Norma Legal Oficial del día 18 de noviembre del año 2018 (18/11/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 5

El Peruano / Domingo 18 de noviembre de 2018

NORMAS LEGALES

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de la Amazonía Peruana ­ IIAP, adjunta al Oficio N° 275-2018-IIAP-P, la correspondiente Certificación de Crédito Presupuestario; Que, el artículo 2 del Decreto Supremo N° 0472002-PCM, que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, dispone que la resolución de autorización de viajes al exterior de la República será debidamente sustentada en el interés nacional o en el interés específico de la institución, y deberá indicar expresamente el motivo del viaje, el número de días de duración, viáticos, entre otros; Que, asimismo, el artículo 1 del referido Decreto Supremo, establece que para el caso de los servidores y funcionarios públicos de los Ministerios y de los Organismos Públicos correspondientes la autorización de viaje, en caso irrogue algún gasto al Tesoro Público, se otorgará por Resolución Ministerial del respectivo Sector; Que, en tal sentido, siendo de interés institucional, resulta necesario autorizar el viaje del citado servidor, por lo que corresponde emitir el presente acto resolutivo; Con el visado de la Oficina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con el Decreto Legislativo N° 1013, que aprueba la Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente; la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y sus modificatorias; y, el Decreto Supremo N° 002-2017-MINAM, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje del señor Luis Alberto Arévalo López, Gerente Regional del Instituto de Investigaciones de la Amazonía Peruana­IIAP en la Región San Martín, a la ciudad de Ocaña, departamento de Norte de Santander, República de Colombia, del 19 al 23 de noviembre de 2018, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo precedente, serán cubiertos por el Instituto de Investigaciones de la Amazonía Peruana­ IIAP, de acuerdo al siguiente detalle: Luis Alberto Arévalo López Pasajes Internacionales US$ 570.90 Viáticos (por 3 días) US$ 1 110.00 Artículo 3.- Disponer que dentro de los quince (15) días calendario siguientes a la realización del viaje, el servidor cuyo viaje se autoriza mediante el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, deberá presentar un informe detallado sobre el resultado del evento y las acciones que se deriven a favor del Instituto de Investigaciones de la Amazonía Peruana­IIAP; así como, la respectiva rendición de cuentas por los viáticos entregados. Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial no otorgará derecho a exoneración o liberación de impuestos o de derechos de aduana de cualquier clase o denominación. Artículo 5.- Notificar la presente Resolución Ministerial al Instituto de Investigaciones de la Amazonía Peruana­ IIAP, para los fines correspondientes. Artículo 6.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Portal Institucional del Ministerio del Ambiente (www.minam.gob.pe) en la misma fecha de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. FABIOLA MUÑOZ DODERO Ministra del Ambiente 1713811-2

Derogan la R.M. N° 147-2011-MINAM que aprueba el "Manual de Procedimientos: Para la Implementación del Esquema de Transferencias Directas Condicionadas del Programa Nacional de Conservación de Bosques para la Mitigación del Cambio Climático"
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 407-2018-MINAM Lima, 16 de noviembre de 2018 VISTOS; El Memorando N° 00742-2018/MINAM/VMDERN del Viceministerio de Desarrollo Estratégico de Recursos Naturales; el Informe N° 023-2018-MINAM/VMDERN/ PNCB/ APSPS/MCERNA y el Informe N°128-2018MINAM/VMDERN/PNCB/UA/AAJ del Programa Nacional de Conservación de Bosques para la Mitigación del Cambio Climático; y, el Informe N° 00694-2018-MINAM/ SG/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo Nº 1013, Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente, se crea el Ministerio del Ambiente (MINAM) como un organismo del Poder Ejecutivo con personería jurídica de derecho público, que constituye un pliego presupuestal, cuya función general es diseñar, establecer, ejecutar y supervisar la política nacional y sectorial ambiental, asumiendo la rectoría con respecto a ella; estableciéndose su ámbito de competencia sectorial, su estructura orgánica básica y sus funciones; Que, mediante Decreto Supremo N° 008-2010-MINAM, se crea el Programa Nacional de Conservación de Bosques para la Mitigación del Cambio Climático (PNCB), cuyo objetivo es la conservación de 54 millones de hectáreas de bosques tropicales como una contribución a la mitigación frente al cambio climático y al desarrollo sostenible; Que, mediante la Quincuagésima Primera Disposición Complementaria Final de la Ley N° 29626, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2011, se autorizó al MINAM para que, a través del PNCB, realice el otorgamiento de subvenciones a favor de los beneficiarios del mencionado programa nacional; Que, para operativizar el otorgamiento de las subvenciones expresadas en el considerando precedente, se expidió la Resolución Ministerial N° 147-2011-MINAM, que aprobó el "Manual de Procedimientos: Para la Implementación del Esquema de Transferencias Directas Condicionadas del Programa Nacional de Conservación de Bosques para la Mitigación del Cambio Climático"; Que, posteriormente, con Decreto Supremo N° 007-2016-MINAM se aprobó la Estrategia Nacional Sobre Bosques y Cambio Climático; y, con Resolución Ministerial N° 298-2016-MINAM, se aprobó el "Manual de Operaciones del Programa Nacional de Conservación de Bosques para la Mitigación del Cambio Climático"; Que, asimismo, de acuerdo a la Ley N° 30754, Ley Marco Sobre Cambio Climático, el MINAM es responsable del monitoreo y evaluación de la reducción de emisiones de deforestación y degradación de los bosques, para lo cual promueve la conservación y aumento de las reservas forestales de carbono, a través de programas y proyectos de conservación y manejo sostenible de bosques, cuyos beneficiarios son preferentemente las comunidades y los pueblos indígenas u originarios que viven en y alrededor de dichos bosques; Que, con Informe N° 863-2018-MINAM/VMDERN/ PNCB/UICB el Jefe de la Unidad de Incentivos para la Conservación de Bosques eleva a la Coordinadora Ejecutiva del PNCB el Informe N° 023-2018-MINAM/ VMDERN/PNCB/APSPS/MCERNA el cual señala que resulta necesario contar con una herramienta

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