiente, del Consejo Regional, dictaminó que se contaba con los fundamentos técnico jurídicos que sustentan la dación de la Ordenanza Regional que aprueba el Reglamento de Supervisión, Fiscalización y Sanción Ambiental del Gobierno Regional Piura; Que, estando a lo acordado y aprobado, por unanimidad, en Sesión Ordinaria N° 05-2018, de fecha 21 de mayo de 2018, en la ciudad de Piura, el Consejo Regional del Gobierno Regional de Piura en uso de sus facultades y atribuciones conferidas por la Constitución Política del Perú y las leyes de la República; HA DADO LA ORDENANZA REGIONAL SIGUIENTE: ORDENANZA REGIONAL QUE APRUEBA EL REGLAMENTO DE SUPERVISIÓN, FISCALIZACIÓN Y SANCIÓN AMBIENTAL DEL GOBIERNO REGIONAL PIURA. Artículo Primero.- Aprobar el Reglamento de Supervisión, Fiscalización y Sanción Ambiental del

Gobierno Regional Piura; cuya finalidad es regular y uniformizar criterios para el ejercicio de la función de supervisión, fiscalización y sanción en materia ambiental atribuida al Gobierno Regional Piura, de acuerdo a las funciones que le han sido transferidas en el marco del proceso de descentralización y aquellas que le han sido otorgadas por Ley. El Reglamento adjunto a la presente, forma parte integrante de la presente Ordenanza Regional. Artículo Segundo.- Disponer que la Gerencia General Regional en coordinación con la Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestión del Medio Ambiente, implementen la presente Ordenanza Regional, así como su publicación de la misma y sus anexos en el Portal Web del Gobierno Regional Piura (www.regionpiura.gob.pe), en la misma fecha de publicación en el Diario Oficial "El Peruano" de la norma aprobada en el artículo primero de la presente Ordenanza Regional, bajo responsabilidad; conforme a lo establecido en el artículo 9° del Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de Proyectos normativos y difusión de Normas Legales de carácter general, aprobado con Decreto Supremo N° 001-2009-JUS modificado por el Decreto Supremo N° 014-2012-JUS. Artículo Tercero.- Dejar sin efecto todo dispositivo legal que se oponga a la presente Ordenanza Regional. Articulo Cuarto.- La presente Ordenanza Regional entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial "El Peruano". Comuníquese al Señor Gobernador del Gobierno Regional Piura para su promulgación. En Piura, a los 21 días del mes de mayo del año dos mil dieciocho. OSCAR ALEX ECHEGARAY ALBÁN Consejero Delegado Consejo Regional POR TANTO: Mando se publique y cumpla con los apremios de ley. Dada en la Ciudad de San Miguel de Piura, en la Sede del Gobierno Regional, a los ocho días del mes de junio del año dos mil dieciocho. REYNALDO HILBCK GUZMÁN Gobernador Regional 1660941-1

GOBIERNO REGIONAL DE PUNO
Reconocen como problemática de urgente atención la prevención y atención del acoso político contra las mujeres en la Región de Puno
ORDENANZA REGIONAL Nº 006-2018-GR PUNO-CRP EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL PUNO VISTO: En sesión Ordinaria del Consejo Regional, llevada a cabo el día ocho de marzo del año 2018, el Pleno del Consejo Regional ha aprobado la emisión de la Ordenanza Regional, con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta respectiva, y, CONSIDERANDO: Que conforme a lo estipulado por el artículo 191º de la Constitución Política del Perú, los gobiernos regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en

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