Norma Legal Oficial del día 24 de noviembre del año 2018 (24/11/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 44

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NORMAS LEGALES

Sábado 24 de noviembre de 2018 /

El Peruano

de la Producción con atención a la Dirección General de Políticas y Análisis Regulatorio en Pesca y Acuicultura ubicada en Calle Uno Oeste Nº 060 - Urbanización Córpac, San Isidro, o a la dirección electrónica: dgparpa@ produce.gob.pe. Regístrese, comuníquese y publíquese. RAÚL PÉREZ-REYES ESPEJO Ministro de la Producción 1715774-1

Autorizan viaje de profesionales del IMARPE a Chile, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 523-2018-PRODUCE Lima, 22 de noviembre de 2018 VISTOS: El documento IFOP/DIP/N°268/2018/DIR N° 0798, del Instituto de Fomento Pesquero ­ IFOP; el Memorando N° 528-2018-IMARPE/DGIRP de la Dirección General de Investigaciones de Recursos Pelágicos del IMARPE; el Memorándum N° 1048-2018-IMARPE/ AFLel del Área Funcional de Logística e Infraestructura del IMARPE; el Memorándum N° 371-2018-IMARPE/ AFC del Área Funcional de Contabilidad del IMARPE; el Memorándum N° 543-2018-IMARPE/OGPP, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del IMARPE; el Informe N° 1469-2018-PRODUCE/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante el documento IFOP/DIP/N°268/2018/ DIR N° 0798, de fecha 14 de setiembre de 2018 el Instituto de Fomento Pesquero ­ IFOP, cursa invitación al Instituto del Mar del Perú - IMARPE para participar en el XVI Taller de Evaluación conjunta del stock de anchoveta del sur de Perú y norte de Chile (Región de Arica y Parinacota ­ Región de Antofagasta), el cual se llevará a cabo en la ciudad de Valparaíso, República de Chile, del 03 al 07 de diciembre de 2018; Que, con el Memorando N° 528-2018-IMARPE/ DGIRP la Dirección General de Investigaciones de Recursos Pelágicos del IMARPE remite el Informe Técnico Sustentatorio N° 013-2018, el cual señala que la participación de la entidad en el taller es de importancia, toda vez que se promoverá la cooperación binacional, siendo una buena oportunidad para que IMARPE tome posicionamiento en las investigaciones sobre anchoveta, considerando la experiencia y conocimiento con la que cuenta Perú sobre este recurso; asimismo, señalan que permitirá obtener información biológica-pesquera de la anchoveta ubicada en el norte de Chile, la cual será contrastada con los niveles de pesca en la parte peruana y con los informes sobre la situación del stock de anchoveta ubicada en la región sur de Perú, dicha información comprende resultados de capturas totales por país, la distribución de las capturas y estructuras por tamaños, monitoreo y cruceros de investigación realizados; recomendando la participación de los señores Miguel Ángel Ñiquen Carranza, Erich Enrique Díaz Acuña y Enrique Manuel Ramos Vásquez, profesionales del IMARPE; Que, mediante el Memorándum N° 1048-2018-IMARPE/ AFLel, el Área Funcional de Logística e Infraestructura del IMARPE señala que se ha realizado la cotización de los pasajes aéreos para la comisión de servicios en tarifa económica y adjunta el itinerario de viaje; asimismo, mediante el Memorándum N° 371-2018-IMARPE/AFC, el Área Funcional de Contabilidad del IMARPE comunica que se ha realizado el cálculo de viáticos correspondiente para la comisión de servicios; Que, por el Memorándum N° 543-2018-IMARPE/ OGPP, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del IMARPE, manifiesta su conformidad respecto a la comisión de servicios del comisionado; asimismo, señala que existe disponibilidad presupuestal para

dicho requerimiento, el cual se realizará con cargo al Presupuesto Institucional 2018 del IMARPE; Que, la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y sus modificatorias, señalan que la Resolución de autorización de viaje al exterior debe sustentarse en el interés nacional o en el interés específico institucional; asimismo, que las autorizaciones de viaje de los servidores y funcionarios públicos de los Ministerios y de los Organismos Públicos Descentralizados correspondientes que ocasionen gastos al Estado, se otorgan por Resolución Ministerial del respectivo Sector; Que, por las consideraciones expuestas, atendiendo a lo sustentado y requerido por el IMARPE, es necesario autorizar el viaje de los señores Miguel Ángel Ñiquen Carranza, Erich Enrique Díaz Acuña y Enrique Manuel Ramos Vásquez, profesionales del IMARPE, del 02 al 08 de diciembre de 2018, a la ciudad de Valparaíso, República de Chile; cuyos gastos por concepto de pasajes y viáticos serán cubiertos con cargo a los fondos del Presupuesto Institucional 2018 del Pliego 240: Instituto del Mar del Perú; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018; el Decreto Legislativo N° 1047, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción y modificatorias; la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y modificatorias; el Decreto Supremo N° 047-2002PCM, que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y modificatorias; el Decreto Supremo N° 002-2017-PRODUCE, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción y modificatoria; y la Resolución Ministerial N° 296-2009-PRODUCE, que aprueba la Directiva General N° 007-2009-PRODUCE, "Directiva de Procedimientos para las Autorizaciones de Viajes al Exterior en el Ministerio de la Producción"; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje en comisión de servicios de los señores Miguel Ángel Ñiquen Carranza, Erich Enrique Díaz Acuña y Enrique Manuel Ramos Vásquez, profesionales del IMARPE, del 02 al 08 de diciembre de 2018, a la ciudad de Valparaíso, República de Chile, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Los gastos correspondientes a pasajes aéreos y viáticos que demande los viajes que se autorizan en el artículo 1 de la presente Resolución, son cubiertos con cargo a los fondos del Presupuesto Institucional 2018 del Pliego 240: Instituto del Mar del Perú, de acuerdo al siguiente detalle:
Nombres y apellidos Miguel Ángel Ñiquen Carranza Erich Enrique Díaz Acuña Enrique Manuel Ramos Vásquez Viáticos por 6 días (5 días + 1 Pasaje aéreo (Incluido por concepto de instalación) TUUA) US$ US$ 279,00 por día 437.55 437.55 437.55 1,674.00 1,674.00 1,674.00

Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, los profesionales autorizados deben presentar al Titular de la Entidad, cada uno, un informe detallado de las acciones realizadas, los resultados obtenidos y la rendición de cuentas. Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial no libera ni exonera del pago de impuestos y/o derechos aduaneros de cualquier clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. RAÚL PÉREZ-REYES ESPEJO Ministro de la Producción 1715757-1

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