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59 NORMAS LEGALES Sábado 24 de noviembre de 2018 El Peruano / corrupción en bene fi cio y/o por encargo y/o en interés de LA CONCESIONARIA, para obtener la Concesión Única y/o algún bene fi cio durante la vigencia de la Concesión. Para la determinación de la vinculación económica a que hace referencia el párrafo anterior, será de aplicación lo previsto en la Resolución de la SMV N° 019-2015-SMV/01 o norma que la sustituya o modi fi que. Se entiende por actos de corrupción cualquiera de los delitos tipi fi cados en la sección IV Capítulo II del Título XVIII del Código Penal”. Regístrese, comuníquese y publíquese.EDMER TRUJILLO MORI Ministro de Transportes y Comunicaciones 1715736-5 Precisan que modificación dispuesta por R.M. N° 839-2018 MTC/01 respecto del procedimiento administrativo con código DGCC-003, que corresponde a la Dirección General de Concesiones en Comunicaciones, está referida únicamente a la eliminación del pie de página N° 04 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 916-2018 MTC/01 Lima, 21 de noviembre de 2018VISTOS: El Informe N° 2164-2018-MTC/27 de la Dirección General de Concesiones en Comunicaciones, el Memorándum Nº 3094-2018-MTC/03 del Despacho Viceministerial de Comunicaciones y el Memorándum Nº 2091-2018-MTC/09 de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo N° 008-2002- MTC y modi fi catorias, se aprueba el Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, en adelante TUPA del MTC; Que, el Decreto Legislativo Nº 1272, modi fi ca la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General y deroga la Ley Nº 29060, Ley del Silencio Administrativo, estableciendo disposiciones orientadas a la simpli fi cación de los procedimientos administrativos, al régimen de aprobación del Texto Único de Procedimientos Administrativos y a la determinación de derechos de tramitación, entre otros, siendo que por Decreto Legislativo Nº 1310, se aprueban medidas adicionales de simpli fi cación administrativa; Que, el numeral 39.3 del artículo 39 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo N° 006-2017-JUS, establece que las disposiciones concernientes a la eliminación de procedimientos o requisitos o a la simpli fi cación de los mismos, podrán aprobarse por Resolución Ministerial; y el numeral 43.5 del artículo 43 de la misma norma, dispone que una vez aprobado el TUPA, toda modi fi cación que no implique la creación de nuevos procedimientos, incremento de derechos de tramitación o requisitos, se debe realizar por Resolución Ministerial del Sector respectivo; Que, en este sentido, mediante Resolución Ministerial N° 839-2018 MTC/01, se modi fi ca el TUPA del MTC, entre otros, en lo que respecta a la simpli fi cación del procedimiento administrativo con código DGCC-003 “Transferencia de Concesión para la prestación de servicios públicos de telecomunicaciones”, que corresponde a la Dirección General de Concesiones en Comunicaciones; Que, mediante Informe N° 2164-2018-MTC/27, la Dirección General de Concesiones en Comunicaciones señala que resulta necesario precisar que la modi fi cación realizada al TUPA del MTC con Resolución Ministerial N° 839-2018 MTC/01, en cuanto al procedimiento administrativo con código DGCC-003 “Transferencia de Concesión para la prestación de servicios públicos de telecomunicaciones”, está referida únicamente a la simpli fi cación del mismo, encontrándose vigente el Decreto Supremo N° 009-2018-MTC, Decreto Supremo que modi fi ca el artículo 17 del Texto Único Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones aprobado por Decreto Supremo N° 020-2007-MTC; Que, con Memorándum N° 2091-2018-MTC/09, la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto, se pronuncia respecto a lo señalado por la Dirección General de Concesiones en Comunicaciones e indica que la modi fi cación dispuesta por Resolución Ministerial N° 839- 2018 MTC/01, respecto al procedimiento administrativo con código DGCC-003 “Transferencia de Concesión para la prestación de servicios públicos de telecomunicaciones”, contempla sólo la eliminación del pie de página N° 04; Que, en consecuencia, se considera necesario precisar que la Resolución Ministerial N° 839-2018 MTC/01, respecto al procedimiento administrativo con código DGCC-003 “Transferencia de Concesión para la prestación de servicios públicos de telecomunicaciones”, contempla sólo la eliminación del pie de página N° 04 del citado procedimiento administrativo, manteniéndose vigentes todos los aspectos contenidos en la normativa sobre la materia; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29370, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones y su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 021-2007-MTC y modi fi catorias; SE RESUELVE: Artículo Único.- Precisar que la modi fi cación dispuesta por Resolución Ministerial N° 839-2018 MTC/01, respecto al procedimiento administrativo con código DGCC-003 “Transferencia de Concesión para la prestación de servicios públicos de telecomunicaciones”, que corresponde a la Dirección General de Concesiones en Comunicaciones, está referida únicamente a la eliminación del pie de página N° 04, conforme a los fundamentos señalados en la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese.EDMER TRUJILLO MORI Ministro de Transportes y Comunicaciones 1715736-6 Aprueban Cuadro para Asignación de Personal Provisional - CAP Provisional de la Autoridad Portuaria Nacional - APN RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 917-2018 MTC/01 Lima 21 de noviembre de 2018 CONSIDERANDO: Que, la Ley N° 29370, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, determina y regula el ámbito de competencias, las funciones y la estructura orgánica básica del Ministerio de Transportes y Comunicaciones - MTC; Que, la Ley N° 27943, Ley del Sistema Portuario Nacional, dispone que la Autoridad Portuaria Nacional - APN, es un organismo público descentralizado, hoy Organismo Técnico Especializado, adscrito al MTC, dependiente del Ministro, con personería jurídica de derecho público interno, patrimonio propio, y con autonomía administrativa, funcional, técnica, económica y fi nanciera y facultad normativa por delegación del Ministro de Transportes y Comunicaciones;