Norma Legal Oficial del día 20 de junio del año 2018 (20/06/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 97

El Peruano / Miércoles 20 de junio de 2018

NORMAS LEGALES

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Regionales de Gobernadores, Vicegobernadores y Consejeros del Consejo Regional de los Gobiernos Regionales de los departamentos de toda la República y de la Provincia Constitucional del Callao, así como a Elecciones Municipales de Alcaldes y Regidores de los Concejos Provinciales y Distritales de toda la República, para el día domingo 07 de octubre de 2018; En virtud a lo dispuesto en el artículo 165 de la Ley N° 26859, Ley Orgánica de Elecciones: "(...) El diseño y el procedimiento para la ubicación de las candidaturas o símbolos deben publicarse y presentarse ante los personeros de las organizaciones políticas y candidatos, de ser el caso, dentro de los dos (2) días calendario después del vencimiento del plazo para la presentación de solicitudes de inscripción de fórmulas y listas de candidatos. La ubicación de las candidaturas o símbolos se efectúa mediante sorteo público, en presencia de los personeros y de notario público (...)" Asimismo, de acuerdo a la Primera Disposición Complementaria de la Ley N° 27734, Ley que modifica diversos artículos de la Ley Nº 26864 de Elecciones Municipales, las Organizaciones Políticas Locales que participen en las Elecciones Municipales lo harán con los números asignados, mediante sorteo público efectuado por la ONPE; Con Resolución N° 0092-2018-JNE, el Jurado Nacional de Elecciones aprobó el cronograma electoral en el marco de las Elecciones Regionales y Municipales 2018, en el que precisó que el día 19 de junio es la fecha límite para la presentación de la lista de candidatos ante los Jurados Electorales Especiales; Teniendo en cuenta lo establecido en el literal m) del artículo 68 del Reglamento de Organización y Funciones de la ONPE, aprobado por Resolución Jefatural N° 063-2014-J/ONPE y sus modificatorias; la Gerencia de Gestión Electoral, a través del Informe de vistos, ha propuesto a la Gerencia General las "Instrucciones para el Sorteo de Asignación de Números a las Organizaciones Políticas Locales de las Elecciones Municipales 2018", las "Instrucciones para el Sorteo de Ubicación de las Organizaciones Políticas en la Cédula de Sufragio de las Elecciones Regionales y Municipales 2018" y las "Instrucciones para el Sorteo de Ubicación de las fórmulas de Candidatos en la Cédula de Sufragio de la Segunda Elección para Gobernador y Vicegobernador Regional, correspondiente a las Elecciones Regionales 2018" en el supuesto que se requiera una segunda elección; Cabe precisar que el orden de ubicación de los bloques de las organizaciones políticas en las cédulas de sufragio correspondiente a las Elecciones Regionales y Municipales 2018, es el resultado del sorteo llevado a cabo el día 12 de marzo de 2018, cuyo procedimiento fue aprobado mediante la Resolución Jefatural N° 0000382018-JN/ONPE; De acuerdo a lo expuesto, la Gerencia General, mediante el documento de vistos, presenta a la Jefatura Nacional, la propuesta de las instrucciones antes referidas, recomendando su aprobación y publicación correspondiente; De conformidad con lo dispuesto en los literales g) y h) del artículo 5 de la Ley N° 26487, Ley Orgánica de la Oficina Nacional de Procesos Electorales; así como en el literal s) del artículo 11 de su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Resolución Jefatural N° 0632014-J/ONPE y sus modificatorias; Con los visados de la Secretaría General, de la Gerencia General, de las Gerencias de Asesoría Jurídica, de Gestión Electoral y de Organización Electoral y Coordinación Regional; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar las "Instrucciones para el Sorteo de Asignación de Números a las Organizaciones Políticas Locales de las Elecciones Municipales 2018", que consta de ocho (8) artículos que, como Anexo N° 1, forma parte de la presente resolución. Artículo Segundo.- Aprobar las "Instrucciones para el Sorteo de Ubicación de las Organizaciones Políticas en la Cédula de Sufragio de las Elecciones Regionales y Municipales 2018", que consta de nueve (9) artículos que,

como Anexo N° 2, forma parte de la presente resolución. Artículo Tercero.- Aprobar las "Instrucciones para el Sorteo de Ubicación de las fórmulas de Candidatos en la Cédula de Sufragio de la Segunda Elección para Gobernador y Vicegobernador Regional 2018", que consta de cinco (5) artículos que, como Anexo N° 3, forma parte de la presente resolución Artículo Cuarto.- Poner en conocimiento del Jurado Nacional de Elecciones, del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, y de los personeros de las Organizaciones Políticas participantes, el contenido de la presente resolución. Artículo Quinto.- Disponer la publicación de la presente Resolución Jefatural y sus anexos en el diario oficial El Peruano y en el Portal Institucional www.onpe. gob.pe, dentro del plazo de tres (3) días de su emisión. Regístrese, comuníquese y publíquese. ADOLFO CARLO MAGNO CASTILLO MEZA Jefe ANEXO Nº 1 DE LA RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 110-2018-JN/ONPE INSTRUCCIONES PARA EL SORTEO DE ASIGNACIÓN DE NÚMEROS A LAS ORGANIZACIONES POLÍTICAS LOCALES DE LAS ELECCIONES MUNICIPALES 2018 Artículo 1º.- Etapas del sorteo El sorteo se realiza en dos etapas: a) Sorteo de asignación de números impares a las organizaciones políticas locales de ámbito provincial. b) Sorteo de asignación de números pares a las organizaciones políticas locales de ámbito distrital. Artículo 2º.- Sedes del sorteo Los sorteos mencionados en el artículo anterior se realizarán en las Oficinas Descentralizadas de Procesos Electorales ­ ODPE, conforme a sus respectivas circunscripciones y estarán a cargo del Jefe de la ODPE o a quien se designe en su representación. Artículo 3º.- Actividades preparatorias Previamente al sorteo, la ODPE confirmará la presencia de un Notario Público o de un Juez de Paz, e invitará a los representantes del Jurado Electoral Especial (JEE) o del Jurado Nacional de Elecciones (JNE), del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (RENIEC), de la Defensoría del Pueblo, observadores y personeros de las organizaciones políticas participantes, de ser posible. Artículo 4°.- Organizaciones políticas locales consideradas en el sorteo Serán consideradas en el sorteo de asignación de números a todas las organizaciones políticas locales con inscripción vigente y que han presentado lista de candidatos ante los Jurados Electorales Especiales para las Elecciones Regionales y Municipales 2018. Las organizaciones políticas locales que han sido incluidas para el sorteo y que, por cualquier circunstancia no logren la inscripción de su lista de candidatos, no serán consideradas en la cédula de sufragio, sin que esta situación afecte el resultado del referido sorteo. Artículo 5º.- Retiro o desistimiento de organización política En el caso que alguna organización política no logre su inscripción de candidatos, se retire o desista de participar en el proceso electoral, y se le haya asignado un número como resultado del referido sorteo, el número asignado no será tomado en cuenta en los actos electorales a realizarse posteriormente. Artículo 6º.- Sorteo de asignación de números a las organizaciones políticas locales provinciales A las organizaciones políticas locales de ámbito provincial se les identificará con números impares. El

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