Norma Legal Oficial del día 08 de marzo del año 2018 (08/03/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 19

El Peruano / Jueves 8 de marzo de 2018

NORMAS LEGALES

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el Ministro de Economía y Finanzas, a propuesta del Titular del Sector; Que, en consecuencia resulta necesario aprobar el incremento de la propina que recibe el Promotor(a) Educativo(a) Comunitario(a) de los Programas No Escolarizados de Educación Inicial - PRONOEI, conforme a lo indicado en los considerandos precedentes; De conformidad con lo dispuesto en el literal b) del numeral 30.1 del artículo 30 de la Ley N° 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018; y la Cuarta Disposición Transitoria de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto; DECRETA: Artículo 1.- Aprobación del Incremento de la propina del Promotor(a) Educativo(a) Comunitario(a) Increméntese la propina que recibe el Promotor(a) Educativo(a) Comunitario(a) de los Programas No Escolarizados de Educación Inicial - PRONOEI de ciclo I y II, al monto de S/ 500,00 (QUINIENTOS Y 00/100 SOLES) para el ámbito urbano y al monto de S/ 700,00 (SETECIENTOS Y 00/100 SOLES) para el ámbito rural. Articulo 2.- Derogatoria Deróguense las disposiciones que se opongan a lo establecido en el presente Decreto Supremo. Artículo 3.- Del financiamiento La implementación de lo dispuesto en la presente norma, se financia con cargo al presupuesto institucional del Ministerio de Educación, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público. Artículo 4.- Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por la Ministra de Economía y Finanzas y el Ministro de Educación. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los siete días del mes de marzo del año dos mil dieciocho. PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD Presidente de la República CLAUDIA MARÍA COOPER FORT Ministra de Economía y Finanzas IDEL ALFONSO VEXLER TALLEDO Ministro de Educación 1623699-6

ENERGIA Y MINAS
Aprueban Presupuesto Analítico de Personal de la Dirección General de Electrificación Rural
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 079-2018-MEM/DM Lima, 2 de marzo de 2018 VISTOS: El Memorándum N° 039-2018-MEM/DGER/ JAF, del 24 de enero de 2018, de la Dirección General de Electrificación Rural del Ministerio de Energía y Minas; y el Informe N° 195-2018-MEM-OGJ, del 26 de febrero de 2018, de la Oficina General de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO: Que, por Decreto Supremo N° 026-2007-EM de fecha 04 de mayo de 2007, se dispuso la fusión del Proyecto de Mejoramiento de la Electrificacion Rural, mediante la aplicación de Fondos Concursables Proyecto - FONER y de la Dirección Ejecutiva de Proyectos - DEP del Ministerio de Energía y Minas, con la Dirección General de Electrificación Rural, con calidad de órgano absorbente, dependiente del despacho del Viceministro de Energía;

Que, de acuerdo con lo establecido en el Decreto Legislativo N° 859, el personal que labora en la Unidad Ejecutora N° 005: Dirección General de Electrificación Rural del Ministerio de Energía y Minas se encuentra sujeto al régimen laboral de la actividad privada; Que, mediante la Resolución Ministerial N° 3132017-MEM/DM, se aprobó el Cuadro para Asignación de Personal ­ CAP del Ministerio de Energía y Minas; Que, mediante Resolución Ministerial N° 528-2017MEM/DM, del 21 de diciembre de 2017, se aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura de Gastos correspondiente al Año Fiscal 2018 del Pliego 016: Ministerio de Energía y Minas; Que, el Presupuesto Analítico de Personal es un documento de gestión en el cual se considera la dotación presupuestal para los servicios específicos del personal permanente y eventual en función de la disponibilidad presupuestal; Que, mediante Memorándum N° 039-2018-MEM/DGER/ JAF, del 24 de enero de 2018, la Jefatura de Administración y Finanzas de la Unidad Ejecutora N° 005: Dirección General de Electrificación Rural informa sobre la elaboración del Presupuesto Analítico de Personal para el año 2018, tomando como base para su formulación el Cuadro de Asignación de Personal ­ CAP, aprobado por la Resolución Ministerial N° 313-2017-MEM/DM; y el Presupuesto Institucional de Apertura de Gastos correspondientes al Año Fiscal 2018 del Pliego N° 016 ­ Ministerio de Energía y Minas, aprobado por Resolución Ministerial N° 528-2017-MEM/DM de fecha 21 de diciembre de 2017; Que, asimismo la Jefatura de Administración y Finanzas remitió las Certificaciones de Crédito Presupuestario para Licitaciones Públicas, Concursos Públicos y Adjudicaciones N° 00028-2018-MEM-DGER/JAF, N° 00029-2018-MEMDGER/JAF y N° 00030-2018-MEM-DGER/JAF todas de fecha 16 de enero de 2018, que respaldan la propuesta de Presupuesto Analítico de Personal para el año 2018 de la Unidad Ejecutora N° 005 ­ Dirección General de Electrificación Rural del Ministerio de Energía y Minas; Que, el numeral 6.8 de la Directiva N° 001-82-INAP/ DNP, Directiva para la Formulación de Presupuesto Analítico de Personal (PAP) en las entidades del Sector Público aprobada por la Resolución Jefatural N° 019-82INAP/DIGESNAP, señala que el PAP será aprobado por el Titular del Pliego Presupuestal o por el funcionario a quien se delegue en forma expresa esa competencia; Con las visaciones de la Jefatura de Administración y Finanzas, y de la Jefatura de Asesoría Legal de la Dirección General de Electrificación Rural, del Director General de la Dirección General de Electrificación Rural, del Director General de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, del Director General de la Oficina General de Asesoría Jurídica y del Viceministro de Energía; De conformidad con lo dispuesto en la Directiva N° 001-82-INAP/DNP - Directiva para la Formulación de Presupuesto Analítico de Personal (PAP) en las entidades del Sector Público aprobada por la Resolución Jefatural N° 019-82-INAP/DIGESNAP; el Cuadro para Asignación de Personal ­ CAP, aprobado por Resolución Ministerial N° 313-2017-MEM/DM; y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas, aprobado por Decreto Supremo N° 031-2007-EM y sus modificatorias; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar el Presupuesto Analítico de Personal de la Unidad Ejecutora N° 005 - Dirección General de Electrificación Rural del Ministerio de Energía y Minas para el año 2018, que en anexo forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2º.- Remitir copia de la presente Resolución a la Dirección General de Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas. Artículo 3º.- La presente Resolución deberá ser publicada en el Portal Institucional de la Dirección General de Electrificación Rural del Ministerio de Energía y Minas (http://dger.minem.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. ÁNGELA GROSSHEIM BARRIENTOS Ministra de Energía y Minas

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