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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE MAYO DEL AÑO 2018 (16/05/2018)

CANTIDAD DE PAGINAS: 104

TEXTO PAGINA: 11

11 NORMAS LEGALES Miércoles 16 de mayo de 2018 El Peruano / Que, a través del documento del Visto, la O fi cina General de Administración propone la modi fi cación del citado numeral a fi n de desconcentrar funciones en materia de contratación estatal y agilizar la gestión administrativa de la entidad; por lo que, se estima por conveniente proceder a su modi fi cación; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura; la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado; su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 350-2015-EF; y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura, aprobado por Decreto Supremo N° 005-2013-MC; SE RESUELVE:Artículo 1.- Modi fi car el literal aa) del numeral 4.1 del artículo 4 de la Resolución Ministerial N° 005-2018-MC, quedando redactado de la siguiente forma: “Artículo 4.- Delegar en el/la Director/a General de la O fi cina General de Administración del Ministerio de Cultura, durante el Ejercicio Fiscal 2018, las siguientes facultades y atribuciones: 4.1 En materia de Contrataciones del Estado: Respecto de la Unidad Ejecutora 001: Administración General del Pliego 003: Ministerio de Cultura (…)aa) Suscribir y modi fi car contratos, órdenes de compra y órdenes de servicio para el perfeccionamiento del contrato, que deriven de procedimientos de selección y del empleo de catálogos electrónicos; así como, sus modi fi caciones, incluyendo las modi fi caciones convencionales al contrato que no impliquen la variación del precio. (…)”. Artículo 2.- Quedan vigentes los demás extremos de la Resolución Ministerial N° 005-2018-MC que no se opongan a lo dispuesto en la presente resolución. Artículo 3.- Remitir copia de la presente resolución a la Secretaría General, la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto y la O fi cina General de Administración. Artículo 4.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Portal Institucional del Ministerio de Cultura (www.cultura.gob.pe) el mismo día de la publicación de la presente resolución en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. PATRICIA BALBUENA PALACIOS Ministra de Cultura 1647646-1 Aprueban Directiva N° 002-2018-VMPCIC/ MC “ Atención de denuncias por afectaciones a los bienes integrantes del Patrimonio Cultural de la Nación y/o infracciones a la Ley N° 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación” RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 060-2018-VMPCIC-MC Lima, 11 de mayo de 2018VISTOS, el Memorando N° 001318-2017/OGPP/SG/ MC de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, y el Informe N° 900005-2018/DGDP/VMPCIC/MC de la Dirección General de Defensa del Patrimonio Cultural; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 21 de la Constitución Política del Perú prescribe que los yacimientos y restos arqueológicos, construcciones, monumentos, lugares, documentos bibliográ fi cos y de archivo, objetos artísticos y testimonios de valor histórico, expresamente declarados bienes culturales, y provisionalmente los que se presumen como tales son Patrimonio Cultural de la Nación, independientemente de su condición de propiedad privada o pública se encuentran protegidos por el Estado; Que, el artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación, modi fi cada mediante Decreto Legislativo N° 1255, de fi ne como bien integrante del Patrimonio Cultural de la Nación a toda manifestación del quehacer humano -material o inmaterial- que por su importancia, valor y signi fi cado paleontológico, arqueológico, arquitectónico, histórico, artístico, militar, social, antropológico, tradicional, religioso, etnológico, cientí fi co, tecnológico o intelectual, sea expresamente declarado como tal o sobre el que exista la presunción legal de serlo. Dichos bienes tienen la condición de propiedad pública o privada con las limitaciones que establece la presente Ley; Que, asimismo, los artículos IV y VII del Título Preliminar de la Ley N° 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación, señalan que es de interés social y de necesidad pública la identi fi cación, generación de catastro, delimitación, actualización catastral, registro, inventario, declaración, protección, restauración, investigación, conservación, puesta en valor y difusión del Patrimonio Cultural de la Nación y su restitución en los casos pertinentes; siendo el Ministerio de Cultura la autoridad encargada de registrar, declarar y proteger el Patrimonio Cultural de la Nación; Que, conforme a lo previsto en el artículo V del Título Preliminar de la mencionada Ley, los bienes integrantes del Patrimonio Cultural de la Nación, independientemente de su condición privada o pública, están protegidos por el Estado y sujetos al régimen especí fi co regulado en la presente Ley; Que, además, el artículo 4 del Reglamento de la Ley N° 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación, aprobado mediante Decreto Supremo N° 011-2006-ED y modi fi cado por Decreto Supremo N° 007-2017- MC, establece que la identi fi cación, registro, inventario, declaración, protección, restauración, investigación, conservación, puesta en valor y difusión de los bienes culturales, y su restitución en los casos pertinentes es de interés social y necesidad pública e involucra a toda la ciudadanía, autoridades y entidades públicas y privadas; Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 71 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura, aprobado por Decreto Supremo N° 005-2013-MC, la Dirección General de Defensa del Patrimonio es el órgano de línea que tiene a su cargo la protección, defensa, recuperación, repatriación, vigilancia y custodia de los bienes integrantes pertenecientes al Patrimonio Cultural de la Nación; Que, a través del Memorando N° 001318-2017/ OGPP/SG/MC de fecha 28 de noviembre de 2017, la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto emitió opinión técnica favorable a la propuesta de Directiva denominada “Atención de denuncias por afectaciones a los bienes integrantes del Patrimonio Cultural de la Nación y/o infracciones a la Ley N° 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación”; Que, mediante Informe N° 900005-2018/DGDP/ VMPCIC/MC de fecha 30 de abril de 2018, la Dirección General de Defensa del Patrimonio Cultural previa opinión técnica de la Dirección General de Patrimonio Arqueológico Inmueble y la Dirección General de Museos propuso al Despacho Viceministerial de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales la citada Directiva; Que, habiéndose cumplido los requisitos y procedimientos previstos en la Directiva N° 015-2015/MC “Lineamientos para la Formulación, Modi fi cación y Aprobación de Directivas en el Ministerio de Cultura”, aprobada por Resolución de Secretaría General N° 133-2015-SG/MC, resulta pertinente aprobar la referida Directiva; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación y la Ley N° 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura, ambas modi fi cadas por el Decreto Legislativo N° 1255; el Reglamento de la Ley N° 28296, Ley General