Norma Legal Oficial del día 06 de noviembre del año 2018 (06/11/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 19

El Peruano / Martes 6 de noviembre de 2018

NORMAS LEGALES

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MUJER Y POBLACIONES VULNERABLES
Formalizan designación de representante del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos ante el Consejo Nacional de Adopciones
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 264-2018-MIMP Lima, 5 de noviembre de 2018 VISTOS: Vistos el Oficio N° 466-2018-JUS/DM del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, el Informe N° 50-2018MIMP/DGA/SCC y la Nota N° 177-2018-MIMP/DGA de la Dirección General de Adopciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables - MIMP; CONSIDERANDO: Que, el Artículo IX del Título Preliminar del Código de los Niños y Adolescentes, aprobado por la Ley N° 27337, y sus modificatorias, establece que en toda medida que concierne al niño y al adolescente que adopte el Estado a través de los Poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial, del Ministerio Público, los Gobiernos Regionales, los Gobiernos Locales y sus demás instituciones, así como en la acción de la sociedad, se considerará el Principio del Interés Superior del Niño y del Adolescente y el respeto de sus derechos; Que, el artículo 119 del referido Código dispone que la autoridad competente en adopciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables es la institución encargada de tramitar las solicitudes de Adopción de niños o de adolescentes declarados en desprotección familiar y adoptabilidad, con las excepciones señaladas en el artículo 128 del Código mencionado; Que, el artículo 136 del Decreto Legislativo N° 1297, Decreto Legislativo para la protección de niñas, niños y adolescentes sin cuidados parentales o en riesgo de perderlos, establece que el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables cuenta con un Consejo Nacional de Adopciones, el cual está conformado, entre otros, por un/a representante del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, cuya designación es ad honórem y tiene una vigencia de dos años; Que, la Décima Segunda Disposición Complementaria Transitoria del Reglamento del Decreto Legislativo N° 1297, aprobado por Decreto Supremo N° 001-2018MIMP, prescribe que en tanto el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables no apruebe las Directivas específicas sobre materia de adopción en el marco del citado Reglamento, mantienen su vigencia, entre otras normas, el Reglamento del Consejo de Adopciones aprobado por Decreto Supremo N° 001-2010-MIMDES; Que, los numerales 5.2 y 5.3 del artículo 5 del Reglamento del Consejo de Adopciones, aprobado por Decreto Supremo N° 001-2010-MIMDES, establecen que las entidades e instituciones comunican por escrito la designación de sus representantes que integrarán el Consejo de Adopciones, la que se formaliza mediante Resolución Ministerial del Sector Mujer y Desarrollo Social, hoy Sector Mujer y Poblaciones Vulnerables; Que, el numeral 4) del artículo 9 del citado Reglamento del Consejo de Adopciones, establece que los miembros del Consejo de Adopciones cesan en el ejercicio del cargo cuando la entidad o institución a la que representan dé por culminada su designación o dejen de tener la calidad de funcionarios, trabajadores o miembros de la entidad o institución que representan; Que, mediante Oficio N° 466-2018-JUS/DM el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos hace de conocimiento del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables la conclusión del vínculo laboral de la

representante designada con la Resolución Ministerial N° 304-2017-MIMP, y la designación de la abogada ANDY GERALDINE SANCHEZ ARANDA como representante del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos ante el Consejo Nacional de Adopciones; Que, mediante Nota N° 177-2018-MIMP/DGA, la Dirección General de Adopciones hace suyo el Informe N° 50-2018-MIMP/DGA/SCC, por el cual se emite opinión favorable a formalizar la designación de la abogada ANDY GERALDINE SANCHEZ ARANDA, como representante de la mencionada entidad ante el Consejo Nacional de Adopciones, al haber cumplido con los requisitos establecidos en el Decreto Supremo N° 001-2010-MIMDES; Que, en tal sentido, resulta pertinente dar por concluida la designación efectuada mediante Resolución Ministerial N° 304-2017-MIMP, y formalizar la designación de la persona que se desempañará como representante del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos ante el Consejo Nacional de Adopciones; Con las visaciones del Despacho Viceministerial de Poblaciones Vulnerables, de la Secretaría General, de la Dirección General de Adopciones y de la Oficina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en el Código de los Niños y Adolescentes, aprobado por la Ley N° 27337, y sus modificatorias; en el Decreto Legislativo N° 1297, Decreto Legislativo para la protección de niñas, niños y adolescentes sin cuidados parentales o en riesgo de perderlos y sus modificatorias; su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 001-2018-MIMP; en el Decreto Legislativo N° 1098, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables ­ MIMP y modificatoria; su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo N° 003-2012-MIMP y modificatorias; y en el Reglamento del Consejo de Adopciones, aprobado por Decreto Supremo N° 001-2010-MIMDES; SE RESUELVE: Artículo 1.- Dar por concluida la designación efectuada con la Resolución Ministerial N° 304-2017-MIMP. Artículo 2.- Formalizar la designación de la abogada ANDY GERALDINE SANCHEZ ARANDA como representante del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos ante el Consejo Nacional de Adopciones, por el período de dos años. Artículo 3.- Notificar la presente resolución a la persona designada en el artículo precedente, a la Secretaría General del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos y a la Dirección General de Adopciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, para los fines pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. ANA MARÍA MENDIETA TREFOGLI Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables 1708796-1

PRODUCE
Suspenden la actividad extractiva del recurso bacalao de profundidad para el año 2018, aplicable en todo el ámbito del dominio marítimo peruano
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 487-2018-PRODUCE Lima, 5 de noviembre de 2018 VISTOS: El Memorando N° 1294-2018-PRODUCE/ DGSFS-PA de la Dirección General de Supervisión, Fiscalización y Sanción - PA, el Informe N° 390-2018-PRODUCE/DGPARPA-DPO de la Dirección

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