Norma Legal Oficial del día 08 de marzo del año 2018 (08/03/2018)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 17

El Peruano / Jueves 8 de marzo de 2018

NORMAS LEGALES

17

solicitudes de acceso a la información pública, así como mantenga actualizada la normativa interna que regule el procedimiento de atención de las referidas solicitudes. Artículo 7. Publicación Disponer la publicación de la presente, en el Portal Institucional del Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma (www.qw.gob.pe) y en el Diario Oficinal "El Peruano". Artículo 8. Publicación en lugar visible Disponer la ubicación de una copia de la presente en lugar visible en la Sede Central y cada una de las Unidades Territoriales del Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma. Regístrese y comuníquese. CARLA PATRICIA MILAGROS FAJARDO PÉREZ-VARGAS Directora Ejecutiva Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma 1623603-1

ECONOMIA Y FINANZAS
Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018 a favor de los Pliegos Universidades Públicas, para financiar el pago del incremento de la remuneración de los docentes ordinarios de las universidades públicas
DECRETO SUPREMO Nº 048-2018-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo N° 350-2017-EF, se aprueba el incremento de la remuneración de los Docentes Ordinarios de la Universidad Pública de las categorías principal, asociado y auxiliar, a dedicación exclusiva o a tiempo completo, comprendidos en la Ley N° 30220, Ley Universitaria; Que, el numeral 43.1 del artículo 43 de la Ley Nº 30680, Ley que aprueba medidas para dinamizar la ejecución del gasto público y establece otras disposiciones, autoriza el incremento de la remuneración de los docentes ordinarios de la Universidad Pública, cuyo monto y disposiciones complementarias de corresponder, serán aprobadas mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y el Ministro de Educación; el numeral 43.2 del citado artículo, establece que para su implementación, se autoriza al Ministerio de Educación, durante los años fiscales 2017 y 2018, con cargo a su presupuesto institucional y sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público, a realizar modificaciones presupuestarias en el nivel institucional a favor de las Universidades Públicas, a ser aprobadas mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y el Ministro de Educación, a propuesta de este último; Que, de otro lado, el numeral 26.3 del artículo 26 de la Ley Nº 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, autoriza al Ministerio de Educación con cargo a los recursos de su presupuesto institucional, a efectuar modificaciones presupuestarias en el nivel institucional a favor de las Universidades Públicas mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y el Ministro de Educación, a solicitud de este último, para el financiamiento del incremento de la remuneración de los docentes ordinarios de Universidades Públicas ocurrido en el Año Fiscal 2017 que no estuvieron considerados en el Decreto Supremo N° 103-2017-EF;

Que, mediante el Oficio N° 082-2018-MINEDU/ VMGP-DIGESU la Dirección General de Educación Superior Universitaria del Ministerio de Educación remite el Informe N° 013-2018-MINEDU-VMGP-DIGESUDICOPRO, en el que sustenta y determina el monto a transferirse a favor de los pliegos Universidades Públicas para financiar durante el presente año el pago del incremento de la remuneración de los docentes ordinarios de Universidades Públicas ocurrido en el Año Fiscal 2017 que no estuvieron considerados en el Decreto Supremo N° 103-2017-EF y el pago del incremento dispuesto mediante Decreto Supremo N° 350-2017-EF; Que, a través del Informe N° 071-2018-MINEDU/SPEOPEP-UPP, la Unidad de Planificación y Presupuesto de la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto de la Secretaría de Planificación Estratégica del Ministerio de Educación, señala que en el presupuesto institucional del pliego 010: Ministerio de Educación, Unidad Ejecutora 026: Programa Educación Básica para Todos, en la Fuente de Financiamiento 1: Recursos Ordinarios, se cuenta con recursos disponibles para ser transferidos a favor de los pliegos Universidades Públicas para financiar durante el presente año, el pago del incremento de la remuneración de los docentes ordinarios de universidades públicas que no estuvieron considerados en el Decreto Supremo N° 103-2017-EF y el pago del incremento dispuesto mediante Decreto Supremo N° 350-2017-EF; Que, de acuerdo a la información proporcionada por el Ministerio de Educación y la información registrada en el "Aplicativo Informático para el Registro Centralizado de Planillas y de Datos de los Recursos Humanos del Sector Público", la Dirección General de Gestión de Recursos Públicos del Ministerio de Economía y Finanzas ha determinado el monto a transferir a los pliegos Universidades Públicas que asciende a la suma de CIENTO CINCUENTA MILLONES SETECIENTOS CUARENTA Y SEIS MIL CIENTO OCHENTA Y SIETE Y 00/100 SOLES (S/ 150 746 187,00), para financiar durante el presente año, el pago del incremento de la remuneración de los docentes ordinarios de universidades públicas que no estuvieron considerados en el Decreto Supremo N° 103-2017-EF y el pago del incremento dispuesto mediante Decreto Supremo N° 350-2017-EF; Que, en consecuencia, resulta necesario autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, hasta por la suma de CIENTO CINCUENTA MILLONES SETECIENTOS CUARENTA Y SEIS MIL CIENTO OCHENTA Y SIETE Y 00/100 SOLES (S/ 150 746 187,00) del pliego 010: Ministerio de Educación, a favor de treinta y nueve (39) pliegos Universidades Públicas, para financiar el pago del incremento de la remuneración de los docentes ordinarios de Universidades Públicas que no estuvieron considerados en el Decreto Supremo N° 103-2017-EF y el pago del incremento dispuesto mediante Decreto Supremo N° 350-2017-EF; De conformidad con lo establecido en el numeral 26.3 del artículo 26 de la Ley Nº 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, y el numeral 43.2 del artículo 43 de la Ley Nº 30680, Ley que aprueba medidas para dinamizar la ejecución del gasto público y se establecen otras disposiciones; DECRETA: Artículo 1.- Objeto 1.1 Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, del pliego 010: Ministerio de Educación, hasta por la suma de CIENTO CINCUENTA MILLONES SETECIENTOS CUARENTA Y SEIS MIL CIENTO OCHENTA Y SIETE Y 00/100 SOLES (S/ 150 746 187,00), a favor de treinta y nueve (39) pliegos Universidades Públicas, para financiar el pago del incremento de la remuneración de los docentes ordinarios de universidades públicas ocurrido en el Año Fiscal 2017 que no estuvieron considerados en el Decreto Supremo N° 103-2017-EF y el pago del incremento dispuesto mediante el Decreto Supremo N° 350-2017-EF, de acuerdo con el siguiente detalle:

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.