Norma Legal Oficial del día 24 de marzo del año 2018 (24/03/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 132

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NORMAS LEGALES

Sábado 24 de marzo de 2018 /

El Peruano

GOBIERNO REGIONAL DE LA LIBERTAD
Declarar de interés regional la innovación tecnológica, científica y ecológica como instrumento en la que se basará la competitividad y el desarrollo de la Región La Libertad, como Política Pública Regional: La Libertad Innova
ACUERDO REGIONAL N° 117-2017-GR-LL/CR Trujillo, 28 de Diciembre del 2017. El Consejo Regional del Gobierno Regional de La Libertad, en Sesión Extraordinaria de fecha 28 de diciembre del año 2017, VISTO Y DEBATIDO, el dictamen de la Comisión Ordinaria de la Producción sobre el Texto Sustitutorio del Proyecto de Acuerdo Regional, relativo a Declarar de Interés Regional, la Innovación Tecnológica, Científica y Ecológica como instrumento en la que se basará la Competitividad y el Desarrollo en la Región La Libertad, como Política Pública Regional: LA LIBERTAD INNOVA; y, CONSIDERANDO: Que, conforme a lo establecido en el Artículo 191º de la Constitución Política del Estado de 1993, concordante con el Artículo 2º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley Nº 27867, señalan que los Gobiernos Regionales son personas jurídicas de derecho público con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia. Que, es competencia del Gobierno Regional La Libertad emitir acuerdos regionales conforme a lo prescrito en el Artículo 39º de la Ley Nº 27867 Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, que señala que los Acuerdos del Consejo Regional expresan la decisión de este órgano sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano o institucional o declara su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional. Que, el Artículo 14º de la Constitución política del Perú, establece la obligación del Estado de promover el desarrollo científico tecnológico del país. Que, mediante Decreto Supremo N° 027-2007PCM, La Presidencia de Consejo de Ministro: define y establece las Políticas Nacionales de obligatorio cumplimiento para las entidades del Gobierno Nacional, y señala en su Artículo 2º, sub título 7. EN MATERIA DE EXTENSIÓN TECNOLÓGICA, MEDIO AMBIENTE Y COMPETITIVIDAD .- 7.1 Estimular dentro de cada institución del Gobierno Nacional y promover en la sociedad la difusión de actividades de investigación básica, investigación aplicada y de innovación tecnológica, estableciendo incentivos para la participación de investigadores en actividades de transferencia tecnológica en todas las regiones del país.; 7.2 Promover actividades de ciencia, tecnología e innovación tecnológica en forma desconcentrada y descentralizada, a escala nacional, regional y local, concertando con instituciones privadas la realización conjunta de programas y proyectos de innovación tecnológica. Que, el Artículo 2º del Texto Único Ordenado de la Ley N°28303 ­ Ley Marco de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica aprobado por Decreto Supremo Nº 032-2007-ED establece que el desarrollo, promoción, consolidación, transferencia y difusión de la ciencia, tecnología e innovación tecnológica son de necesidad pública y de preferente interés nacional al constituir factores fundamentales para la productividad y el desarrollo nacional; Que, mediante Decreto Supremo N° 001-2006ED se aprobó el Plan Nacional Estratégico de Ciencia,

Tecnología e Innovación para la Competitividad y el Desarrollo Humano PNCTI 2006 ­ 2021 cuyo objetivo general es asegurar la articulación y concertación entre los actores del SINACYT (Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica), enfocando sus esfuerzos para atender las demandas tecnológicas en áreas estratégicas prioritarias, con la finalidad de elevar el valor agregado y la competitividad, mejorar la calidad de vida de la población y contribuir con el manejo responsable del medio ambiente; Que, el Plan de Desarrollo Regional Concertado (PDRC) La Libertad 2016-2021, considera en la visión, a la innovación como base del desarrollo; y además incluye como objetivo estratégico: "desarrollar un ecosistema de innovación que potencie la estructura económica hacia actividades intensivas en ciencia, tecnología e innovación"; de igual modo contiene indicadores y metas relativas a la innovación a alcanzar al 2021; Que, mediante Ordenanza Regional N° 0372010, se aprueba "la creación del Consejo Regional de Competitividad La Libertad", con la finalidad de desarrollar e implementar conjuntamente con el sector privado y la sociedad civil, las siguientes acciones:- Elaborar el Plan de Competitividad Regional La Libertad; Impulsar el desarrollo económico de la Región La Libertad; Integrar a la Región La Libertad en la economía global, basado en una mejora continua de competitividad, que permita generar mayores niveles de empleo y elevar el nivel de vida de la población Liberteña.; y otras acciones que se requieran para el desarrollo e implementación del Consejo Regional. Que, la innovación se define como la interacción entre las oportunidades del mercado y el conocimiento base de la empresa y sus capacidades; implica la creación, desarrollo, uso y difusión de un nuevo producto, proceso o servicio y los cambios tecnológicos significativos de los mismos. Implica también cambios en las formas de organización y administración: métodos de organización, reingeniería de procesos, planeamiento estratégico, control de calidad, etc. Que, La escasa conexión entre los diferentes actores del ecosistema de innovación regional en el marco de la estrategia de competitividad hace necesario una adecuada articulación interinstitucional de manera que se contribuya a obtener una mejor calidad de vida en los diferentes estratos sociales además de optimizar los escasos recursos que posee tanto el Estado como el sector privado. Que, con el objetivo de fomentar el avance tecnológico y científico del país, impulsando la investigación, el desarrollo e innovación en diversas áreas del conocimiento, el aprovechamiento sostenible de los recursos naturales, así como la transferencia y difusión de los resultados de investigaciones, promoviendo además para dichos propósitos la generación de sinergias entre el Estado, la empresa privada y la Academia, impulsando de ese modo el desarrollo, el progreso y el bienestar general; es necesario que se declare de interés regional la innovación como herramienta en la que se basará la Competitividad y el Desarrollo en la Región La Libertad; Que, mediante Informe técnico N° 003-2017-GRLLGGR/GRPTO-AERG, el área de la Gerencia Regional de la Producción, señala que el proyecto normativo regional se justifica, en la búsqueda de la competitividad y el desarrollo de la Región; toda vez que en el marco del fortalecimiento de los diferentes actores del ecosistema de innovación regional se desarrollaron: Seminarios, fórums, diplomados se ha logrado el crecimiento económico y social a nivel de la Libertad, asimismo esta norma no se contrapone ni vulnera la Constitución Política del Perú ni las leyes o normas de carácter ambiental nacional, regional y local. Que, los Acuerdos de Consejo Regional expresan la decisión del Consejo Regional sobre asuntos internos, de interés público o institucional o declara su voluntad de practicar determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional, conforme a lo establecido en el Artículo 39° de la citada Ley Orgánica. Que, el artículo 13° de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales ­ Ley N° 27867, prescribe que el Consejo Regional es un órgano normativo y fiscalizador del

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