Norma Legal Oficial del día 12 de mayo del año 2018 (12/05/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 4

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MUNICIPALIDAD DE SURQUILLO

NORMAS LEGALES

Sábado 12 de mayo de 2018 /

El Peruano

Acuerdo Nº 013-2018-MDS.- Aceptan donación realizada por la empresa INVERSIONES JIREH WORLD S.A.C. a favor de la Municipalidad Distrital de Surquillo, consistente en la realización de obras de mejoramiento del Complejo Deportivo Paul Harris "Morococha" 60

Ordenanza Nº 015-2017-MPMN.Aprueban la Actualización de la "Conformación de la Comisión Ambiental Municipal de la Provincia Mariscal Nieto" y su reglamento 65 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE EL ALTO

PROVINCIAS
MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUAURA Ordenanza Nº 010-2018/MPH.- Aprueban el cambio de zonificación sobre el Sector La Campiña, Proyecto de Predios del Distrito de Santa María 61 MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE MARISCAL NIETO Ordenanza Nº 014-2017-MPMN.- Aprueban el "Régimen de Extracción de Materiales de Construcción, ubicados en los Álveos, Cauces de los Ríos y Canteras en la Jurisdicción de la Municipalidad Provincial Mariscal Nieto de Moquegua" 62

R.A. Nº 080-04-2018-A-MDEA.- Designan miembros del Comité Promoción de Inversión Privada de la Municipalidad 70 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN JERONIMO R.A. Nº 320-2017-A-MDSJ/C.- Declaran como zona catastrada a predios ubicados en el Centro Histórico del distrito de San Gerónimo 71

PODER LEGISLATIVO

2.

CONGRESO DE LA REPUBLICA
LEY Nº 30764
EL PRESIDENTE DEL CONGRESO DE LA REPÚBLICA POR CUANTO: EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA; Ha dado la Ley siguiente: 3.

LEY QUE DECLARA DE NECESIDAD PÚBLICA EL FORTALECIMIENTO DEL EJE MONUMENTAL TURÍSTICO CULTURAL DEL RÍMAC, ASÍ COMO LA EXPROPIACIÓN DE INMUEBLES PARA MEJORAR LA CALIDAD HABITACIONAL A TRAVÉS DEL PROGRAMA DE DESTUGURIZACIÓN
Artículo 1. Objeto de la ley Declárase de necesidad pública, la expropiación de dominio privado de los inmuebles detallados en la presente ley, para el fortalecimiento del eje monumental turístico cultural del Rímac, así como, mejorar la calidad habitacional a través del programa de destugurización. Artículo 2. Expropiación Autorízase la expropiación de once (11) bienes inmuebles ubicados en el distrito del Rímac, los cuales se describen en el artículo 3, por ser de necesidad pública para el fortalecimiento del eje monumental turístico cultural del Rímac, así como la expropiación de inmuebles para mejorar la calidad habitacional a través del programa de destugurización. Artículo 3. Inmuebles a expropiar Los inmuebles objeto de la expropiación para los fines señalados en el artículo 2, son los que se detallan a continuación: 1. Inmueble ubicado en el Jr. Cajamarca N° 501 al 511, Jr. Hualgayoc N° 400 al 498 y Jr. Micaela Villegas (antes Jr. Madera) N° 416 al 458, distrito del Rímac, provincia y departamento de Lima, con un área de 3,712.20 m2, debidamente inscrito en la Partida Electrónica N° 49073843 del Registro de Propiedad Inmueble de Lima de la Oficina

4.

5.

6.

7.

Registral de Lima y Callao, de propiedad de la Empresa de Transportes Turismo Huaral S.A. Inmueble ubicado en el Jr. Hualgayoc N° 358, 360, 366, 370, 374, 378 y 382, distrito del Rímac, provincia y departamento de Lima, con un área de 1,076.15 m2, debidamente inscrito en la Partida Electrónica N° 07015844 del Registro de Propiedad Inmueble de Lima de la Oficina Registral de Lima y Callao, de propiedad de Comercializadora y Distribuidora Soto S.R.L. Inmueble ubicado en el Jr. García Hurtado de Mendoza (ex Libertad) N° 441, 445, 447, 455, 459 y 463, distrito del Rímac, provincia y departamento de Lima, con un área de 917.00 m2, inscrito en la Partida Electrónica N° 40400192, del Registro de Propiedad Inmueble de Lima de la Oficina Registral de Lima y Callao, de propiedad de Miguel Ángel Rodríguez Ayón. Inmueble ubicado en el Jr. Trujillo N° 500 al 536 y Jr. Cajamarca N° 101 al 129, distrito del Rímac, provincia y departamento de Lima, con un área de 1,184.00 m2, inscrito en la Partida Electrónica N° 07018411 del Registro de Propiedad Inmueble de Lima de la Oficina Registral de Lima y Callao, de propiedad de María Amanda Muñoz Mongomery de Ramírez. Inmueble ubicado en el Jr. García Hurtado de Mendoza N° 467, 469, 473, 475, 477 y 485 con el Jr. Hualgayoc N° 301, 315, 325, 333, 341, 347, 355, 361, 365, distrito del Rímac, provincia y departamento de Lima, con un área de 1,742.00 m2, inscrito en la Partida Electrónica N° 44020742, del Registro de Propiedad Inmueble de Lima de la Oficina Registral de Lima y Callao, de propiedad de Walter Napoleón Cáceda Vásquez y la sociedad conyugal conformada por Luisa Luzmila Mendoza Medina de Cáceda y Walter Guillermo Cáceda Vásquez. Inmueble ubicado en el Jr. Hualgayoc N° 239 al 265, distrito del Rímac, Provincia y departamento de Lima con un área de 650.00 m2, inscrito en la Partida Electrónica N° 47079594, del Registro de Propiedad Inmueble de Lima de la Oficina Registral de Lima y Callao, de propiedad de Marina Irene Ruggia Rodríguez, Víctor Rómulo Ruggia Rodríguez, Hayley María Mori Ruggia, Jessica Beatriz Mori Ruggia, Norbel Aldobrandino Mori Ruggia y Rosana Amalia Mori Ruggia. Inmueble ubicado en el Jr. Hualgayoc N° 201 al 217 con Marañón N° 487 al 499, distrito del Rímac, provincia y departamento de Lima con un área de 321.15 m2 inscrito en la Partida Electrónica N° 46470664 del Registro de Propiedad Inmueble de Lima de la Oficina Registral de Lima y Callao, de propiedad de Amalia Ruggia, Víctor Rómulo Ruggia Gavila, Marina Irene Ruggia Rodríguez, Víctor Rómulo Ruggia Rodríguez, Rosana Amalia

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