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2 NORMAS LEGALES Jueves 15 de noviembre de 2018 / El Peruano Que, mediante la Resolución Ministerial N° 504- 2018-PRODUCE, se autorizó el inicio de la Segunda Temporada de Pesca del recurso anchoveta (Engraulis ringens) y anchoveta blanca (Anchoa nasus), en el área marítima comprendida entre el extremo norte del dominio marítimo del Perú y los 16°00’LS a partir de las 00:00 del cuarto día hábil contado desde del día siguiente de publicada la citada Resolución Ministerial, siendo la fecha de conclusión, una vez alcanzado el Límite Máximo Total de Captura Permisible de la Zona Norte-Centro (LMTCP Norte Centro) autorizado, o en su defecto, cuando lo recomiende el Instituto del Mar del Perú - IMARPE por circunstancias ambientales o biológicas; Que, la citada Resolución Ministerial establece en el primer párrafo del numeral 2.1 de su artículo 2, un Límite Máximo Total de Captura Permisible de la Zona Norte-Centro (LMTCP Norte Centro) de carácter temporal del recurso anchoveta (Engraulis ringens) y anchoveta blanca (Anchoa nasus), de cuatrocientas mil (400,000) toneladas, como parte del LMTCP Norte-Centro que podrán ser extraídas durante la Segunda Temporada de Pesca a la que re fi ere el artículo 1 de la misma Resolución Ministerial; y que dicho límite de carácter temporal, podrá ser extraído en la zona comprendida entre el extremo norte del dominio marítimo peruano y los 10°00’LS, por un período no mayor de diez (10) días calendarios, contabilizados a partir de iniciada la Segunda Temporada de Pesca 2018; Que, asimismo la Resolución Ministerial N° 504- 2018- PRODUCE dispone en el segundo párrafo del numeral 2.1 de su artículo 2 que, el LMTCP Norte-Centro para la Segunda Temporada de Pesca 2018 establecida en su artículo 1, será autorizado mediante Resolución Ministerial, previa recomendación del IMARPE; Que, el Instituto del Mar del Perú - IMARPE mediante el O fi cio N° 552-2018-IMARPE/CD remite el Informe “Situación del stock norte-centro de la anchoveta peruana (Engraulis ringens) al 10 de noviembre de 2018 y perspectivas de explotación para la segunda temporada de pesca de 2018”, el cual concluye, entre otros que: i) “La información oceanográ fi ca evidenció los efectos típicos de un evento La Niña durante los primeros cuatro meses del presente año (enero-abril) y de condiciones neutras durante los siguientes cinco (mayo-setiembre). Sin embargo, a inicios de noviembre ya habría arribado una onda Kelvin, mientras que se prevé el arribo de otra para diciembre. En perspectiva se estima la ocurrencia de un evento El Niño, aunque de magnitud débil, para el verano de 2019; ii) “La biomasa del Stock Norte-Centro de la anchoveta observada al 10 de noviembre de 2018 ascendió a 7.16 millones t. Esta cifra es 34% inferior a la observada en el verano de este mismo año pero 18% superior a la observada en el invierno-primavera de 2017 y 20% superior al promedio de todas las observaciones de invierno-primavera realizadas desde 1997 a la actualidad”; iii) “Se ha registrado la presencia de anchoveta a lo largo de toda la Región Norte-Centro, diferenciándose tres zonas: a) zona entre Talara y Punta Bermejo (de amplia distribución y altas densidades); b) zona entre Punta Bermejo y Cerro Azul (distribución costera y de bajas densidades); y c) zona entre Cerro Azul y San Juan (distribución y densidades intermedias); iv) “El Stock Norte-Centro de la anchoveta está conformado por individuos cuyas tallas fl uctúan entre los 2.0 y 17.0 cm de longitud total, con moda principal en 14.0 cm y modas secundarias en 12.5, 10.0 y 4.0 cm. El porcentaje de individuos con tallas menores a 12.0 cm fue de 34% en número y de 6% en peso”; y v) “Los índices reproductivos demuestran que el desove de invierno estuvo por encima del patrón, que su máxima actividad se produjo en setiembre y que al mes de octubre inició su fase de declinación”; por lo que, recomienda “Para determinar una cuota de pesca sostenible, y ante la previsión de un evento El Niño, considerar que la tasa de explotación máxima no debe superar 0.30, con un riesgo menor al 50 % y mantener una biomasa desovante remanente de