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114 NORMAS LEGALES Jueves 15 de noviembre de 2018 / El Peruano realizada conforme a las disposiciones contenidas en esta norma, constituye un requisito indispensable para la vigencia de las Ordenanzas en materia tributaria aprobadas por las Municipalidades Distritales”. Asimismo, la Sétima Disposición Final de la acotada norma, establece que “Las Ordenanzas distritales que aprueben el servicio municipal sobre emisión mecanizada de valores para el contribuyente, deberán ser ratifi cadas anualmente. Sin perjuicio de lo anterior, el Acuerdo de Concejo rati fi catorio tendrá una vigencia máxima de dos (2) ejercicios fi scales adicionales, en la medida que no exista variaciones sustanciales en la condiciones que originaron la ratifi cación, en cuyo caso la Municipalidad Distrital deberá comunicar al SAT su decisión de aplicar dicha aplicación del Acuerdo de Concejo rati fi catorio para los citados ejercicios, mediante comunicación formal del Gerente Municipal, hasta el último día hábil del mes de diciembre.(…)”; Que, con la Ordenanza Nº 570-MSS, publicada en el diario o fi cial “El Peruano” el 27.12.2017, rati fi cada mediante el Acuerdo de Concejo Nº 492 de la Municipalidad Metropolitana de Lima, publicado en el Diario O fi cial “El Peruano” el 25.12.2017, la Municipalidad de Santiago de Surco aprueba la Ordenanza que fi ja los montos por Derecho de Servicio de Emisión Mecanizada de Actualización de Valores, Determinación del Impuesto Predial 2018 y su distribución a domicilio; Que, mediante Memorándum Nº 2626-2018-GAF- MSS del 29.08.2018, la Gerencia de Administración y Finanzas, remitiendo el Informe Técnico Sustentatorio de Costos, considera viable y conveniente prorrogar para el ejercicio 2019, la aplicación de la Ordenanza Nº 570-MSS, al haber evaluado los costos y que estos serían similares para el ejercicio 2019, al no sufrir variación signi fi cativa; Que, con Memorándum Nº 392-2018-GAT-MSS del 15.10.2018, la Gerencia de Administración Tributaria, remite el Informe Nº 424-2018-SGRCT-GAT-MSS del 12.10.2018 de la Subgerencia de Registro y Control Tributario, adjuntando la Exposición de Motivos y el proyecto de Ordenanza que prorroga para el 2019, la vigencia de los montos por Derecho de Servicio de Emisión Mecanizada de Actualización de Valores, Determinación del Impuesto Predial y su distribución a domicilio, aprobados para el 2018, la que se sustenta en el Informe Técnico Nº 002-2018-SGRCT-GAT-MSS de la Subgerencia de Registro y Control Tributario, teniendo en cuenta, lo señalado en el Memorándum Nº 2626-2018-GAF-MSS de la Gerencia de Administración y Finanzas, observa que no existen mayores variaciones respecto de las condiciones con las que fuera aprobada la Ordenanza Nº 570-MSS; Que, mediante Informe Nº 802-2018-GAJ-MSS del 19.10.2018, la Gerencia de Asesoría Jurídica, teniendo en cuenta la documentación presentada, así como la normativa sobre la materia, concluye emitiendo opinión legal favorable respecto a la procedencia del proyecto de Ordenanza que prorroga para el 2019, la vigencia de los montos por Derecho de Servicio de Emisión Mecanizada de Actualización de Valores, Determinación del Impuesto Predial y su distribución a domicilio, aprobados para el 2018, la cual entrará en vigencia a partir del 01.01.2019, para lo cual, deberán elevarse los actuados al Concejo Municipal, para su aprobación. Precisa además que, resulta innecesaria la prepublicación del proyecto de Ordenanza submateria, conforme a lo establecido en el inciso 3.2 del Artículo 14º del Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS “Reglamento que establece las disposiciones relativas a la Publicidad de Proyectos Normativos y difusión de normas legales de carácter general”, toda vez que, en el proceso de aprobación de la Ordenanza Nº 570-MSS (a prorrogar) ya se cumplió con dicho requisito en su oportunidad, siendo además que, en el presente caso no presenta variación alguna en su contenido. Asimismo, señala que la Ordenanza Nº 570-MSS ha sido rati fi cada por Acuerdo de Concejo Nº 492 de la Municipalidad Metropolitana de Lima, rati fi cación que tiene vigencia de 2 años, de acuerdo a lo establecido en la Sétima Disposición Final de la Ordenanza Nº 2085 de la Municipalidad Metropolitana de Lima; Que, con Memorándum Nº 809-2018-GM-MSS del 22.10.2018, la Gerencia Municipal expresa su conformidad al proyecto de Ordenanza submateria; Estando al Dictamen Conjunto Nº 018-2018-CGM- CAJ-MSS, de las Comisiones de Gestión Municipal y Asuntos Jurídicos, el Informe Nº 802-2018-GAJ-MSS de la Gerencia de Asesoría Jurídica y de conformidad con lo dispuesto por los Artículos 9º incisos 8) y 9) 39º y 40º de la Nº 27972, con dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta, el Concejo Municipal aprobó por UNANIMIDAD la siguiente: ORDENANZA QUE PRORROGA PARA EL 2019, LA VIGENCIA DE LOS MONTOS POR DERECHO DE SERVICIO DE EMISIÓN MECANIZADA DE ACTUALIZACIÓN DE VALORES, DETERMINACIÓN DEL IMPUESTO PREDIAL Y SU DISTRIBUCIÓN A DOMICILIO, APROBADA PARA EL 2018 Artículo Único.- PRORROGAR para el 2019, la vigencia de los montos por Derecho de Servicio de Emisión Mecanizada de Actualización de Valores, Determinación del Impuesto Predial y su distribución a domicilio, establecidos para el 2018 mediante Ordenanza Nº 570-MSS, rati fi cada por el Acuerdo de Concejo Nº 492- MML, manteniendo en S/ 7.08 (siete y 08/100 Soles), el monto anual que deberán abonar los contribuyentes por concepto de derecho por servicio de emisión mecanizada de actualización de valores, determinación del Impuesto Predial 2019, incluida su distribución a domicilio; correspondiendo S/. 0.61 (sesenta y un céntimos de Sol), por cada predio adicional. DISPOSICIONES FINALES Primera.- LA PRESENTE Ordenanza entrará en vigencia a partir del 01.01.2019, siempre que se haya cumplido con su correspondiente publicación, conforme al marco legal vigente. Segunda.- FACÚLTESE al señor Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía, dicte las disposiciones complementarias que resulten necesarias para la adecuación de la presente ordenanza. Tercera.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, a la Gerencia de Administración Tributaria y a la Gerencia de Tecnologías de la Información, el cumplimiento de la presente Ordenanza; y a la Gerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional, la divulgación y difusión oportuna de sus alcances. Cuarta.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal comunicar al Servicio de Administración Tributaria de la Municipalidad Metropolitana de Lima la aplicación de la vigencia del Acuerdo de Concejo rati fi catorio de la Ordenanza Nº 570-MSS, para el ejercicio 2019, tal como se anota en la Sétima Disposición Final de la Ordenanza 2085 de la Municipalidad Metropolitana de Lima. Quinta.- DISPONER la posterior publicación de la presente Ordenanza en el Diario O fi cial El Peruano y en el Portal Institucional de la Municipalidad de Santiago de Surco, www.munisurco.gob.pe. Sexta.- DÉJESE sin efecto cualquier otra disposición que se oponga a la presente ordenanza. POR TANTO:Mando se publique, comunique y cumpla.ROBERTO GOMEZ BACA Alcalde 1711751-1 MUNICIPALIDAD DE SURQUILLO Prorrogan para el Ejercicio 2019, la vigencia de la Ordenanza N° 398-MDS que aprobó el monto por derecho de emisión mecanizada de actualización de valores, determinación y distribución a domicilio de la declaración jurada y liquidación del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales ORDENANZA Nº 415-MDS Surquillo, 6 de septiembre de 2018