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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2018 (12/09/2018)

CANTIDAD DE PAGINAS: 116

TEXTO PAGINA: 37

37 NORMAS LEGALES Miércoles 12 de setiembre de 2018 El Peruano / Comunicación, Historia, Geografía y Economía; y de Ciencia, Tecnología y Ambiente, a desarrollarse en el año 2018 para el Ítem 3 que abarca la UGEL Lucanas, UGEL Huamanga, UGEL Cangallo, UGEL Huanta, UGEL Parinacochas, UGEL Paucar de Sarasara, UGEL Sucre, UGEL Víctor Fajardo y UGEL Vilcashuamán de la Región Ayacucho; Que, la Cláusula Sexta: Financiamiento y Rendición de Cuentas del citado Convenio, establece que en el marco de lo dispuesto en la Décima Novena Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30693, se transferirá a favor de la Universidad Nacional de San Cristóbal de Huamanga hasta la suma de S/ 3 218,997.40 (TRES MILLONES DOSCIENTOS DIECIOCHO MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y SIETE Y 40/100 SOLES) la cual cubrirá los costos administrativos efectivamente realizados por la Universidad para el cumplimiento del objeto del citado Convenio; asimismo, señala que el monto de fi nanciamiento será transferido a la Universidad en dos oportunidades: a) La primera transferencia fi nanciera corresponde al 80% del monto total del Convenio que asciende a la suma de hasta S/ 2 575,197.92 (DOS MILLONES QUINIENTOS SETENTA Y CINCO MIL CIENTO NOVENTA Y SIETE Y 92/100 SOLES), y b) La segunda transferencia fi nanciera correspondiente al 20% del monto total del Convenio que asciende a la suma de hasta S/ 643 799,48 (SEISCIENTOS CUARENTA Y TRES MIL SETECIENTOS NOVENTA Y NUEVE Y 48/100 SOLES); Que, mediante Memorándum Nº 474-2018-MINEDU/ VMGP/DIGEDD-DIFODS e Informe Nº 493-2018-MINEDU/VMGP/DIGEDD-DIFODS, la Dirección de Formación Docente en Servicio de la Dirección General de Desarrollo Docente, sustenta y solicita se realice la primera transferencia fi nanciera a la que se hace referencia en el considerando precedente; Que, a través del Informe Nº 678-2018-MINEDU/SPE- OPEP-UPP, la Unidad de Plani fi cación y Presupuesto de la O fi cina de Plani fi cación Estratégica y Presupuesto de la Secretaría de Plani fi cación Estratégica emite opinión favorable a la Transferencia Financiera a efectuarse a favor de la Universidad Nacional de San Cristóbal de Huamanga hasta por la suma de S/ 2 575,197.92 (DOS MILLONES QUINIENTOS SETENTA Y CINCO MIL CIENTO NOVENTA Y SIETE Y 92/100 SOLES) con cargo a los recursos de la Unidad Ejecutora 026: Programa de Educación Básica para Todos, por la Fuente de Financiamiento 1: Recursos Ordinarios; Que, por lo expuesto resulta necesario autorizar una Transferencia Financiera por la suma de S/ 2 575,197.92 (DOS MILLONES QUINIENTOS SETENTA Y CINCO MIL CIENTO NOVENTA Y SIETE Y 92/100 SOLES); Con el visado de la Secretaría General, de la Secretaría de Plani fi cación Estratégica, de la O fi cina de Plani fi cación Estratégica y Presupuesto, de la Unidad de Plani fi cación y Presupuesto, de la Dirección General de Desarrollo Docente, la Dirección de Formación Docente en Servicio y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto por el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo Nº 006-2017-JUS; la Ley Nº 30693, Ley de Presupuesto para el Sector Público para el Año Fiscal 2018; el Decreto Ley Nº 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modi fi cado por la Ley Nº 26510; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 001-2015-MINEDU; y, la Directiva Nº 005-2010-EF/76.01, Directiva para la Ejecución Presupuestaria, aprobada por Resolución Directoral Nº 030-2010-EF/76.01; SE RESUELVE:Artículo 1.- Autorizar una Transferencia Financiera del Pliego 010: Ministerio de Educación, Unidad Ejecutora 026: Programa Educación Básica para Todos, hasta por la suma de S/ 2 575 197,92 (DOS MILLONES QUINIENTOS SETENTA Y CINCO MIL CIENTO NOVENTA Y SIETE Y 92/100 SOLES), por la Fuente de Financiamiento 1: Recursos Ordinarios, a favor del Pliego 516: U.N. SAN CRISTOBAL DE HUAMANGA, para fi nanciar la Primera Transferencia en el marco del Convenio Nº 347-2018-MINEDU, Convenio de Cooperación Interinstitucional entre el Ministerio de Educación y la Universidad Nacional de San Cristóbal de Huamanga para la ejecución e implementación del Programa de Formación en Servicio para Docentes del Nivel de Educación Secundaria a desarrollarse en el Año 2018. Artículo 2.- Los recursos de la Transferencia Financiera a que hace referencia el artículo precedente no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son transferidos. Artículo 3.- La Dirección de Formación Docente en Servicio de la Dirección General de Desarrollo Docente, en el ámbito de sus competencias, es responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fi nes, metas físicas y fi nancieras, para los cuales se realiza la presente transferencia en el marco de lo dispuesto en el Convenio de Cooperación Interinstitucional Nº 347-2018-MINEDU. Artículo 4.- Copia de la presente Resolución se remite a la O fi cina General de Administración, para que efectúe las acciones que corresponden. Regístrese, comuníquese y publíquese.DANIEL ALFARO PAREDES Ministro de Educación 1690479-5 RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 495-2018-MINEDU Lima, 11 de setiembre 2018CONSIDERANDO:Que, en el marco de lo dispuesto por la Ley Nº 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, mediante Resolución Ministerial Nº 725-2017-MINEDU, se aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura de Gastos correspondiente al Año Fiscal 2018 del Pliego 010: Ministerio de Educación, por la suma de S/ 9 839 253 844,00 (NUEVE MIL OCHOCIENTOS TREINTA Y NUEVE MILLONES DOSCIENTOS CINCUENTA Y TRES MIL OCHOCIENTOS CUARENTA Y CUATRO Y 00/100 SOLES) por toda Fuente de Financiamiento; Que, la Décima Novena Disposición Complementaria Final de la Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, autoriza a las entidades del Gobierno Nacional, durante el Año Fiscal 2018, la realización, de manera excepcional, de transferencias fi nancieras para cubrir los costos realizados por las entidades públicas con las cuales suscriban convenios de colaboración interinstitucional, en el marco de lo establecido en el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo N° 006-2017-JUS, para los procesos de formación, capacitación, innovación y evaluación en materia educativa, para la asistencia técnica y el monitoreo de la ejecución de proyectos de inversión vinculados a materia educativa, y de capacitación en competencias básicas y transversales para el empleo; asimismo, establece que las citadas transferencias fi nancieras se aprueban mediante resolución del Titular del pliego, previo informe favorable de la o fi cina de presupuesto o la que haga sus veces en la entidad del Gobierno Nacional que trans fi ere los recursos. Dicha resolución se publica en el diario o fi cial El Peruano. Finalmente señala que la entidad del Gobierno Nacional es responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fi nes y metas para los cuales les fueron entregados los recursos. Los recursos públicos, bajo responsabilidad, deben ser destinados solo para los fines para los cuales se autorizó su transferencia conforme a la presente disposición; Que, mediante Resolución Ministerial N° 109-2018-MINEDU, se aprueba la Norma Técnica denominada “Disposiciones para la implementación del Programa de Formación en Servicio para Docentes del Nivel de Educación Secundaria a desarrollarse en el año 2018”, modi fi cada por la Resolución Ministerial N° 375-2018-MINEDU, la cual tiene como objetivo general