Norma Legal Oficial del día 25 de octubre del año 2018 (25/10/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 61

El Peruano / Jueves 25 de octubre de 2018

NORMAS LEGALES

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Artículo 8º.- Aprobar la modificación de los requisitos en los siguientes procedimientos administrativos del TUPA de la UNALM: procedimiento Nº 2) Matrícula de Recién Ingresantes, procedimiento Nº 6) Constancias, procedimiento Nº 8) Retiro Total de Cursos en Forma Excepcional, procedimientos Nº 13) Examen profesional, procedimiento Nº 29) Obtención del Grado de Bachiller, procedimiento Nº 30) Obtención del Título Profesional, procedimiento Nº 31) Obtención del Grado de Maestro, procedimiento Nº 32) Obtención de Grado de Doctor, procedimiento Nº 33) Reválida de Grado y Título, Procedimiento Nº 34) Acceso a la información que posee o produce la UNALM, procedimiento Nº 35) Rectificación de Diploma y Procedimiento Nº 36 Prestaciones Pensionarias. Artículo 9º.- Aprobar el Derecho de tramitación menor al costo del procedimiento administrativo, reduciendo el costo por derecho de tramitación en el procedimiento Nº 7) Carné Universitario Regular, Duplicado y Correcciones. Artículo 10º.- Aprobar la Modificación de Calificación del procedimiento administrativo de Silencio Positivo a Silencio Negativo del Procedimiento Nº 34) Acceso a la información que posee o produce la UNALM. Artículo 11º.- Aprobar la modificación del Plazo para resolver en los siguientes procedimientos administrativos: procedimiento Nº 1) Matrícula regular y Procedimiento Nº 35) Rectificación de Diploma. Artículo 12º.- Aprobar la modificación de denominación de la autoridad y del órgano encargado de resolver en los siguientes procedimientos administrativos: Procedimientos Administrativos Nº 1, 2, 3, 5, 6, 7, 8, 14, 15, 16, 17, 18, 19, 20, 21, 22, 23, 24, 25, 26, 27, 28, 34, 35 y 36. Artículo 13º.- Aprobar la modificación de las Instancias de Resolución de Recursos en los siguientes procedimientos administrativos: Procedimientos Nº 1, 2, 3, 4, 5, 7, 8, 9, 11, 12, 13, 14, 15, 16, 17, 18, 19, 20, 21, 22, 23, 24, 25, 26, 27, 28, 29, 30, 31, 32, 33, 35 y 36. Artículo 14º.- Aprobar la Actualización de los Formularios Únicos de Trámite ­ F.U.T. que se detallan a continuación, los cuales son de uso obligatorio por parte de los administrados en el inicio de los procedimientos administrativos de la Oficina de Estudios y Registros Académicos, Facultades, Escuela de Posgrado, Oficina de Secretaria General y Oficina de Recursos Humanos, contenidos en el TUPA, de la Universidad Nacional Agraria La Molina, los mismos que como Anexo 2 forman parte integrante de la presente Resolución: · Oficina de Estudios y Registros Académicos Formulario: OERA 001 · Facultades - Formulario: F 001 · Escuela de Posgrado ­ Formulario: EPG 001 · Secretaría General ­ Formulario: SG 001, SG 002, SG 003, SG 004, SG 005 y Solicitud de Acceso a la Información Pública · Oficina de Recursos Humanos ­ Formulario: ORH 001 Artículo 15º.- Aprobar la actualización de términos porcentuales en relación a la Unidad Impositiva Tributariaque regirán durante el año 2018, sobre los derechos de tramitación de cada procedimiento administrativo establecidos en el TUPA de la Universidad Nacional Agraria La Molina, en función al valor de la UIT del año 2018. Artículo 16º.- Dejar sin efecto la Resolución Nº 0061-2015-R-UNALM de fecha 19 de febrero de 2015. Artículo 17º.- Encargar a la Secretaría General la difusión de la presente Resolución y sus anexos en el Portal Web de la UNALM y en el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas. Regístrese, comuníquese y archívese. ENRIQUE RICARDO FLORES MARIAZZA Rector PATRICIA ESTELA BEJAR LUQUE Secretaria General (e) 1705318-1 * El TUPA se publica en la página WEB del Diario Oficial El Peruano, sección Normas Legales.

Aprueban el Tarifario de treinta y dos servicios brindados por la Universidad Nacional Agraria La Molina
UNIVERSIDAD NACIONAL AGRARIA LA MOLINA RESOLUCIÓN Nº 0452-2018-R-UNALM La Molina, 8 de agosto de 2018 VISTO: La comunicación Nº OP/1097/2018 de fecha 08 de Agosto de 2018, emitida por el Jefe de la Oficina de Planeamiento, solicitando que se autorice la aprobación del Tarifario de la Universidad Nacional Agraria La Molina; CONSIDERANDO: Que, de acuerdo con lo establecido en el Artículo 5º, del Estatuto de la Universidad Nacional Agraria La Molina, aprobado mediante Resolución Nº 01-2015-AEUNALM, la UNALM goza de la más amplia libertad en el cumplimiento de sus fines. De hecho, la Constitución Política del Perú y la Ley Universitaria Nº 30220 que la rigen le reconocen autonomía académica, normativa, de gobierno, económica, y administrativa, así como la libertad de pensamiento y catedra; Que, el numeral 42.4 del artículo 42 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley de Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo Nº 006-2017-JUS, dispone que para aquellos servicios que no sean prestados en exclusividad, las entidades a través de Resolución del Titular del Pliego establecen los requisitos y costos correspondientes a ellos, los cuales deben ser debidamente difundidos para que sean de público conocimiento, respetando lo establecido en el Artículo 60 de la Constitución Política del Perú y las normas sobre represión de la competencia desleal; Que mediante, comunicación Nº 374/18 VR.AC, el Vicerrector Académico, Presidente del Comité de Dirección del Proceso de Simplificación Administrativa, remite el Acta de aprobación del Tarifario de la UNALM, de aquellos servicios, correspondientes al Centro de Admisión y Promoción, Oficina de Estudios y Registros Académicos, Escuela de Posgrado, Biblioteca Agrícola Nacional "Orlando Olcese" y Oficina de Secretaría General; Que, estando a lo propuesto por la Oficina de Planeamiento, según Informe Técnico Nº 011-2018-UREOP/UNALM, la Unidad de Racionalización y Estadística, propone para su aprobación el Tarifario de la Universidad Nacional Agraria La Molina; Que, de conformidad con lo establecido en el artículo 314º, literal b) del Reglamento General de la UNALM y, estando a las atribuciones conferidas al señor rector, como titular del pliego; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar el Tarifario de treinta y dos (32) servicios brindados por la Universidad Nacional Agraria La Molina, que como Anexo forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2º.- Encargar a la Oficina de Secretaría General, la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial el Peruano y el anexo en el Portal Institucional de la UNALM (www.lamolina.edu.pe). Regístrese, comuníquese y archívese. ENRIQUE RICARDO FLORES MARIAZZA Rector PATRICIA ESTELA BEJAR LUQUE Secretario General(e)

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