Norma Legal Oficial del día 24 de marzo del año 2018 (24/03/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 141

El Peruano / Sábado 24 de marzo de 2018

NORMAS LEGALES

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CDU de la Comisión de Desarrollo Urbano, el Informe N° 080-2018-MSB-GM-GAJ de la Gerencia de Asesoría Jurídica, el Informe N° 030-2018-MSB-GDU de la Gerencia de Desarrollo Urbano, el Informe N° 109-2018-MSBGM-GDU-ULCA de la Unidad de Licencias Comerciales y Autorizaciones, el Informe N° 071-2018-MSB-GMGF-UDC de la Unidad de Defensa Civil, el Informe N° 038-2018-MSB-GM-GPE de la Gerencia de Planificación Estratégica, sobre la Ordenanza que Aprueba los Procedimientos Administrativos y Servicio Prestado en Exclusividad de la Unidad de Licencias Comerciales y Autorizaciones de la Municipalidad de SAN BORJA ­ TUPA MSB; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 194° de la Constitución Política del Perú, modificado por Ley N° 30305 establece que las Municipalidades tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia en concordancia con la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, que otorga como facultades exclusivas a las municipalidades distritales, en materia de organización del espacio físico y uso del suelo, el normar, regular y otorgar autorizaciones, derechos y licencias, y realizar fiscalización de: Apertura de establecimientos comerciales, industriales y de actividades profesionales de acuerdo con la zonificación; Que, la Municipalidad Distrital de San Borja tiene como propósito institucional lograr el desarrollo económico y el crecimiento comercial ordenado del distrito; para ello integra, actualiza, armoniza y simplifica el marco normativo existente para que los procedimientos administrativos para obtener Licencia de Funcionamiento, autorizaciones municipales en materia de anuncios publicitario, comercio ambulatorio, y espectáculos públicos deportivos y no deportivos, estén acordes con las necesidades de promoción empresarial y protección al vecino y, de ésta manera, brindar orientación y asesoramiento para la inversión, así como lograr la calidad y eficiencia en el servicio al usuario, en estricta observancia al marco legal vigente; Que, a través de los Decretos Legislativos N° 1200 y N° 1271, se establecieron diversas modificaciones a la Ley Marco de Licencias de Funcionamiento, cuya vigencia estaba condicionada a la publicación del Nuevo Reglamento de Inspecciones Técnicas de Seguridad en Edificaciones; Que, con fecha 05 de enero de 2018 se publicó en el Diario Oficial "El Peruano", el Decreto Supremo N° 002-2018-PCM que aprueba el Nuevo Reglamento de Inspecciones Técnicas de Seguridad en Edificaciones ­ ITSE, dispositivo legal que incorpora la simplificación del procedimiento de Inspección Técnica de Seguridad en Edificaciones (ITSE) con el objeto de facilitar el otorgamiento oportuno de la Licencia de Funcionamiento, asimismo se considera

la obtención del Certificado ITSE, como una actividad dentro del procedimiento administrativo de Licencia de Funcionamiento. Asimismo en la Única Disposición Complementaria Transitoria del Decreto Supremo N° 002-2018-PCM, dispone que los Gobiernos locales deberán adecuar las normas municipales dentro de los sesenta (60) días calendario siguiente a la entrada en vigencia del nuevo Reglamento; Que, mediante Informe N° 109-2018-MSB-GMGDU-ULCA, la Unidad de Licencias Comerciales y Autorizaciones, presenta la propuesta de adecuación del TUPA relacionado a los procedimientos administrativos y servicio prestado en exclusividad a su cargo, que consta de trece (13) procedimientos administrativos y un (01) servicio prestado en exclusividad, manifestando que ante los cambios normativos a la Ley Marco de Licencia de Funcionamiento y la emisión del Nuevo Reglamento de Inspecciones Técnicas de Seguridad en Edificaciones, y los plazos establecidos de adecuación de los procedimientos para los Gobiernos Locales, se debe aprobar la propuesta, a fin de cumplir con el marco legal vigente; Que, la Gerencia de Asesoría Jurídica, con Informe N° 080-2018-MSB-GM-GAJ, concluye que la propuesta cumple con las formalidades legales establecidas en el TUO de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, señalando que debe aprobarse, a fin que la norma sea una herramienta de gestión que provee información sistematizada de los procedimientos administrativos y servicio, considerando los requisitos, costos, evaluación del procedimiento, plazos, autoridad que resuelve los recursos administrativos, de fácil acceso a los administrados, a fin que conozcan con claridad la tramitación y el resultado de los procedimientos que impulsen; Estando lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por los Artículos 9°, numeral 8), y 40° de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, por Unanimidad, y con la dispensa de trámite de lectura y aprobación del Acta, se aprueba lo siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA LOS PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS Y SERVICIO PRESTADO EN EXCLUSIVIDAD DE LA UNIDAD DE LICENCIAS COMERCIALES Y AUTORIZACIONES DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN BORJA ­ TUPA MSB Artículo Primero.- Aprobar trece (13) procedimientos administrativos y un (01) servicio prestado en exclusividad a cargo de la Unidad de Licencias Comerciales y Autorizaciones contenidos en el Cuadro del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA), que como Anexo N° 01, forma parte integrante de la presente ordenanza. Artículo Segundo.- Precisar que los procedimientos administrativos y servicio brindado en exclusividad vinculados con las Licencias de Funcionamiento, Autorizaciones para la Instalación de Anuncios Publicitarios

REQUISITO PARA PUBLICACILN DE NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS
Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Organismos constitucionales autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que para efectos de la publicación de sus disposiciones en general (normas legales, reglamentos jurídicos o administrativos, resoluciones administrativas, actos de administración, actos administrativos, etc) con o sin anexos, que contengan más de una página, se adjuntará un CD o USB en formato Word con su contenido o éste podrá ser remitido al correo electrónico normaslegales@ editoraperu.com.pe. LA DIRECCIÓN

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