Norma Legal Oficial del día 12 de mayo del año 2018 (12/05/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 14

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NORMAS LEGALES

Sábado 12 de mayo de 2018 /

El Peruano

la Ley Nº 26510; la Ley N° 29944, Ley de Reforma Magisterial y sus modificatorias; el Reglamento de la Ley de Reforma Magisterial, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2013-ED y sus modificatorias; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado con Decreto Supremo Nº 001-2015-MINEDU; y la Resolución Ministerial Nº 212-2018-MINEDU, que aprueba la Norma Técnica denominada "Norma que regula el Concurso Público de Ingreso a la Carrera Pública Magisterial en Instituciones Educativas Públicas de Educación Básica-2018"; SE RESUELVE: Artículo 1.- Convocar al Concurso Público de Ingreso a la Carrera Pública Magisterial en Instituciones Educativas Públicas de Educación Básica-2018, el mismo que se llevará a cabo conforme a lo establecido en la Norma Técnica aprobada mediante Resolución Ministerial N° 212-2018-MINEDU. Artículo 2.- Aprobar el cronograma del Concurso Público de Ingreso a la Carrera Pública Magisterial en Instituciones Educativas Públicas de Educación Básica-2018, el mismo que como Anexo forma parte integrante de la presente resolución. Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución y su Anexo, en el Sistema de Información Jurídica de Educación ­ SIJE, ubicado en el Portal Institucional del Ministerio de Educación (www.minedu. gob.pe), en la misma día de la publicación de la presente Resolución en el diario Oficial "El Peruano". Regístrese, comuníquese y publíquese. DANIEL ALFARO PAREDES Ministro de Educación 1647195-1

Viceministerial de Gestión Pedagógica del Ministerio de Educación. Regístrese, comuníquese y publíquese. DANIEL ALFARO PAREDES Ministro de Educación 1647195-2

Aprueban Norma Técnica denominada "Disposiciones para la implementación del Programa de Inducción Docente a desarrollarse en el año 2018"
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 217-2018-MINEDU Lima, 11 de mayo de 2018 VISTOS, el Expediente Nº 0013822-2018, el Informe Nº 036-2018-MINEDU/VMGP-DIGEDD-DIFODS de la Dirección de Formación Docente en Servicio dependiente de la Dirección General de Desarrollo Docente, y el Informe Nº 255-2018-MINEDU/SG-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO: Que, el artículo 79 de la Ley Nº 28044, Ley General de Educación, establece que el Ministerio de Educación es el órgano de Gobierno Nacional que tiene por finalidad definir, dirigir y articular la política de educación, cultura, recreación y deporte, en concordancia con la política general del Estado; Que, conforme a lo dispuesto por el literal h) del artículo 80 de la precitada Ley, es función del Ministerio de Educación definir las políticas sectoriales de personal, programas de mejoramiento del personal directivo, docente y administrativo del sector e implementar la Carrera Pública Magisterial; Que, de conformidad con el artículo 22 de la Ley Nº 29944, Ley de Reforma Magisterial, la inducción docente es la acción de formación en servicio dirigida al profesor recién nombrado, con el propósito de desarrollar su autonomía profesional y otras capacidades y competencias necesarias para que cumpla plenamente sus funciones, siendo el Ministerio de Educación el que regula este programa; Que, el artículo 4 del Reglamento de la Ley de Reforma Magisterial, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2013ED, señala que la formación docente es un proceso continuo que comprende la formación inicial y la formación en servicio, que tiene por finalidad promover el desarrollo de las competencias profesionales establecidas en el Marco de Buen Desempeño Docente, con un enfoque integral que lo prepare para atender los requerimientos complejos, diversos y cambiantes del sistema educativo peruano; y que prepara a los profesores para mejorar la enseñanza y los logros de aprendizaje de los estudiantes a través de las cuatro áreas de desempeño laboral que la referida Ley establece para la carrera pública magisterial; Que, el numeral 41.1 del artículo 41 del precitado Reglamento, modificado por el , establece que el Programa de Inducción del profesor que ingresa a la primera escala de la carrera magisterial sin experiencia previa o menor de dos (02) años en la docencia pública, tiene una duración no mayor de seis (06) meses y tiene la finalidad de fortalecer las competencias profesionales y personales del profesor, facilitar su inserción laboral en la institución educativa, así como promover su compromiso y responsabilidad institucional; correspondiéndole al Ministerio de Educación dictar las disposiciones complementarias para su implementación, incluyendo las vinculadas con la oportunidad del inicio del Programa; Que, asimismo, el numeral 41.5 del referido artículo 41 del Reglamento de la Ley de Reforma Magisterial, modificado por el , dispone que el Programa de Inducción debe concluir con un plan de desarrollo profesional que incentive el desarrollo y buen desempeño

Designan Asesor II del Despacho Viceministerial de Gestión Pedagógica
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 216-2018-MINEDU Lima, 11 de mayo de 2018 VISTA, la carta de fecha 02 de abril de 2018; y CONSIDERANDO: Que, mediante la Resolución Ministerial Nº 552-2017-MINEDU se designó al señor ISMAEL ENRIQUE MAÑUICO ANGELES en el cargo de Asesor II del Despacho Viceministerial de Gestión Pedagógica del Ministerio de Educación; Que, el citado funcionario ha presentado su renuncia al cargo que venía desempeñando, por lo que resulta necesario aceptar la referida renuncia y designar a la funcionaria que ejercerá el cargo al que se hace referencia en el considerando precedente; Con el visado del Despacho Viceministerial de Gestión Pedagógica, de la Secretaría General, de la Oficina General de Recursos Humanos, y de la Oficina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo previsto en el Decreto Ley N° 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modificado por la Ley N° 26510; en la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; y, en el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado por Decreto Supremo N° 001-2015-MINEDU; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aceptar la renuncia formulada por el señor ISMAEL ENRIQUE MAÑUICO ANGELES al cargo de Asesor II del Despacho Viceministerial de Gestión Pedagógica del Ministerio de Educación, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- Designar a la señora ANA MIRELLA UEHARA SHIROMA en el cargo de Asesor II del Despacho

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