Norma Legal Oficial del día 02 de marzo del año 2018 (02/03/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 51

El Peruano / Viernes 2 de marzo de 2018

NORMAS LEGALES

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entre otros, por las Oficinas Sectoriales de Informática de los Ministerios; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 19-2011PCM se aprobó la "Formulación y Evaluación del Plan Operativo Informático (POI) de las entidades de la Administración Pública" y su Guía de Elaboración, cuyo objetivo es normar los procedimientos y lineamientos técnicos para la formulación del citado Plan Operativo correspondiente a las entidades de la Administración Pública, el mismo que tiene periodicidad anual; Que, asimismo, el artículo 4 de la Resolución Ministerial Nº 19-2011-PCM, dispone que cada año fiscal, las entidades deben registrar en la página web del Portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe/poi) el Plan Operativo Informático (POI) correspondiente; Que, con Oficio Nº 189-2018-JUS/OGTI la Oficina General de Tecnologías de Información ha remitido el proyecto del Plan Operativo Informático (POI) del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos para el Año Fiscal 2018, por lo que resulta necesario aprobarlo; Que, en el literal b) del numeral 4.2 de la Guía para la Elaboración, Formulación y Evaluación del Plan Operativo Informático (POI) de las entidades de la Administración Pública, establece que la aprobación de la formulación, registro y evaluación del Plan Operativo Informático en las entidades del Gobierno Central es realizada por la máxima autoridad de la entidad; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29809, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; el Decreto Supremo Nº 013-2017JUS, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; y la Resolución Ministerial Nº 19-2011-PCM, que aprueba la "Formalización y Evaluación del Plan Operativo Informático (POI) de las entidades de la Administración Pública" y su respectiva Guía de Elaboración; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar el Plan Operativo Informático (POI) del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos para el año 2018, que en Anexo forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2.- La Oficina General de Tecnologías de Información es responsable del seguimiento y evaluación permanente de las metas específicas previstas en el Plan Operativo Informático para el año 2018, así como de informar sobre sus resultados al Titular de la Entidad. Artículo 3.- El Plan Operativo Informático (POI) del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos para el año 2018, aprobado por la presente Resolución, será publicado en el Portal del Estado Peruano (www.peru.gob. pe) y en el Portal Institucional del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (www.minjus.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. ENRIQUE JAVIER MENDOZA RAMÍREZ Ministro de Justicia y Derechos Humanos 1621462-1

remite la invitación cursada por el Ministerio de Justicia y del Derecho de la República de Colombia al señor Ministro de Justicia y Derechos Humanos, para participar en el Primer Encuentro Internacional de Política Criminal y Prevención del Delito, el cual tendrá lugar en la ciudad de Cartagena de Indias, República de Colombia, los días 7 y 8 de marzo de 2018; Que, el referido evento internacional constituye un espacio de discusión y diálogo entre los principales actores encargados de definir las políticas criminales en los países de Iberoamérica, lo cual permitirá construir un diagnóstico del estado actual de la política criminal en la región, así como reflexionar acerca de los desafíos más importantes para enfrentar la problemática de la violencia y el crimen, definiendo las línea generales para abordarla, lo cual se materializará en una declaración de principios de política criminal; Que, teniendo en cuenta la importancia y trascendencia del evento internacional antes acotado, y siendo que la temática a abordar se vincula con materias propias de la competencia de la Dirección General de Asuntos Criminológicos, resulta de interés institucional autorizar el viaje del señor abogado Carlos Antonio Bazo Ramírez, Director General de la Dirección General de Asuntos Criminológicos, a efectos que participe en el acotado evento en representación del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; asimismo, por razones de itinerario es pertinente autorizar el presente viaje del 06 al 09 de marzo de 2018; Que, los gastos que genere el referido viaje serán sufragados en parte con cargo al presupuesto institucional del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, por cuanto los gastos correspondientes a viáticos (alojamiento, alimentación y traslados internos) serán cubiertos por la organización del mencionado evento; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 29809, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; el Decreto Supremo N° 013-2017JUS, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; la Ley N° 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018; la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus modificatorias; y el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus modificatorias; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje del señor abogado Carlos Antonio Bazo Ramírez, Director General de la Dirección General de Asuntos Criminológicos del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, del 06 al 09 de marzo de 2018, a la ciudad de Cartagena de Indias, República de Colombia, por los motivos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución, serán cubiertos, en parte, con recursos del presupuesto del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, de acuerdo al siguiente detalle: Carlos Antonio Bazo Ramírez, Director General de la Dirección General de Asuntos Criminológicos Pasajes US$ 1 297,71 Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes a la culminación del viaje, el profesional citado en los artículos 1 y 2 de la presente Resolución deberá presentar ante el Titular de la Entidad un informe dando cuenta de las acciones realizadas, los resultados obtenidos y la rendición de cuentas por los viáticos entregados. Artículo 4.- La presente autorización no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de aduana de cualquier clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. ENRIQUE JAVIER MENDOZA RAMÍREZ Ministro de Justicia y Derechos Humanos 1621498-1

Autorizan viaje de profesional a Colombia, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0065-2018-JUS Lima, 1 de marzo de 2018 VISTOS, el documento EPELM 054/2018, de la Embajada de Colombia en Lima; el Informe N° 23-2018-JUS/DGAC, de la Dirección General de Asuntos Criminológicos; el Informe N° 050-2018-JUS/OGPM y el Oficio N° 549-2018-JUS/OGPMOPRE, de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; y el Informe N° 208-2018-JUS/OGAJ, de la Oficina General de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO: Que, mediante documento EPELM 054/2018 de fecha 14 de febrero de 2018, la Embajada de Colombia en Lima,

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