Norma Legal Oficial del día 17 de noviembre del año 2018 (17/11/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 91

El Peruano / Sábado 17 de noviembre de 2018

NORMAS LEGALES

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exclusividad, como resultado de aplicar la metodología de costeo de procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 064 ­ 2010 ­ PCM; y la Directiva Nº 004 ­ 2012 ­ PCM / SGP, que aprueba el Aplicativo Informático Web "Mi Costo", aprobado con Resolución de Secretaría de Gestión Pública Nº 002 ­ 2012 ­ PCM ­ SGP; Que, asimismo, la Oficina de Contabilidad, ha procedido a validar la información del proceso de costos y sus anexos, de 157 procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad, de las nueve (09) unidades ejecutoras, señalando que estos cumplen con los lineamientos de la metodología de estructura de costos dispuestos según Decreto Supremo Nº 064 ­ 2010 ­ PCM, así como su proceso se alinea a la Directiva Nº 004 ­ 2012 ­ PCM / SGP, aprobado con Resolución de Secretaría de Gestión Pública Nº 002 ­ 2012 ­ PCM ­ SGP, por lo que recomienda continuar con el trámite de aprobación de los procedimientos en el Texto Único de Procedimientos Administrativos ­ TUPA del GRC; Que, las diferentes Unidades Orgánicas de la Sede Central que tienen a su cargo procedimientos administrativos, han considerado formularios que según las normas existentes son utilizados por el administrado, según obra en la documentación remitida, siendo estos debidamente codificados, excepto los formularios "Certificado de Captura Simplificado de la Comunidad Europea" y "Lista de Embarcaciones Pesqueras Artesanales que han suministrado Capturas" pertenecientes al procedimiento denominado "Validaciones de Certificado de Captura Simplificado a la Comunidad Europea de Recursos Hidrobiológicos" del área de Pesquería de la Gerencia Regional de Desarrollo Económico, por ser formularios de carácter internacional (Comunidad Europea), según se detalla en el Anexo Nº 02, denominado Catálogo de Formularios. Como parte integrante del Catálogo de Formularios se incluye la Solicitud de Acceso a la Información y el Formato Único de Trámite ­ FUT; Que, en atención a los fundamentos expuestos el Informe de la Oficina de Planificación, de la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial e informes sustentatorios, y la normativa aplicable, de conformidad a lo dispuesto por el numeral 6º del Artículo 41º del Reglamento de Organización y Funciones del Gobierno Regional del Callao, la Gerencia de Asesoría Jurídica emite OPINIÓN, que resulta procedente la aprobación del Texto Único de Procedimientos Administrativos ­ TUPA del Gobierno Regional del Callao; Que, estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido en la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, el Consejo Regional ha aprobado por mayoría, lo siguiente: ORDENANZA REGIONAL QUE APRUEBA LOS PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS Y SERVICIOS PRESTADOS EN EXCLUSIVIDAD, REQUISITOS, COSTOS Y DERECHOS DE TRAMITACIÓN Y EL TEXTO ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS ­ TUPA DEL GOBIERNO REGIONAL DEL CALLAO Artículo Primero.- Aprobar los Trescientos veintitrés (323) Procedimientos Administrativos y Servicios Prestados en Exclusividad del Gobierno Regional del Callao y sus 09 Unidades Ejecutoras, en lo que respecta a sus requisitos, sus costos y derechos de tramitación. Artículo Segundo.- Aprobar el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Gobierno Regional del Callao y autorizar la publicación del mismo así como de los anexos adjuntos que forman parte integrante de la presente Ordenanza Regional, según Anexo Nº 01. Artículo Tercero.- Aprobar el Catálogo de Formularios, cuyo contenido se detalla en el Anexo Nº 02 y que forma parte integrante de la presente Ordenanza Regional, los mismos que serán utilizados en los procedimientos administrativos de la sede central del Gobierno Regional del Callao y su distribución es gratuita. Artículo Cuarto.- Derogar en todos sus extremos la Ordenanza Regional Nº 000027 de fecha 31 de Julio de 2012, que aprobó el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) del Gobierno Regional del Callao y sus modificatorias.

Artículo Quinto.- Encargar a la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial en coordinación con la Oficina de Tecnologías de la Información y Comunicaciones la publicación del Catálogo de Formularios. Artículo Sexto.- Encargar a la Oficina de Tecnologías de la Información y Comunicaciones la publicación de la presente Ordenanza Regional y sus anexos en el Portal Institucional www.regioncallao.gob.pe. y en la Plataforma Digital Única para Orientación al Ciudadano del Estado Peruano. Artículo Séptimo.- La presente Ordenanza Regional será publicada en el Diario Oficial "El Peruano". Adicionalmente, el Anexo Nº 01 que corresponde al TUPA del Gobierno Regional del Callao de la presente Ordenanza Regional es publicado en el Portal del Diario Oficial El Peruano. Artículo Octavo.- Derogar toda disposición que se oponga a la presente Ordenanza Regional. POR TANTO: Regístrese y cúmplase. FÉLIX MORENO CABALLERO Gobernador 1713025-1 * El TUPA se publica en la página WEB del Diario Oficial El Peruano, sección Normas Legales.

GOBIERNO REGIONAL DE UCAYALI
Aprueban el Cuadro para Asignación de Personal Provisional (CAP-P) 2018 de la Dirección Regional de Salud Ucayali y diversas redes de salud
ORDENANZA REGIONAL Nº 022-2018-GRU-CR EL CONSEJO REGIONAL POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de Ucayali, de conformidad con lo previsto en los artículos 191º y 192º de la Constitución Política del Estado, modificado por la Ley Nº 27680, Ley de Reforma Constitucional, Capítulo XIV del Título IV sobre Descentralización; Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralización, Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, sus modificatorias y demás normas complementarias; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con la Constitución Política del Estado, la Ley Nº 27680, Ley de Reforma Constitucional, Capítulo XIV del Título IV sobre Descentralización, Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, sus modificatorias; se les reconoce a los Gobiernos Regionales, autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el artículo 3º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, señala que los Gobiernos Regionales tienen competencia en el ámbito de sus respectivas jurisdicciones, conforme a ley; Que, el Consejo Regional tiene las atribuciones de normar la organización interna del Gobierno Regional a través de Ordenanzas Regionales, en concordancia con el inciso a) del artículo 15º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, que faculta aprobar, modificar o derogar normas que regulen o reglamenten los asuntos y materia de competencia y funciones del Gobierno Regional, en concordancia con el artículo 38º de la misma norma legal, que establece que las Ordenanzas Regionales norman asuntos de carácter general en la organización y administración del Gobierno Regional; Que, en el marco de la rectoría del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos y de la implementación de la Ley Nº 30057,mediante Resolución

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