Norma Legal Oficial del día 12 de mayo del año 2018 (12/05/2018)


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NORMAS LEGALES

Sábado 12 de mayo de 2018 /

El Peruano

establece la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos y sus normas reglamentarias; De conformidad con la Ley N° 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR, la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos y sus modificatorias, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, modificado por el Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM y el Decreto Supremo N° 013-2013-MINCETUR, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones de PROMPERÚ. SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje a las ciudades de Mendoza, Córdoba y Rosario, República Argentina, de la señorita Araceli Delia Carpio Luna, del 13 al 18 de mayo de 2018, para que en representación de PROMPERÚ participe en el Roadshow que se señala en la parte considerativa de la presente Resolución, para la promoción del turismo. Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución se efectuarán con cargo al Pliego Presupuestal 008 Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo ­ PROMPERÚ, de acuerdo al siguiente detalle:
Nombre y apellidos Araceli Delia Carpio Luna Pasajes aéreos Clase Económica US$ 1 398,95 Continente América del Sur Viáticos día US$ 370,00 Nro. días 5 Total Viáticos US$ 1 850,00

Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes a su retorno al país, la señorita Araceli Delia Carpio Luna, presentará a la Titular del Pliego Presupuestal de PROMPERÚ un informe detallado sobre las acciones realizadas y los logros obtenidos durante el Roadshow al que asistirá; asimismo, deberá presentar la rendición de cuentas respectiva, de acuerdo a Ley. Artículo 4.- La presente Resolución no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. ROGERS VALENCIA ESPINOZA Ministro de Comercio Exterior y Turismo 1645855-1

DEFENSA
Autorizan viaje de oficiales de la Marina de Guerra del Perú a Brasil, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 580-2018 DE/MGP Lima, 9 de mayo de 2018 Vista, la Carta G.500-2266 del Secretario del Comandante General de la Marina, de fecha 26 de abril de 2018; CONSIDERANDO: Que, en el marco de los acuerdos y coordinaciones realizados durante la primera reunión de Ministros de Defensa del Perú y Brasil, realizado en la ciudad de Tabatinga, República Federativa de Brasil el 11 de agosto de 2017, se acordó en el ámbito de la cooperación industrial, mantener el desarrollo del proyecto tripartito del patrullero fluvial amazónico a nivel regional. Ambos países coincidieron en la conveniencia de reforzar la

presencia industrial cooperativa de Brasil y emular, si fuera posible, la normatividad y concepto de industrias privadas de defensa; Que, en el marco de las relaciones bilaterales y medidas de confianza mutua entre la Marina de Guerra del Perú y la Marina de Brasil, llevada a cabo del 1 al 7 de diciembre de 2017, en la ciudad de Lima, República del Perú, el Almirante de la Escuadra Bento Costa Lima Leite de Alburqueque Junior, con una delegación de la Marina de Brasil se reunieron para tratar asuntos relacionados a la posibilidad de desarrollar futuros proyectos de ciencia y tecnología entre ambas instituciones; Que, mediante Carta S/N de fecha 11 de diciembre de 2017, el Comandante de la Marina de Brasil ha cursado invitación al Comandante General de la Marina, para que el Director General del Material de la Marina, el Director de Alistamiento Naval, el Subdirector de Investigación Científica y Desarrollo Tecnológico y el Comandante de la Estación de Misiles, asistan a una reunión para tratar en conjunto, temas de desarrollo de proyectos de ciencia y tecnología y otras posibilidades de integración entre la Marina de Guerra del Perú y la Marina de Brasil, a realizarse entre los meses de marzo y abril de 2018; Que, con Carta V.200-0234 de fecha 9 de marzo de 2018, el Comandante General de la Marina expresa su agradecimiento al Comandante de la Marina de Brasil por la invitación cursada, manifestando que ha sido aceptada; asimismo, dispone la participación de las autoridades antes mencionadas, para que asistan a la referida reunión; Que, por Oficio Nº 022/AdiNavPerú de fecha 16 de abril de 2018, el Agregado Naval de Brasil en el Perú hace de conocimiento al Jefe del Estado Mayor General de la Marina, que la fecha definida para la realización de la mencionada reunión, será del 15 al 20 de mayo de 2018; Que, la actividad antes señalada no se encuentra considerada en el Plan Anual de Viajes al Exterior del Sector Defensa para el Año Fiscal 2018, aprobado por Resolución Ministerial Nº 354-2018-DE/SG, de fecha 21 de marzo de 2018; sin embargo, en atención al interés de la Marina de Guerra del Perú y a la importancia de la actividad, resulta pertinente expedir la autorización de viaje correspondiente; Que, con Oficio P.200-0966 de fecha 20 de abril de 2018, el Director General del Personal de la Marina ha remitido la documentación pertinente para la tramitación de la autorización de viaje en Comisión de Servicio del Personal Naval que se indica en la parte resolutiva de la presente Resolución, para que participen en la mencionada reunión; lo que permitirá tratar temas de desarrollo de proyectos de ciencia y tecnología que coadyuven a mantener la interacción entre ambas Armadas; así como, intercambiar experiencias entre otras consideraciones importantes para los proyectos que realiza la Marina de Guerra del Perú; Que, de acuerdo con el documento Nº 101-2018 del Jefe de la Oficina General de Administración de la Dirección de Administración de Personal de la Marina, el gasto por concepto de pasajes aéreos internacionales, se efectuará con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2018 de la Unidad Ejecutora Nº 004: Marina de Guerra del Perú, conforme a lo establecido en el inciso a) del artículo 10 del Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado con el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG; Que, conforme a lo indicado en el párrafo 3 de la Carta mencionada en el primer considerando, los gastos por concepto de hospedaje, alimentación y transporte local, serán cubiertos por la Marina de Brasil; por lo que corresponde al Estado Peruano cubrir los gastos de pasajes aéreos internacionales; Que, teniendo en consideración los itinerarios de los vuelos internacionales y con el fin de prever la participación del personal comisionado durante la totalidad de la actividad programada, es necesario autorizar su salida del país con UN (1) día de anticipación; así como, su retorno UN (1) día después del evento, sin que estos días adicionales irroguen gasto alguno al Tesoro Público; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley Nº 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018; la Ley Nº 27619, Ley que regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y su Reglamento, aprobado con el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y su

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