Norma Legal Oficial del día 17 de noviembre del año 2018 (17/11/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 93

El Peruano / Sábado 17 de noviembre de 2018

NORMAS LEGALES
EL ALCALDE DE SAN ISIDRO VISTOS:

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UNIDAD EJECUTORA/ ORGANOS DESCONCENTRADOS 400: DIRECCIÓN REGIONAL DE SALUD DE UCAYALI 400: DIRECCIÓN RED DE SALUD FEDERICO BASADRE 401: HOSPITAL REGIONAL DE PUCALLPA 402: HOSPITAL AMAZÓNICO DE YARINACOCHA 403: DIRECCIÓN DE RED DE SALUD ATALAYA 404: DIRECCIÓN DE RED DE SALUD AGUAYTIASAN ALEJANDRO 405: DIRECCIÓN DE RED DE SALUD CORONEL PORTILLO TOTAL

Consolidado PLAZAS PLAZAS de PEASTOTAL PREOCUNombra- GENERAL VISTAS PADAS miento 2018

El Informe Nº 242-2018-0900-GRH/MSI de la Gerencia de Recursos Humanos y el Informe Nº 702-2018-0400GAJ/MSI de la Gerencia de Asesoría Jurídica. CONSIDERANDO: Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú señala que las municipalidades provinciales y distritales son órganos de gobierno local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; la misma que radica, conforme al Artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, en el Título V de la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil, concordado con el Título VI del Libro I del Reglamento General de la Ley del Servicio Civil, aprobado por Decreto Supremo Nº 040-2014-PCM, se desarrollan disposiciones del Régimen Disciplinario y Procedimiento Sancionador; Que, acorde a lo previsto en la Novena y Décima Disposiciones Complementarias Finales de la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil, los procedimientos administrativos disciplinarios que se tramitan en las Entidades Públicas (Municipalidades), se rigen de conformidad con lo establecido en la norma acotada y su reglamento, a partir de su vigencia; Que, mediante Decreto de Alcaldía Nº 018-2014-ALC/MSI del 14 de octubre de 2014, publicado el 17 de octubre de 2014, se aprobó el "Reglamento de Procedimientos Administrativos Disciplinarios de la Municipalidad de San Isidro"; Que, posteriormente se emitió la Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 101-2015-SERVIR-PE que formaliza la aprobación de la Directiva Nº 02-2015-SERVIR/ GPGSC "Régimen Disciplinario y Procedimiento Sancionador de la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil"; luego modificada mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 092-2016-SERVIR-PE del 21 de junio de 2016; Que, en este contexto, es necesario contar con un nuevo Reglamento del Procedimiento Administrativo Disciplinario de la Municipalidad de San Isidro, a efectos de que el mismo esté acorde con las normas vigentes, aplicable a los trabajadores sujetos a los regímenes laborales del Decreto Legislativo Nº 276, Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público; del Decreto Legislativo Nº 728, Ley de Productividad y Competitividad Laboral; y, del Decreto Legislativo Nº 1057 (CAS); reglamento que deberá ser aprobado por la Gerencia Municipal en su condición de máxima autoridad administrativa para efectos del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos, según lo dispone el artículo IV del Título Preliminar del Reglamento General de la Ley Nº 30057; Que, por tales consideraciones, corresponde la derogación del Decreto de Alcaldía Nº 018-2014-ALC/MSI; y, En uso de las facultades conferidas en el numeral 6, del artículo 20º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972 y modificatorias; DECRETA: Artículo Primero.- DEROGAR el Decreto de Alcaldía Nº 018-2014-ALC/MSI del 14 de octubre de 2014, que aprobó el "Reglamento de Procedimientos Administrativos Disciplinarios de la Municipalidad de San Isidro"; y, todo aquello que se oponga al presente Decreto. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Secretaría General, la publicación del presente Decreto en el Diario Oficial El Peruano, y a la Oficina de Comunicaciones e Imagen, su publicación en el portal institucional de la Municipalidad de San Isidro: www.munisanisidro.gob.pe. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia de Recursos Humanos el cumplimiento de lo dispuesto por el presente Decreto. Regístrese, comuníquese y cúmplase. MANUEL VELARDE DELLEPIANE Alcalde 1712823-1

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Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Dirección Regional de Salud, a sus Unidades Ejecutoras-Órganos Desconcentrados, la Implementación de la presente Ordenanza Regional. Artículo Cuarto.- DISPENSAR la presente Ordenanza Regional del trámite de lectura y aprobación del Acta, para proceder a su implementación correspondiente. Artículo Quinto.- ENCARGAR a la Dirección Regional de Salud de Ucayali, la publicación de la presente Ordenanza Regional en el Diario Oficial "El Peruano", y en el diario encargado de las publicaciones judiciales en la Capital de la Región, y a la Oficina de Tecnologías de la Información para su difusión y publicación a través del portal electrónico del Gobierno Regional de Ucayali (www.regionucayali.gob.pe). Comuníquese al señor Gobernador del Gobierno Regional de Ucayali para su promulgación. En Pucallpa, a los catorce días del mes de noviembre de dos mil dieciocho. FLORA AMASIFUEN AMASIFUEN Consejera Delegada POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dado en la Sede del Gobierno Regional de Ucayali a los 14 de noviembre de 2018 MANUEL GAMBINI RUPAY Gobernador Regional 1713324-1

GOBIERNOS LOCALES

MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO
Derogan D.A. N° 018-2014-ALC/MSI que aprobó el "Reglamento de Procedimientos Administrativos Disciplinarios de la Municipalidad de San Isidro"
DECRETO DE ALCALDÍA Nº 021-2018-ALC/MSI San Isidro, 12 de noviembre de 2018

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