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15 NORMAS LEGALES Sábado 12 de mayo de 2018 El Peruano / laboral del profesor bene fi ciario y que éste se encuentra obligado a cumplir, conforme a las disposiciones que para tal efecto establezca el Ministerio de Educación; Que, la Décima Quinta Disposición Complementaria Transitoria del Reglamento de la Ley de Reforma Magisterial suspende la aplicación de los numerales 41.2 y 41.4 del artículo 41 del referido Reglamento hasta la plena implementación del área de desempeño laboral de formación docente; y establece que en tanto se culmine la implementación de la referida área de desempeño, el Ministerio de Educación aprobará las disposiciones complementarias, a fi n de asegurar la ejecución del Programa de Inducción, a través de los procesos de contratación respectivos que se implementarán para tal fi n; Que, a través del O fi cio Nº 360-2018-MINEDU/ VMGP-DIGEDD, la Dirección General de Desarrollo Docente remitió al Despacho Viceministerial de Gestión Pedagógica el Informe Nº 036-2018-MINEDU/VMGP-DIGEDD-DIFODS, el cual fue complementado con el Ofi cio Nº 083-2018-MINEDU/VMGP-DIGEDD-DIFODS, elaborados por la Dirección de Formación Docente en Servicio, con los cuales se sustenta la necesidad que en el marco de lo dispuesto en la Ley de Reforma Magisterial y su Reglamento, se apruebe la norma que establezca las disposiciones para la implementación del Programa de Inducción Docente a desarrollarse en el presente año, dirigido a profesores ingresantes a la Carrera Pública Magisterial en el Concurso de Nombramiento y Contratación Docente convocado mediante Resolución Ministerial Nº 072-2017-MINEDU, sin experiencia previa o menor de dos (02) años en la docencia pública; Con el visado del Despacho Viceministerial de Gestión Pedagógica, del Despacho Viceministerial de Gestión Institucional, de la Secretaría General, de la Secretaría de Plani fi cación Estratégica, de la Dirección General de Desarrollo Docente, de la Dirección General de Gestión Descentralizada, de la Dirección General de Calidad de la Gestión Escolar, y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con el Decreto Ley Nº 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modi fi cado por la Ley Nº 26510; el Reglamento de la Ley de Reforma Magisterial, aprobado por el ; y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado con Decreto Supremo Nº 001-2015-MINEDU; SE RESUELVE:Artículo 1.- Aprobar la Norma Técnica denominada “Disposiciones para la implementación del Programa de Inducción Docente a desarrollarse en el año 2018”, la misma que como Anexo forma parte integrante de la presente resolución. Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente Resolución y su Anexo, en el Sistema de Información Jurídica de Educación – SIJE, ubicado en el Portal Institucional del Ministerio de Educación (www.minedu.gob.pe), el mismo día de la publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese.DANIEL ALFARO PAREDES Ministro de Educación 1647195-3 Designan Director Ejecutivo del PRONABEC RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 218-2018-MINEDU Lima, 11 de mayo de 2018 Vistos, el Expediente Nº MPT2018-EXT-0084581, el Informe Nº 127-2018-MINEDU/SG-OGRH; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 644-2017-MINEDU, se designó a la Directora Ejecutiva del Programa Nacional de Becas y Crédito Educativo - PRONABEC; Que, la citada funcionaria ha presentado su renuncia al cargo que venía desempeñando, por lo que resulta necesario aceptar la referida renuncia y designar al funcionario que ejercerá el cargo de Director Ejecutivo del PRONABEC; Con el visado del Despacho Viceministerial de Gestión Institucional, de la Secretaría General, de la O fi cina General de Recursos Humanos y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo previsto en el Decreto Ley Nº 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modi fi cado por la Ley Nº 26510; en la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; y, en el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2015-MINEDU; SE RESUELVE:Artículo 1.- Aceptar la renuncia formulada por la señora GRACIELA NORA DIAZ DUEÑAS al cargo de Directora Ejecutiva del Programa Nacional de Becas y Crédito educativo - PRONABEC, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- Designar al señor SANDRO LUIS PARODI SIFUENTES en el cargo de Director Ejecutivo del Programa Nacional de Becas y Crédito Educativo – PRONABEC. Regístrese, comuníquese y publíquese.DANIEL ALFARO PAREDES Ministro de Educación 1647195-4 Designan Vicepresidente Académico de la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional Intercultural de la Selva Central Juan Santos Atahualpa RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL N° 072-2018-MINEDU Lima, 11 de mayo de 2018Visto, el Expediente N° 0086696-2018, el Informe N° 073-2018-MINEDU/VMGP-DIGESU-DICOPRO de la Dirección de Coordinación y Promoción de la Calidad de la Educación Superior Universitaria, el Informe N° 404-2018-MINEDU/SG-OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO: Que, el artículo 3 de la Ley N° 30220, Ley Universitaria, en adelante la Ley, establece que la universidad es una comunidad académica orientada a la investigación y a la docencia, que brinda una formación humanista, cientí fi ca y tecnológica con una clara conciencia de nuestro país como realidad multicultural. Adopta el concepto de educación como derecho fundamental y servicio público esencial, y está integrada por docentes, estudiantes y graduados, precisando que las universidades públicas son personas jurídicas de derecho público; asimismo, el artículo 8 de la Ley establece que el Estado reconoce la autonomía universitaria, la cual se ejerce de conformidad con lo establecido en la Constitución, la Ley y demás normativa aplicable, y se mani fi esta en los regímenes normativo, de gobierno, académico, administrativo y económico; Que, mediante Ley N° 29616, modi fi cada por la Ley N° 29840, se creó la Universidad Nacional Intercultural de la Selva Central Juan Santos Atahualpa, como persona jurídica de derecho público interno, con sedes en las ciudades de La Merced, Pichanaki y Satipo, provincia de Junín; Que, el artículo 29 de la Ley establece que aprobada la Ley de creación de una universidad pública, el