Norma Legal Oficial del día 10 de noviembre del año 2018 (10/11/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 119

El Peruano / Sábado 10 de noviembre de 2018

NORMAS LEGALES
DECRETA:

119

MUNICIPALIDAD DE SAN MARTIN DE PORRES
Establecen aceptación de copias simples para la tramitación de diversos procedimientos de la Gerencia de Participación Ciudadana
DECRETO DE ALCALDÍA Nº 017-2018-MDSMP San Martín de Porres, 30 de octubre de 2018 EL ALCALDE DEL DISTRITO DE SAN MARTÍN DE PORRES VISTO: El Memorándum Nº 405-2018-GPP/MDSMP, de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto; Informe Nº 1478-2018-GAJ/MDSMP, de la Gerencia de Asesoría Jurídica; y, Memorándum Nº 1086-2018-GM/MDSMP, de la Gerencia Municipal; CONSIDERANDO: Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, concordante con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, que establece que los Gobiernos Locales gozan de la autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el artículo 42º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, señala que los decretos de alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas (...); Que, el numeral 5) del artículo 43º del Decreto Supremo Nº 006-2017-JUS que aprueba el TUO de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, establece que una vez aprobado el Texto Único de Procedimientos Administrativos ­ TUPA, toda modificación que no implique la creación de nuevos procedimientos, incremento de los derechos de tramitación o requisitos, se efectuará mediante Decreto de Alcaldía; Que, mediante Ordenanza Nº 461-MDSMP, de fecha 28 de junio de 2018, se aprueban los procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad relacionados a edificaciones, habilitaciones urbanas y otros. Ordenanza que fue ratificada por la Municipalidad Metropolitana de Lima mediante Acuerdo de Concejo Nº 334, de fecha 09 de agosto de 2018; Que, mediante Ordenanza Nº 466-MDSMP se aprueba el Texto Único Ordenado del TUPA de la Municipalidad Distrital de San Martín de Porres, ordenanza que compendia los procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad así como los requisitos, base legal, plazos y derechos de trámite contenidos en las Ordenanzas Nº 459-MDSMP y Nº 461-MDSMP, ordenanzas ratificadas por la Municipalidad Metropolitana de Lima mediante Acuerdos de Concejo Nº 295 y Nº 334, respectivamente; Que, a través del Memorándum Nº 405-2018-GPP/ MDSMP, la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto remite el proyecto de Decreto de Alcaldía, mediante el cual propone la modificación del TUPA de la Municipalidad de San Martín de Porres, respecto a los requisitos de los procedimientos de la Gerencia de Participación Ciudadana; Que, a través del Informe Nº 1478-2018-GAJ/MDSMP, la Gerencia de Asesoría Jurídica opina que es procedente aprobar la propuesta de modificación del TUPA de la Municipalidad de San Martín de Porres, conforme a los términos del Decreto de Alcaldía presentado por la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto; Estando a lo expuesto, y de conformidad a lo dispuesto por el artículo 20º numeral 6) y artículo 42º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades;

Artículo Primero.- ESTABLECER, la aceptación de copias simples en reemplazo de copias autenticadas o fedateada por Fedatario Municipal o legalizadas por Notario Público para la tramitación de los procedimientos 1) RECONOCIMIENTO Y REGISTRO DE ORGANIZACIONES SOCIALES y 2) RENOVACION Y/O ACTUALIZACION DEL REGISTRO DE ORGANIZACIONES SOCIALES, de la Gerencia de Participación Ciudadana, de conformidad con lo establecido en la normativa vigente sobre la materia. Artículo Segundo.- DISPONER la publicación del presente Decreto de Alcaldía en el Diario Oficial El Peruano y en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de San Martín de Porres (www.mdsmp. gob.pe). Artículo Tercero.- El presente Decreto de Alcaldía entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, Secretaría General y Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, y Gerencia de Participación Ciudadana, el cumplimiento del presente decreto de acuerdo a su competencia funcional. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. ADOLFO ISRAEL MATTOS PIAGGIO Alcalde 1711042-1

PROVINCIAS

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE BELLA UNION
Aprueban el Esquema de Ordenamiento Urbano Ambiental EOUA - 2018 - 2028, del distrito de Bella Unión
RESOLUCIÓN DE ALCALDIA Nº 168-2018-MDBU/A Bella Unión, 24 de agosto del 2018 VISTO: El Informe Nº 031-2018-CCACHG-UFOT/SGIDUR/ MDBU, de fecha 15 de agosto del 2018, suscrito por el Jefe de la Unidad Funcional de Ordenamiento Territorial de la MDBU, Acuerdo de Concejo Nº 035-2018-CM/ MDBU, de fecha 22 de agosto del 2018, suscrito por el Alcalde de la Municipalidad Distrital de Bella Unión. CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27680, Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV sobre la Descentralización del Título IV de la Constitución Política del Estado de 1993, dispone en su Artículo 194", concordante con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, que: Las Municipalidades Provinciales y Distritales son los órganos de Gobierno Local, que emana de la voluntad popular, con personería jurídica de derecho público, promotores del desarrollo y la economía local, son entes que gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, pero con sujeción a las leyes y al ordenamiento jurídico vigente, con plena capacidad para el cumplimiento de sus fines". Que, la autonomía que nuestra Carta Magna establece para las Municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración entre ellos los legislativos, pero con sujeción al ordenamiento jurídico nacional. Que, mediante Informe Nº 031-2018-CCACHG-UFOT/ SGIDUR/MDBU, de fecha 15 de agosto del 2018, suscrito por el Jefe de la Unidad Funcional de Ordenamiento Territorial de la MDBU, se presenta el proyecto de

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