Norma Legal Oficial del día 02 de marzo del año 2018 (02/03/2018)


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NORMAS LEGALES

Viernes 2 de marzo de 2018 /

El Peruano

Educación Básica Alternativa, Intercultural Bilingüe y de Servicios Educativos en el Ámbito Rural, y de la Oficina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley N° 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modificada por la Ley Nº 26510; y en el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado por Decreto Supremo N° 001-2015-MINEDU; SE RESUELVE: Artículo 1.- Dejar sin efecto el subnumeral 4.11 del numeral 4; el subnumeral 5.12 del numeral 5; los subnumerales 7.1, 7.5, 7.6 y 7.7 del numeral 7; los subnumerales 8.1 y 8.2 del numeral 8; y el numeral 9 de la Norma que establece disposiciones para el Acompañamiento Pedagógico en la Educación Básica, aprobada por Resolución de Secretaría General N° 008-2016-MINEDU, modificada por las Resoluciones de Secretaría General N° 436-2016-MINEDU y N° 008-2017-MINEDU. Artículo 2.- Modificar el subnumeral 5.2 del numeral 5; el subnumeral 6.1.1, el primer párrafo del literal a) del subnumeral 6.2, el subnumeral 6.3, el segundo párrafo del subnumeral 6.4 y el subnumeral 6.7 del numeral 6; así como, el segundo párrafo del literal a) y el literal d) del subnumeral 7.2, y el subnumeral 7.4 del numeral 7 de la Norma que establece disposiciones para el Acompañamiento Pedagógico en la Educación Básica, aprobada por Resolución de Secretaría General N° 008-2016-MINEDU, modificada por las Resoluciones de Secretaría General N° 436-2016-MINEDU y N° 008-2017-MINEDU, conforme al Anexo 1 de la presente resolución. Artículo 3.- Incorporar el subnumeral 5.26 al numeral 5; y el subnumeral 7.8 al numeral 7 de la Norma que establece disposiciones para el Acompañamiento Pedagógico en la Educación Básica, aprobada por Resolución de Secretaría General N° 008-2016-MINEDU, modificada por las Resoluciones de Secretaría General N° 436-2016-MINEDU y N° 008-2017-MINEDU, conforme al Anexo 2 de la presente resolución. Artículo 4.- Disponer la publicación de la presente Resolución y sus Anexos, en el Sistema de Información Jurídica de Educación - SIJE, ubicado en el Portal Institucional del Ministerio de Educación (www.minedu. gob.pe), el mismo día de la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial "El Peruano". Regístrese, comuníquese y publíquese. IDEL VEXLER T. Ministro de Educación 1621490-3

Autorizan viaje de profesional del Ministerio a México, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 090-2018-MINEDU Lima, 1 de marzo de 2018 CONSIDERANDO: Que, mediante Carta N° Dir/18/06, el Coordinador General del Laboratorio Latinoamericano de Evaluación de la Calidad de la Educación ­ LLECE, conjuntamente con el Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación­INEE, envían la convocatoria oficial para la XXXIX Reunión de Coordinadores/as Nacionales del LLECE, a desarrollarse del 07 al 09 de marzo de 2018 en la ciudad de México, Estados Unidos Mexicanos; Que, los Estados Miembros de la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura ­ UNESCO han designado al LLECE como un mecanismo clave para el monitoreo y seguimiento del Marco de Acción de la Agenda de Educación 2030 ­ Agenda E2030 y del Objetivo de Desarrollo Sostenible

N° 4 establecido en el marco de la citada Agenda, sobre Educación en la región; Que, la referida Reunión tiene como objetivo hacer seguimiento al plan de trabajo del LLECE, para la toma de decisiones estratégicas en relación a la implementación operativa del Cuarto Estudio Regional Comparativo y Explicativo­ERCE durante el año 2018, así como se revisarán todas las recomendaciones realizadas por el Consejo Técnico Consultivo de Alto Nivel­CTAN; Que, mediante Memorándum Nº 030-2018-MINEDU/ SPE el Secretario de Planificación Estratégica, propone la participación del señor HUMBERTO HILDEBRANDO PEREZ LEON IBAÑEZ, Jefe de la Oficina de Medición de la Calidad de los Aprendizajes, dependiente de la Secretaría de Planificación Estratégica del Ministerio de Educación, a la citada reunión; Que, a través del Informe N° 027-2018-MINEDU/ SG-OGCI, la Oficina General de Cooperación y Asuntos Internacionales manifiesta que resulta relevante la participación del señor HUMBERTO HILDEBRANDO PEREZ LEON IBAÑEZ, Jefe de la Oficina de Medición de la Calidad de los Aprendizajes, toda vez que le permitirá conocer los avances del plan de trabajo del LLECE en el marco de la Agenda E2030 y tomar decisiones estratégicas en relación a la implementación del estudio piloto del año 2018; Que, los gastos de pasajes aéreos serán asumidos con cargo al Pliego 010: Ministerio de Educación ­ Unidad Ejecutora: 026. Los gastos asociados al hospedaje, alimentación y traslado interno serán cubiertos por los organizadores del evento, de acuerdo a lo señalado en la Carta N° Dir/18/06; Que, en tal sentido, siendo de interés para la entidad, resulta necesario autorizar el viaje del señor HUMBERTO HILDEBRANDO PEREZ LEON IBAÑEZ, Jefe de la Oficina de Medición de la Calidad de los Aprendizajes, dependiente de la Secretaría de Planificación Estratégica del Ministerio de Educación; así como encargar sus funciones, a fin de garantizar la continuidad del servicio; Que, de conformidad con lo establecido en el numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley N° 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el año fiscal 2018, durante el presente año, los viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos deben realizarse en categoría económica, pudiendo exceptuarse a los funcionarios señalados en el artículo 52 de la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil, siempre que el tiempo de viaje sea mayor a 8 (ocho) horas o cuando la estancia sea menor a 48 (cuarenta y ocho) horas; asimismo señala que la autorización para viajes al exterior de las personas antes mencionadas se aprueba conforme a lo establecido en la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus normas reglamentarias; Con el visado de la Secretaría de Planificación Estratégica, la Secretaría General; la Oficina General de Cooperación y Asuntos Internacionales y la Oficina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo establecido en el Decreto Ley Nº 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modificado por la Ley Nº 26510; en la Ley N° 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018; en la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; en el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; en el Reglamento de la Carrera Administrativa aprobado por Decreto Supremo N° 005-90-PCM; y, en el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación aprobado por Decreto Supremo N° 001-2015-MINEDU; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje del señor HUMBERTO HILDEBRANDO PEREZ LEON IBAÑEZ, Jefe de la Oficina de Medición de la Calidad de los Aprendizajes, dependiente de la Secretaría de Planificación Estratégica del Ministerio de Educación, a la ciudad de México,

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