Norma Legal Oficial del día 26 de octubre del año 2018 (26/10/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 11

El Peruano / Viernes 26 de octubre de 2018

NORMAS LEGALES

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Artículo 3.- Disponer que el servidor público cuyo viaje se autoriza presente al Titular del Sector, dentro de los quince (15) días calendario siguientes a la realización del viaje, un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Artículo 4.- El cumplimiento de la presente Resolución Ministerial no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de aduana de cualquier clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. FRANCISCO ISMODES MEZZANO Ministro de Energía y Minas 1706384-1

INTERIOR
Autorizan viaje de personal policial a Venezuela, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1242-2018-IN Lima, 25 de octubre de 2018 VISTOS; el Oficio Nº 8897-2018-MP-FN-UCJIE (EXT 148-2017), de fecha 18 de setiembre de 2018, de la Unidad de Cooperación Judicial Internacional y de Extradiciones de la Fiscalía de la Nación, la Hoja de Estudio y Opinión Nº 374-2018-COMGEN PNP/ DIRASINT-DIVABI, de fecha 24 de octubre de 2018, de la Comandancia General de la Policía Nacional del Perú, el Oficio Nº 988-2018-COMGEN PNP/DIRASINT-DB, de fecha 24 de octubre de 2018, de la Jefatura de la División de Becas de la Dirección de Asuntos Internacionales de la Policía Nacional del Perú, el Informe Nº 002873-2018/ IN/OGAJ, de fecha 25 de octubre de 2018, de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior; y, CONSIDERANDO: Que, con Resolución Suprema Nº 029-2018-JUS, de fecha 14 de febrero de 2018, el Estado peruano accede a la solicitud de extradición activa del ciudadano peruano Jonathan Avilés Torres, formulada por el Tercer Juzgado Penal de la Corte Superior de Justicia de Lima Norte, y declarada procedente por Primera Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la República, para el cumplimiento de condena por el delito contra la Libertad Sexual - Violación de persona en incapacidad de resistir, en agravio de una persona con identidad reservada; y, disponer su presentación por vía diplomática a la República Bolivariana de Venezuela, de conformidad con la convención vigente y lo estipulado por las normas legales peruanas aplicables al caso; Que, mediante Oficio Nº 8897-2018-MP-FN-UCJIE (EXT 148-2017), de fecha 18 de setiembre de 2018, la Unidad de Cooperación Judicial Internacional y de Extradiciones de la Fiscalía de la Nación hace de conocimiento de la Oficina Central Nacional de INTERPOL de Lima, que se ha concedido la extradición activa del ciudadano peruano Jonathan Avilés Torres, motivo por el cual solicitan los nombres y planes de desplazamiento del personal policial que se va encargar de recibir, custodiar y trasladar al citado reclamado, desde la ciudad de Santiago de León de Caracas ­ República Bolivariana de Venezuela, hacia territorio peruano; Que, con Hoja de Estudio y Opinión Nº 374-2018-COMGEN PNP/DIRASINT-DIVABI, de fecha 24 de octubre de 2018, la Comandancia General de la Policía Nacional del Perú aprueba y estima conveniente que se prosiga con el trámite de la expedición de la Resolución que autorice el viaje al exterior, en comisión de servicios, de la Capitán de la Policía Nacional del Perú Cinthia Vianney Paredes Jara y del Suboficial Brigadier de la Policía Nacional del Perú José Manuel Blas Venturo, propuestos por la Oficina Central Nacional de INTERPOL

de Lima, del 26 de octubre al 1 de noviembre de 2018, a la ciudad de Santiago de León de Caracas ­ República Bolivariana de Venezuela, para que ejecuten la extradición activa antes citada; Que, los gastos por concepto de viáticos del citado personal policial, son asumidos por la Unidad Ejecutora 002: Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú, del Pliego 007, Ministerio del Interior, conforme lo precisa el Oficio Nº 5151-2018-DIRADMDIVECO-PNP/DEPPRE, de fecha 19 de octubre de 2018, del Departamento de Presupuesto de la División de Economía de la Policía Nacional del Perú, mientras que los gastos correspondientes a pasajes aéreos e impuestos de viaje para el personal policial y el extraditable, son asumidos por el Poder Judicial del Perú; Que, el artículo 3 del Reglamento de Viajes del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG, cuyos alcances son extensivos al Personal Policial y Civil de la Policía Nacional del Perú, conforme lo señala el Decreto Supremo Nº 001-2009-IN, establece que los viajes al exterior con carácter oficial comprende, entre otras, la modalidad Comisión de Servicios; Que, conforme al numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley Nº 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, la autorización para viajes al exterior de servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos deben realizarse en categoría económica y se aprueba conforme a lo establecido en la Ley 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus normas reglamentarias; Que, de acuerdo a lo establecido en el artículo 2 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, la resolución de autorización de viajes al exterior de la República estrictamente necesarios, es debidamente sustentada en el interés nacional o en el interés específico de la institución y debe indicar expresamente el motivo del viaje, el número de días de duración del viaje, el monto de los gastos de desplazamiento, viáticos y el impuesto por tarifa única de uso de aeropuerto; Que, el artículo 1 del Decreto Supremo Nº 047-2002PCM, modificado por el artículo 1 del Decreto Supremo Nº 005-2006-PCM, establece que la autorización de viajes al exterior de las personas, que viajen en representación del Poder Ejecutivo irrogando gastos al Tesoro Público, se otorga mediante Resolución Ministerial del Sector correspondiente, siempre que se sustenten en el interés nacional o en el interés específico de la institución, debiendo publicarse en el diario oficial "El Peruano"; Con la visación de la Comandancia General de la Policía Nacional del Perú y de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior; y, De conformidad con la Ley Nº 27619, Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos; el Decreto Supremo Nº 0472002-PCM, mediante el cual se aprueba las normas reglamentarias sobre la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018; el Decreto Legislativo Nº 1266, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior; y, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 004-2017-IN. SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje al exterior, en comisión de servicios, de la Capitán de la Policía Nacional del Perú Cinthia Vianney Paredes Jara y del Suboficial Brigadier de la Policía Nacional del Perú José Manuel Blas Venturo, del 26 de octubre al 1 de noviembre de 2018, a la ciudad de Santiago de León de Caracas ­ República Bolivariana de Venezuela, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Los gastos por concepto de viáticos que ocasione el viaje a que se hace referencia en el artículo 1º de la presente Resolución, se efectúan con cargo a la

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