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13 NORMAS LEGALES Martes 6 de noviembre de 2018 El Peruano / SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje del señor Alexandro Daniel Saco Valdivia, Asesor del Gabinete de Asesores del Despacho Ministerial, a la ciudad de Guadalajara, Jalisco, Estados Unidos Mexicanos del 06 al 10 de noviembre de 2018, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2.- Los gastos correspondientes a pasajes y viáticos que demande el viaje autorizado en el artículo precedente, son cubiertos con cargo al presupuesto institucional 2018 del Pliego 040: Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes aéreos : US $ 1 014.75 Viáticos por 01 día US$ 440.00 (04 días de viáticos) : US $ 1 760.00 ----------------------- US $ 2 774.75 Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, la persona a que se refi ere el artículo 1 de la presente resolución, debe presentar ante la Titular de la entidad un informe detallado de las acciones realizadas, los resultados obtenidos y la rendición de cuentas del referido viaje. Artículo 4.- La presente resolución no libera ni exonera del pago de impuestos y/o derechos aduaneros de cualquier clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese.LILIANA DEL CARMEN LA ROSA HUERTAS Ministra de Desarrollo e Inclusión Social 1709062-1 ENERGIA Y MINAS Otorgan concesión definitiva a Hydro Global Perú S.A.C. para desarrollar la actividad de transmisión de energía eléctrica en línea de transmisión ubicada en el departamento de Puno RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 428-2018-MEM/DM Lima, 29 de octubre de 2018VISTOS: El Expediente N° 14383818 sobre la solicitud de otorgamiento de concesión de fi nitiva para desarrollar la actividad de transmisión de energía eléctrica en la Línea de Transmisión en 22,9 kV S.E. San Gabán II – S.E. San Gabán III (Zona de Construcción), presentada por Hydro Global Perú S.A.C. (en adelante, HYDROGLOBAL); y, los Informes N° 282-2018-MEM/DGE-DCE y N° 314-2018-MEM/DGE-DCE elaborados por la Dirección General de Electricidad; y, los Informes N° 909-2018-MEM/OGAJ y 984-2018-MEM/OGAJ, elaborado por la O fi cina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Energía y Minas; CONSIDERANDO: Que, mediante carta HGP-CH01-MINEM- CART-2018-006 con registro N° 2779214, de fecha 18 de enero de 2018, HYDROGLOBAL solicita el otorgamiento de la concesión de fi nitiva para desarrollar la actividad de transmisión de energía eléctrica para el proyecto Línea de Transmisión en 22,9 kV S.E. San Gabán II – San Gabán III (Zona de Construcción), ubicado en el distrito de San Gabán, provincia de Carabaya y departamento de Puno; Que, mediante Resolución Directoral N° 258-2017-GRP- GRDE-DREM-PUNO/D, de fecha 17 de octubre de 2017, la Dirección Regional de Energía y Minas del Gobierno Regional de Puno aprueba la Declaración de Impacto Ambiental – DIA del Proyecto “Línea de Servicio de Media Tensión 22,9 kV – San Gabán III”, ubicado en el distrito de San Gabán, provincia de Carabaya, departamento de Puno, de titularidad de HYDROGLOBAL, de conformidad con las especi fi caciones técnicas que se encuentran establecidas en el Informe Técnico N° 099-2017-GRP-DREM-P-DE, de fecha 3 de octubre de 2017, el mismo que forma parte integrante de la citada resolución directoral; Que, la Dirección General de Electricidad y la O fi cina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Energía y Minas, según los Informes de Vistos, han veri fi cado que se ha cumplido con lo establecido en el Decreto Ley N° 25844, Ley de Concesiones Eléctricas y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo N° 009-93-EM; por lo que recomiendan otorgar la concesión de fi nitiva para desarrollar la actividad de transmisión de energía eléctrica en la Línea de Transmisión en 22,9 kV S.E. San Gabán II – San Gabán III (Z ona de Construcción); De conformidad con lo dispuesto en la Ley de Concesiones Eléctricas, sus normas reglamentarias y modi fi caciones, el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Energía y Minas, aprobado con Decreto Supremo N° 038-2014 y sus modi fi catorias, la Ley N° 30705, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas, y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas, aprobado con Decreto Supremo N° 031-2007-EM y sus modi fi catorias; SE RESUELVE: Artículo 1.- Otorgar, a favor Hydro Global Perú S.A.C., la concesión de fi nitiva para desarrollar la actividad de transmisión de energía eléctrica en la Línea de Transmisión en 22,9 kV S.E. San Gabán II – San Gabán III (Zona de Construcción), ubicada en el distrito de San Gabán, provincia de Carabaya, departamento de Puno; en los términos y condiciones de la presente Resolución Ministerial y los que se detallan en el Contrato de Concesión que se aprueba en el artículo 3 de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Las características principales de los bienes indispensables para operar la concesión son las siguientes: Salida/Llegada de la Línea de TransmisiónTensión (kV)N° de TernasLongitud aproximada (km)Ancho de Faja de Servidumbre que corresponde (m) S.E. San Gabán II – S.E. San Gabán III (Zona de Construcción)*22,9 01 18,9 11 *Las características corresponden a la línea principal; sin embargo, la concesión también incluye cinco (5) líneas de derivación y áreas para las obras auxiliares que se detallan en el Expediente. Artículo 3.- Aprobar el Contrato de Concesión N° 525-2018 a suscribirse entre Hydro Global Perú S.A.C. y el Ministerio de Energía y Minas, el cual consta de 19 cláusulas y 4 anexos. Artículo 4.- Autorizar al Director General de Electricidad, o a quien haga sus veces, a suscribir en representación del Estado, el Contrato de Concesión N° 525-2018, aprobado en el artículo que antecede y la Escritura Pública correspondiente. Artículo 5.- Insertar el texto de la presente Resolución Ministerial en la Escritura Pública que dé origen el Contrato de Concesión N° 525-2018, referido en el artículo 3 de la presente Resolución, en cumplimiento del artículo 56 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, aprobado mediante Decreto Supremo N° 009-93-EM. Artículo 6.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial por una sola vez en el diario o fi cial El Peruano, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a su expedición, por cuenta de Hydro Global Perú S.A.C., de acuerdo a lo previsto en el artículo 54 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, aprobado mediante Decreto Supremo N° 009-93-EM. Regístrese, comuníquese y publíquese. FRANCISCO ISMODES MEZZANO Ministro de Energía y Minas 1707561-1