Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2018 (28/11/2018)

CANTIDAD DE PAGINAS: 120

TEXTO PAGINA: 11

11 NORMAS LEGALES Miércoles 28 de noviembre de 2018 El Peruano / Que, por lo expuesto, de acuerdo a la información disponible en autos se estima la concurrencia de sufi cientes elementos de juicio para sustentar en el presente caso la necesidad y procedencia de determinar la precitada protección provisional, con el objeto de salvaguardar la integridad de los bienes comprometidos y ejecutar las acciones que resulten necesarias para su declaración y delimitación según corresponda; Que, para efectos de la cabal conservación de los bienes amparados durante el periodo de vigencia del presente régimen de protección provisional, a través del Informe de Inspección N° 005-2018-MDR-DSFL-DGPA/VMPCIC/MC de fecha 10 de octubre del 2018 se recomendó la aplicación de las siguientes medidas provisionales: Medida Referencia - Paralización y/o cese de la afectación:X Identi fi car y noti fi car a los infractores para evitar la destrucción de los recintos arqueológico de la zona Norte del MAP y evitar el avance de la población. - Desmontaje: ------- - Apuntalamiento: ---------- Incautación: --------- - Señalización:X Anclaje urgente de hitos que indiquen de manera física la extensión del ámbito intangible e instalación y de dos muros mas de señalización y repintado del existente en el sitio, en coordinación con la policía a fi n de evitar la destrucción de los muros. - Retiro de estructuras temporales, maquinarias, herramientas, elementos y/o accesorios: Que, cabe señalar que en el artículo 104° del Reglamento de la Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación, se establece que “…La resolución que declara la determinación de la protección provisional de un bien que presuntamente constituye Patrimonio Cultural de la Nación debe ser noti fi cada a los administrados determinados, cuyos intereses o derechos legítimos se encuentren debidamente acreditados y puedan ser afectados por los actos a ejecutar, así como a la Municipalidad Distrital en cuyo ámbito territorial se ubique el bien que busca protegerse…”; Que, mediante Informe Nº 900332-2018-KDP/DGPA/ VMPCIC/MC del 20 de noviembre del 2018, la Asesoría Legal de la Dirección General de Patrimonio Arqueológico Inmueble formuló las precisiones correspondientes para que se cumplan los aspectos formales previstos en las disposiciones legales vigentes, y; De conformidad con lo dispuesto en el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por el Decreto Supremo N° 006-2017-JUS; la Ley N° 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación y su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo N° 011-2006-ED modi fi cado por el Decreto Supremo N° 007-2017-MC; la Ley N° 29565, Ley de Creación del Ministerio de Cultura; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura aprobado por el Decreto Supremo N° 005-2013-MC, la Resolución Ministerial N° 077-2018-MC que aprobó la Directiva N° 003-2018-VMPCIC/MC “Lineamientos técnicos y criterios generales para la determinación de la protección provisional de los bienes inmuebles prehispánicos que se presumen integrantes del Patrimonio Cultural de la Nación”, y la Resolución Viceministerial N° 036-2018-VMPCIC/MC;SE RESUELVE: Artículo Primero.- Determinar la protección provisional regulada por el Capítulo XIII del Reglamento de la Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación aprobado por el Decreto Supremo N° 011-2006-ED incorporado por el Decreto Supremo N° 007-2017-MC, sobre el Monumento Arqueologico Prehispánico “Chacrasana” ubicado en el distrito de Lurigancho - Chosica, provincia y departamento de Lima, cuya ubicación, accesibilidad y coordenadas perimétricas se especi fi can en el siguiente cuadro, en base a los fundamentos desarrollados en la sección considerativa de la presente resolución: MONUMENTO ARQUEOLOGICO PREHISPÁNICO "CHACRASANA" UBICADO EN EL DISTRITO DE LURIGANCHO - CHOSICA, PROVINCIA Y DEPARTAMENTO DE LIMA Ubicación general del bien inmueble arqueológico Departamento: Lima Provincia: Lima Distrito / Localidad: Lurigancho - Chosica Coordenada referencial:310 778.3686 E / 8 677 7803.5747 N Acceso / vías: Se llega al lugar, mediante la carretera central, a la altura del km 27.800, con dirección Lima – Chosica, a la izquierda por la Av. Mirtha Alvarado, aproximadamente a 1 km se encuentra ubicado el Sitio Arqueológico “CHACRASANA”. VérticeCoordenada UTM WGS84 - Zona 18 S MAP Chacrasana ESTE (X) NORTE (Y) 1 310304.7538 8677678.7662 2 310331.2557 8677691.5277 3 310568.7853 8677880.8884 4 310588.9482 8677910.7320 5 310602.5433 8677968.7586 6 310747.9758 8678060.7032 7 310827.4166 8678066.9087 8 311000.3495 8678126.5025 9 311037.0489 8678132.4573 10 311108.1017 8677912.5539 11 311097.7056 8677889.5322 12 311094.6785 8677854.1393 13 311070.9083 8677831.0984 14 311049.4059 8677845.0074 15 311032.7799 8677843.3972 16 311029.4248 8677825.7282 17 311017.7606 8677831.1186 18 310918.0194 8677775.0104 19 310865.7126 8677748.4448 20 310827.6350 8677724.1650 21 310795.8109 8677703.671622 310776.5618 8677673.3907 23 310752.0273 8677676.4447 24 310690.2366 8677624.3115 25 310658.7494 8677605.9002 26 310562.0240 8677539.7410 27 310417.0526 8677345.0404 28 310369.4267 8677283.6515 29 310311.8795 8677411.2900 30 310315.4405 8677508.3864 31 310302.4149 8677600.3724