Norma Legal Oficial del día 26 de octubre del año 2018 (26/10/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 27

El Peruano / Viernes 26 de octubre de 2018
Localidad: LLAMA-SEXI

NORMAS LEGALES

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Plan de Asignación de Frecuencias Plan de Canalización Plan de Asignación Canales Frec. Video (MHz) Frec. Audio (MHz) 3 61.25 65.75 6 83.25 87.75 8 181.25 185.75 10 193.25 197.75 12 205.25 209.75 Total de canales: 5 La máxima e.r.p. a ser autorizada en esta localidad será: 0.1 KW. Localidad: CALQUIS-LLAPA-SAN SILVESTRE DE COCHAN MIGUEL DE PALLAQUES-SAN

VISTOS, el Oficio N° 063-2018-G.G/EMAPAHVCA S.A. de la Empresa Municipal de Agua Potable y Alcantarillado de Huancavelica Sociedad Anónima (EMAPA - HVCA. S.A.), el Informe N° 194-2018-VIVIENDA/ VMCS-DGPRCS-DS de la Dirección de Saneamiento y el Memorándum N° 686-2018-VIVIENDA/VMCS/DGPRCS de la Dirección General de Políticas y Regulación en Construcción y Saneamiento; y, CONSIDERANDO: Que, el Decreto Legislativo N° 1280, que aprueba la Ley Marco de la Gestión y Prestación de los Servicios de Saneamiento tiene por objeto establecer las normas que rigen la prestación de los servicios de saneamiento a nivel nacional, en los ámbitos urbano y rural, con la finalidad de lograr el acceso universal, el aseguramiento de la calidad y la prestación eficiente y sostenible de los mismos, promoviendo la protección ambiental y la inclusión social, en beneficio de la población; Que, el numeral 52.1 del artículo 52 de la citada Ley Marco, establece que el Directorio de las empresas prestadoras públicas de accionariado municipal está compuesto por tres (3) miembros, entre otros; por un (1) representante, titular y suplente, de la Sociedad Civil, propuesto por los colegios profesionales, cámaras de comercio y universidades, según sus estatutos o normas pertinentes; Que, los numerales 53.3 y 53.4 del artículo 53 de la Ley Marco establecen que la designación del representante de la Sociedad Civil es efectuada por el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento a través de Resolución Ministerial, considerando a los candidatos propuestos por los colegios profesionales, cámaras de comercio y universidades; la cual tiene mérito suficiente para su inscripción en el Registro de Personas Jurídicas de la oficina registral correspondiente, siendo el único documento necesario para dicho fin; Que, el Reglamento del Decreto Legislativo que aprueba la Ley Marco de la Gestión y Prestación de los Servicios de Saneamiento, en adelante el Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 019-2017-VIVIENDA, dispone en el numeral 63.4 del artículo 63 que la designación del director, titular y suplente, representante de la Sociedad Civil la realiza el MVCS, mediante Resolución Ministerial, entre la terna de candidatos aptos propuestos por los colegios profesionales, cámaras de comercio y universidades, ubicadas en el ámbito de responsabilidad de la empresa prestadora. De no haber ninguna entidad, se debe invitar a aquellas que tengan mayor cercanía al ámbito de responsabilidad de la empresa prestadora. Asimismo, el numeral 63.5 del citado artículo, dispone que la empresa prestadora de servicios de saneamiento pública de accionariado municipal solicita a los colegios profesionales, cámaras de comercio y universidades que remitan al MVCS los expedientes de los candidatos propuestos a través de los estatutos o normas pertinentes, para la revisión y evaluación correspondiente; Que, mediante Resolución Ministerial N° 467-2017-VIVIENDA, se aprobó, entre otros, el "Procedimiento para la elección, designación y vacancia de directores de las Empresas Prestadoras de Servicios de Saneamiento Públicas de Accionariado Municipal" el cual tiene por finalidad regular el procedimiento de elección y designación de directores, precisar los requisitos, etapas, plazos y las acciones que los involucrados en el citado procedimiento deben cumplir y ejecutar, garantizando con ello, el cumplimiento de las disposiciones contenidas en la Ley Marco y su Reglamento; Que, mediante Resolución Ministerial N° 228-2018-VIVIENDA, establece principalmente: i) la derogación de la Resolución Ministerial N° 467-2017-VIVIENDA; ii) la aprobación del "Procedimiento para la Designación y Vacancia de Directores de las Empresas Prestadoras de Servicios de Saneamiento Públicas de Accionariado Municipal"; y iii) que los procedimientos de elección y designación

Plan de Asignación de Frecuencias Plan de Canalización Plan de Asignación Canales Frec. Video (MHz) Frec. Audio (MHz) 2 55.25 59.75 4 67.25 71.75 6 83.25 87.75 8 181.25 185.75 10 193.25 197.75 12 205.25 209.75 Total de canales: 6 La máxima e.r.p. a ser autorizada en esta localidad será: 0.5 KW. Localidad: CATILLUC-TONGOD Plan de Asignación de Frecuencias Plan de Canalización Plan de Asignación Canales Frec. Video (MHz) Frec. Audio (MHz) 2 55.25 59.75 4 67.25 71.75 5 77.25 81.75 7 175.25 179.75 9 187.25 191.75 11 199.25 203.75 13 211.25 215.75 Total de canales: 7 La máxima e.r.p. a ser autorizada en esta localidad será: 0.1 KW.

Artículo 2.- La Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones es la dependencia responsable de la observancia de las condiciones técnicas previstas en los Planes de Asignación de Frecuencias aprobados. En tal sentido, en la evaluación de las solicitudes de autorización y de modificación de características técnicas observará su estricto cumplimiento. Asimismo, la citada Dirección General, en la evaluación de las solicitudes de autorización para prestar el servicio de radiodifusión por televisión en VHF, cautelará el cumplimiento de las disposiciones previstas en el Plan Maestro para la Implementación de la Televisión Digital Terrestre en el Perú, aprobado mediante Decreto Supremo N° 017-2010-MTC y sus modificatorias. Regístrese, comuníquese y publíquese. ROSA VIRGINIA NAKAGAWA MORALES Viceministra de Comunicaciones 1705817-1

VIVIENDA, CONSTRUCCION Y SANEAMIENTO
Designan Director Titular y Director Suplente en representación de la Sociedad Civil, en el Directorio de la Empresa Municipal de Agua Potable y Alcantarillado de Huancavelica Sociedad Anónima EMAPA-HVCA S.A.
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 363-2018-VIVIENDA Lima, 25 de octubre del 2018

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