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2 NORMAS LEGALES Domingo 25 de marzo de 2018 / El Peruano PODER EJECUTIVO TRANSPORTES Y COMUNICACIONES Designan servidores civiles como Alternos para la certificación de documentos institucionales del Ministerio RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 179-2018 MTC/01.04 Lima, 23 de marzo de 2018VISTOS, el Informe N° 046-2018-MTC/04.02 de la Ofi cina de Atención al Ciudadano y Gestión Documental de la Secretaría General y el Memorándum N° 0869-2018-MTC/10.07 de la O fi cina General de Administración; y, CONSIDERANDO:Que, por Resolución Ministerial N° 478-2012 MTC/01 se designó al Director de la O fi cina de Atención al Ciudadano y Gestión Documental como responsable de certi fi car los documentos institucionales del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, en adición a las funciones propias de su cargo; Que, mediante Resolución Ministerial N° 838-2017 MTC/01 se aprueba la creación de los Centros de Atención al Ciudadano del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, en adelante, CAC–MTC, con la fi nalidad de acercar los servicios y trámites del Sector Transportes y Comunicaciones a los ciudadanos en forma desconcentrada y e fi ciente, en términos de calidad, oportunidad y transparencia, los cuales dependen funcionalmente de la O fi cina de Atención al Ciudadano y Gestión Documental; Que, con Informe N° 046-2018-MTC/04.02, la Directora de la O fi cina de Atención al Ciudadano y Gestión Documental propone la designación de los señores Carlos Pradel García Godos y Jorge Cruz Velásquez, servidores civiles de dicha unidad orgánica, como alternos, para la certi fi cación de documentos institucionales a que se refi ere la Resolución Ministerial N° 478-2012 MTC/01, debido al incremento de sus funciones en la conducción y supervisión de los CAC–MTC; Que, por Memorándum N° 0869-2018-MTC/10.07, la Directora General de la O fi cina General de Administración remite el Informe N° 054-2018-MTC/10.07 del Director de la O fi cina de Personal, con los informes escalafonarios de los servidores civiles propuestos por la O fi cina de Atención al Ciudadano y Gestión Documental, de los cuales se desprende que no se han encontrado registros de sanción sobre dichos servidores; Que, en consecuencia, corresponde designar a los señores Carlos Pradel García Godos y Jorge Cruz Velásquez, como Alternos para la certi fi cación de documentos institucionales por parte de la O fi cina de Atención al Ciudadano y Gestión Documental; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29370, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, su Reglamento de Organización y Funciones aprobado por Decreto Supremo N° 021-2007-MTC y el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General aprobado por Decreto Supremo N° 006-2017-JUS; SE RESUELVE: Artículo 1.- Designar a los servidores civiles Carlos Pradell García Godos y Jorge Cruz Velásquez, como Alternos para la certi fi cación de documentos institucionales del Ministerio de Transportes y Comunicaciones a que se refi ere la Resolución Ministerial N° 478-2012 MTC/01. Artículo 2.- Los servidores civiles mencionados en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, desempeñan las funciones asignadas en adición a sus funciones en su cargo y de manera gratuita, debiendo dar cuenta al(a) Director(a) de la O fi cina de Atención al Ciudadano y Gestión Documental de las acciones realizadas. Artículo 3.- Noti fi car la presente Resolución Ministerial a los servidores civiles señalados en el artículo 1. Artículo 4.- Publicar la presente Resolución Ministerial en el Portal Institucional del Ministerio de Transportes y Comunicaciones (www.mtc.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíqueseBRUNO GIUFFRA MONTEVERDE Ministro de Transportes y Comunicaciones 1630269-1 Autorizan viajes de inspectores de la Dirección General de Aeronáutica Civil a EE.UU., Alemania y El Salvador, en comisión de servicios RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 180-2018 MTC/01.02 Lima, 23 de marzo de 2018VISTOS: La Comunicación LCP GO-I-085-2018 recibida el 02 de marzo de 2018, de la empresa L.C. BUSRE S.A.C., el Informe N° 0145-2018-MTC/12.04 de la Dirección de Seguridad Aeronáutica de la Dirección General de Aeronáutica Civil y el Informe N° 132-2018-MTC/12.04 de la Dirección General de Aeronáutica Civil, y; CONSIDERANDO:Que, la Ley N° 27619, Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos, y el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, Decreto Supremo que Aprueba Normas Reglamentarias sobre Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos, regulan las autorizaciones de viajes de servidores y funcionarios públicos; Que, la Ley N° 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, en el numeral 10.1 de su artículo 10, dispone que, los viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos se aprueban conforme a lo establecido en la Ley N° 27619, Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos, y sus normas reglamentarias; Que, la Ley N° 27261, Ley de Aeronáutica Civil del Perú, prevé que la Autoridad Aeronáutica Civil es ejercida por la Dirección General de Aeronáutica Civil, como dependencia especializada del Ministerio de Transportes y Comunicaciones y en el marco de dicha competencia es responsable de la vigilancia, de la seguridad de las operaciones aéreas, seguridad que comprende la actividad de chequear las aptitudes del personal aeronáutico de los explotadores aéreos, así como el material aeronáutico que emplean; Que, la empresa L.C. BUSRE S.A.C., ha presentado ante la Autoridad Aeronáutica Civil, una solicitud para realizar el Chequeo Técnico Inicial por Habilitación y expedición Piloto TLA en simulador de vuelo a su personal aeronáutico, acompañando los requisitos establecidos en el Procedimiento N° 05 correspondiente a la Dirección General de Aeronáutica Civil, previsto en el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) del Ministerio de Transportes y Comunicaciones aprobado por el Decreto Supremo N° 008-2002-MTC y sus modi fi catorias; Que, asimismo, la citada empresa ha cumplido con el pago del derecho de tramitación correspondiente al Procedimiento a que se re fi ere el considerando anterior, ante la O fi cina de Finanzas de la O fi cina General de Administración del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; por lo que, los costos del viaje de