Norma Legal Oficial del día 04 de octubre del año 2018 (04/10/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 10

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NORMAS LEGALES

Jueves 4 de octubre de 2018 /

El Peruano

Ejecutoras solicitarán un solo desembolso por su baja ejecución financiera por la demora en la adquisición de equipos importados; y iv) las Entidades Ejecutoras han realizado algunas reprogramaciones de actividades técnicas; Que, en lo referente a los factores que explican la necesidad de ampliar la asignación financiera aprobada se encuentran: i) la reprogramación del Plan Operativo por parte de las Entidades Ejecutoras, adelantando actividades; y ii) el requerimiento del saldo total de los aportes del PNIA, en algunos casos por que se encuentran en proceso de pre cierre del sub-proyecto; Que, a través del Informe Técnico N° 067-2018-MINAGRI-INIA-GG/OPP-UPRE de fecha 28 de setiembre de 2018, la Unidad de Presupuesto de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, efectuó la revisión, análisis y evaluación de la propuesta y la fundamentación alcanzada, y en el marco de sus atribuciones, ha determinado que es procedente la modificación de los Anexos Nos. 01 y 02 de la Resolución Jefatural N° 00302018-INIA; De conformidad con el Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo N° 3042012-EF; la Ley N° 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018; la Directiva Nº 005-2010EF/76.01 "Directiva para la Ejecución Presupuestaria", aprobada por la Resolución Directoral Nº 030-2010EF/76.01 y modificada por las Resoluciones Directorales Nos. 022-2011-EF/50.01, 025-2013-EF/50.01, 023-2014EF/50.01, 027-2014-EF/50.01, 030-2015-EF/50.01, 0332016-EF/50.01, 026-2017-EF/50.01 y 005-2018-EF/50.01, en uso de las funciones y facultades consideradas en el artículo 8° del Reglamento de Organización y Funciones del INIA, aprobado mediante Decreto Supremo N° 010-2014-MINAGRI y su modificatoria Decreto Supremo N° 004-2018-MINAGRI, y con las visaciones de la Directora Ejecutiva del Programa Nacional de Innovación Agraria y de los Directores(as) Generales de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, de la Oficina de Administración, de la Oficina de Asesoría Jurídica, y la Gerencia General del INIA; SE RESUELVE: Artículo 1.- Modificación del artículo 1 y los Anexos Nos. 01 y 02 de la Transferencia Financiera Autorizar la modificación del artículo 1 y los Anexos Nos. 01 y 02 de la Resolución Jefatural N° 0030-2018INIA de fecha 21 de febrero de 2018, quedando redactado de la siguiente manera: "Autorizar una Transferencia Financiera para cofinanciar la ejecución de treinta y cinco (35) subproyectos de Investigación Estratégica por el importe de ocho millones quinientos noventa y un mil setecientos veintiuno y 83/100 soles (S/ 8 591 721,83) y la ejecución de doce (12) sub-proyectos de Capacitación por Competencias en Extensión e Innovación Agraria por el importe de un millón doscientos setenta y dos y 19/100 soles (S/ 1 000 272,19), en la fuente de financiamiento 3 Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito ­ ROOC, en el marco del artículo 15° de la Ley N° 30693 Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018 y del Contrato de Préstamo N° 8331-PE, suscrito con el Banco Mundial, según Anexos Nos. 01 y N° 02, que forman parte integrante de la presente Resolución Jefatural". Artículo 2.- Estructura Funcional Programática La Transferencia Financiera autorizada en el artículo precedente, se atenderá con cargo al presupuesto Institucional del Ejercicio Fiscal 2018 del Pliego 163: Instituto Nacional de Innovación Agraria, Unidad Ejecutora 019: Programa Nacional de Innovación Agraria, Fuente de Financiamiento 3. Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito, Genérica de Gasto 2.4: Donaciones y Transferencias. Las Unidades Ejecutoras receptoras de las Transferencias Financieras, incorporarán los recursos mediante un Crédito Suplementario con la siguiente Estructura Funcional Programática:

- Para la reincorporación de los recursos transferidos para los sub-proyectos de Investigación Estratégica:
ESTRUCTURA CATEGORÍA PRODUCTO/PROYECTO ACTIVIDAD/ ACCION DE INVERSIÓN FUNCION DIVISIÓN FUNCIONAL GRUPO FUNCIONAL FINALIDAD UNIDAD DE MEDIDA GENERICA DE GASTOS CÓDIGO 9002 2.194085 6.000025 10 009 0017 0044752 0096 2.6 DESCRIPCIÓN ASIGNACIONES PRESUPUESTARIAS QUE NO RESULTAN EN PRODUCTOS CONSOLIDACION DEL SISTEMA DE INNOVACION AGRARIA FORTALECIMIENTOS DE MERCADOS AGROPECUARIA CIENCIA Y TECNOLOGIA INNOVACION TECNOLOGICA INVESTIGACION Y ASISTENCIA TECNICA PROYECTO ADQUISICIÓN DE ACTIVOS NO FINANCIEROS

- Para la reincorporación de los recursos transferidos para los sub-proyectos de Capacitación por Competencias en Extensión e Innovación Agraria:
ESTRUCTURA CATEGORÍA PRODUCTO/PROYECTO ACTIVIDAD/ ACCION DE INVERSIÓN FUNCION DIVISIÓN FUNCIONAL GRUPO FUNCIONAL FINALIDAD UNIDAD DE MEDIDA GENERICA DE GASTOS CÓDIGO 9002 2.194085 6.000025 10 009 0017 0000344 0096 2.6 DESCRIPCIÓN ASIGNACIONES PRESUPUESTARIAS QUE NO RESULTAN EN PRODUCTOS CONSOLIDACION DEL SISTEMA DE INNOVACION AGRARIA FORTALECIMIENTOS DE MERCADOS AGROPECUARIA CIENCIA Y TECNOLOGIA INNOVACION TECNOLOGICA CAPACITACION Y EXTENSION RURAL PROYECTO ADQUISICIÓN DE ACTIVOS NO FINANCIEROS

Artículo 3.- Limitaciones al uso de los recursos Los recursos de la Transferencia Financiera autorizada por el artículo 1 de la presente Resolución Jefatural, no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales fueron transferidos. Artículo 4.- Monitoreo La Unidad Ejecutora 019: Programa Nacional de Innovación Agraria del Pliego 163: Instituto Nacional de Innovación Agraria, en el ámbito de sus competencias, es la responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fines, metas físicas y financieras, para los cuales se realiza la presente Transferencia Financiera, en el marco de lo dispuesto en el numeral 15.3 del artículo 15 de la Ley N° 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018. Artículo 5.- Información Los Pliegos autorizados en el artículo 1 a través de sus Unidades Ejecutoras, informarán a la Unidad Ejecutora 019: Programa Nacional de Innovación Agraria del Pliego 163: Instituto Nacional de Innovación Agraria, los avances físicos y financieros de las actividades realizadas con cargo a los recursos transferidos en la presente Resolución Jefatural, en el marco del artículo 15 de la Ley N° 30693. Artículo 6.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución Jefatural en el Diario Oficial "El Peruano" y en el Portal Institucional del Instituto Nacional de Innovación Agraria (www.inia.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. MIGUEL A. BARANDIARÁN GAMARRA Jefe

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