Norma Legal Oficial del día 18 de noviembre del año 2018 (18/11/2018)


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El Peruano / Domingo 18 de noviembre de 2018

NORMAS LEGALES

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que se abrocha con un prendedor de filigrana de oro o de plata; un faldellín o centro, falda que cubre hasta el tobillo, de varios pliegues y recogida a la cintura, bajo la cual se llevan dos o tres primorosos fustanes de hilo blanco, tejidos a mano. Por último, la mujer luce un pañuelito blanco de seda bordado o estampado con flores. La vestimenta de la mujer jaujina se compone de la combinación de tres colores tradicionales: azul marino, rosado y blanco. La mujer lleva pendientes de oro y plata y calza zapatos de taco. El traje del varón jaujino, por su parte, está compuesto por un terno oscuro, un sombrero de paja de ala corta y un poncho de lana blanca o marrón de vicuña en el caso del barrio Huarancayo. En el cuello lleva un pañuelo blanco de seda o raso, sujeto por una sortija de oro que resalta su elegancia, prenda que lleva una rosa bordada o estampada, que representa a la mujer jaujina; Que, durante el Carnaval Jaujino la dinámica del baile se caracteriza por la conformación de parejas que recorren la ciudad al ritmo de la banda de música en un conjunto conocido como pandilla jaujina. El padrino, en acuerdo con amigos y allegados, establece dos o tres paradas donde será agasajado con la invitación de cerveza; una de estas paradas es siempre la plaza de armas. Es durante estos agasajos que varios y varias asistentes consiguen pareja de baile. La pandilla es liderada por los padrinos, quienes se distinguen por una banda ancha portada por la madrina. El otro momento central del baile es el cortamonte, que se caracteriza por tres momentos, la muliza, con ritmo cadencioso y elegante, el carnaval, con un ritmo giratorio, y el huayno, de pasos más cortos, con un ritmo más alegre aunque a veces sentimental; Que, respecto a la música, además del lugar que ocupa la orquesta típica, participa una banda conformada por hasta treinta músicos que ejecutan instrumentos de viento (tuba, cornetas) y percusión (bombos y tarolas). Mientras la orquesta interpreta un repertorio mestizo tradicional, la banda es más abierta y está socialmente autorizada para interpretar otros géneros como música criolla y canciones populares. Ambos conjuntos instrumentales interactúan durante la fiesta, aunque cumpliendo funciones diferentes. Los músicos son, en su mayoría, egresados de la Escuela de Música de Acolla. Éstos tocan los dos días de la fiesta y se encuentran en constante renovación de su repertorio musical, el cual incluye mulizas, carnavales y huaynos. Varias de estas melodías son tradicionales, así como también se incorporan cada año nuevos temas --compuestos por los propios músicos-- o arreglos de melodías más clásicas; Que, diversos oficios y conocimientos tradicionales permiten poner en escena al Carnaval Jaujino, reforzando sus componentes identitarios. Así, los artesanos tejedores, los bordadores y los sombrereros, son centrales para proveer las finas piezas que utilizan los participantes, mientras que los acuarelistas pintan las llicllas con diseños que no suelen repetirse. Por otra parte, se encuentran los cocineros y vivanderas, quienes participan tanto en los preparativos como en el desarrollo de la fiesta. Los cocineros elaboran el pan jaujino (pan cusai, pan bollo y pan de huevo), preparan la chicha de jora y la de maní, la patasca y el shajteo que se sirven el día de la traída de monte. Por su parte, las vivanderas instaladas en puestos especialmente acondicionados en la plaza, venden una culinaria específica, picante de cuy y picarones, durante los días de cortamonte; Que, cabe señalar que el Carnaval Jaujino ha ido adaptándose a diferentes procesos de cambio, especialmente al fenómeno migratorio, que ha llevado a que hoy en día muchos aspectos de la organización sean asumidos por los "hijos residentes". Por otro lado, en el expediente se considera que la evolución musical que ha experimentado la sierra central peruana, por el surgimiento de la orquesta típica y posteriormente de la banda de música, ha influido decisivamente en el baile y en los actores sociales que lo ejecutan; Que, el Carnaval Jaujino se transmite de generación en generación, aprendiéndose a bailar en el hogar y las plazas de los barrios, desde la infancia, de la mano de los padres, quienes heredan a sus hijos e hijas los ponchos, las mantas y llicllas con las que bailan. Las generaciones más jóvenes heredan también los conocimientos sobre

la fiesta, sabiendo distinguir entre el huayno, la muliza y el carnaval en la banda de música; así como los pasos de baile con los que se bailan. Algunos barrios suelen organizar cortamontes infantiles, en los que participan niños de diferentes edades, llegando incluso a ser padrinos de pequeños árboles; Que, en el Informe N° 900193-2018-DPI/DGPC/ VMPCIC/MC de la Dirección de Patrimonio Inmaterial, se detallan las características, importancia, valor, alcance y significados del Carnaval Jaujino; motivo por el cual, dicho informe constituye parte integrante de la presente Resolución Viceministerial, conforme a lo dispuesto en el artículo 6 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante Decreto Supremo N° 0062017-JUS; Que, mediante Resolución Ministerial N° 338-2015MC, se aprobó la Directiva N° 003-2015-MC, Declaratoria de las Manifestaciones del Patrimonio Cultural de la Nación y Declaratoria de Interés Cultural, en la que se establecen los lineamientos y normas para la tramitación del expediente de declaratoria de Patrimonio Cultural de la Nación de las manifestaciones del patrimonio cultural inmaterial, correspondiendo al Viceministerio de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales declarar las manifestaciones del patrimonio cultural inmaterial como Patrimonio Cultural de la Nación; así como su publicación en el Diario Oficial El Peruano; De conformidad con lo establecido en la Constitución Política del Perú; la Ley N° 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación; la Ley N° 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura; el Decreto Supremo N° 011-2006-ED, que aprueba el Reglamento de la Ley N° 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación; el Decreto Supremo N° 005-2013-MC, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura; y la Directiva N° 003-2015-MC, aprobada por Resolución Ministerial N° 338-2015-MC; SE RESUELVE: Artículo 1.- Declarar como Patrimonio Cultural de la Nación al Carnaval Jaujino de la provincia de Jauja, departamento de Junín, por tratarse de una de las manifestaciones culturales más representativas de la ciudad y provincia de Jauja; por integrar tradiciones locales y europeas, rurales y urbanas, siendo un vehículo para la salvaguardia de expresiones musicales, del arte textil y del arte culinario tradicional de Jauja, gracias a la organización barrial y a la continuidad de las redes de parentesco y paisanaje que afianzan la identidad y cohesión social de los jaujinos. Artículo 2.- Encargar a la Dirección de Patrimonio Inmaterial en coordinación con la Dirección Desconcentrada de Cultura de Junín y la comunidad de portadores, la elaboración cada cinco (5) años de un informe detallado sobre el estado de la expresión declarada, de modo que el registro institucional pueda ser actualizado en cuanto a los cambios producidos en la manifestación, los riesgos que pudiesen surgir en su vigencia, y otros aspectos relevantes, a efectos de realizar el seguimiento institucional de su desenvolvimiento y salvaguardia, de ser el caso. Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución Viceministerial en el Diario Oficial El Peruano, así como su difusión en el Portal Institucional del Ministerio de Cultura (www.gob.pe/cultura) conjuntamente con el Informe N° 900193-2018/DPI/DGPC/VMPCIC/MC. Artículo 4.- Notificar la presente Resolución Viceministerial y el Informe N° 900193-2018/DPI/DGPC/ VMPCIC/MC a la Dirección Desconcentrada de Cultura de Junín y a la Municipalidad Provincial de Jauja, departamento de Junín. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS FELIPE VILLACORTA OSTOLAZA Viceministro de Patrimonio Cultural e industrias Culturales 1713758-1

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