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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2018 (12/09/2018)

CANTIDAD DE PAGINAS: 116

TEXTO PAGINA: 27

27 NORMAS LEGALES Miércoles 12 de setiembre de 2018 El Peruano / y en uso de las atribuciones conferidas en el Manual de Operaciones, aprobado mediante Resolución Ministerial N° 0015-2015-MINAGRI; SE RESUELVE:Artículo 1.- DESIGNAR al Ingeniero Agrícola RICHARD DANIEL MIGUEL JAIMES en el cargo de Director de la Dirección Zonal Huánuco del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural – AGRO RURAL, del Ministerio de Agricultura y Riego, cargo considerado de confi anza. Artículo 2.- DISPONER la publicación de la presente resolución en el Diario O fi cial “El Peruano” y en el Portal Electrónico del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural – AGRO RURAL (www.agrorural.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese.JACQUELINE QUINTANA FLORES Directora EjecutivaPrograma de Desarrollo ProductivoAgrario Rural - AGRO RURAL 1690035-1 CUL TURA Modifican R.M. Nº 403-2014-MC mediante la cual se conformó el Grupo de Trabajo encargado de coordinar, proponer y dar seguimiento a políticas públicas que involucran a los pueblos indígenas y/o requieren un enfoque de interculturalidad, de manera participativa RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 357-2018-MC Lima, 11 de setiembre de 2018VISTOS; el Memorando Nº 900071-2018/VMI/MC del Despacho Viceministerial de Interculturalidad; la Hoja de Elevación Nº 900041-2018/DGCI/VMI/MC de la Dirección General de Ciudadanía Intercultural; y, CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución Ministerial Nº 403-2014- MC de fecha 6 de noviembre de 2014, se conforma el Grupo de Trabajo de naturaleza permanente, encargado de coordinar, proponer y dar seguimiento a las políticas públicas que involucran a los pueblos indígenas y/o requieren un enfoque de interculturalidad, de manera participativa, entre representantes del Viceministerio de Interculturalidad y los pueblos indígenas, a través de sus organizaciones nacionales representativas; Que, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 10 del Reglamento de Organización y Funciones – ROF del Ministerio de Cultura, aprobado por el Decreto Supremo Nº 005-2013-MC, el Viceministerio de Interculturalidad es la autoridad inmediata a la Ministra de Cultura en materia de interculturalidad e inclusión de pueblos indígenas u originarios y población afroperuana; Que, el artículo 84 del precitado ROF, Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2013-MC, señala que la Dirección General de Ciudadanía Intercultural es el órgano de línea encargado del diseño y la ejecución de políticas integrales de interculturalidad, de defensa, protección y promoción de los derechos de los pueblos indígenas y población afroperuana, promoviendo la pluralidad étnica y cultural, construyendo una ciudadanía intercultural y combatiendo la discriminación étnico-racial; Que, a través de la Hoja de Elevación Nº 900041- 2018/DGCI/VMI/MC, la Dirección General de Ciudadanía Intercultural remite al Despacho Viceministerial de Interculturalidad el Informe Nº 900011-2018-AHV/DIN/ DGCI/VMI/MC de la Dirección de Políticas Indígenas, donde se señala que las organizaciones indígenas han expresado que los acuerdos que se logran en marco del GTPI no logran vincular a los sectores o instituciones del Estado que tienen responsabilidades determinadas en las materias de su interés como son titulación de comunidades campesinas y nativas, salud intercultural, educación intercultural, entre otros; Que, en ese sentido, los días 14 y 15 de Junio de 2018 se llevó a cabo la Décimo Séptima Reunión Ordinaria del Grupo de Trabajo de Políticas Indígenas, en la cual se aprobó por consenso la propuesta de modi fi cación de la Resolución Ministerial Nº 403-2014-MC, la cual busca fortalecer la participación de las organizaciones nacionales representativas de pueblos indígenas y la estructura del Grupo de Trabajo y mejorar el seguimiento de los compromisos asumidos con los diferentes sectores e instituciones en el marco de sus sesiones, buscando así adecuarse a las necesidades planteadas por las Organizaciones Nacionales Representativas de los Pueblos Indígenas; Que, entre las modi fi caciones propuestas destacan la del objeto del Grupo de Trabajo, de fi niéndolo como un espacio y vínculo para el diálogo, resaltando su papel como nexo entre el Poder Ejecutivo y los pueblos indígenas u originarios para la atención de sus demandas; la incorporación de Subgrupos de trabajo temáticos, con la fi nalidad de promover acciones sobre distintas materias de la agenda del Grupo de Trabajo; la creación de la Comisión de Seguimiento, a fi n de fortalecer los compromisos asumidos por los distintos sectores e instituciones en el marco de las reuniones del Grupo de Trabajo; y la incorporación de el/la Director/a General de la Dirección General de Ciudadanía Intercultural o su representante, en reemplazo del Director General de la Dirección General de Derechos de los Pueblos Indígenas o su representante; Que, mediante el Memorando Nº 900071-2018/VMI/ MC el Despacho Viceministerial de Interculturalidad remite la propuesta de modi fi cación de la Resolución Ministerial Nº 403-2014-MC, para su trámite; De conformidad con la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura; y su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2013-MC; SE RESUELVE:Artículo 1.- Incorporación de los artículos 1-A, 2-A, 3-A, 4-A, 4-B, a la Resolución Ministerial Nº 403-2014- MC Incorpóranse los artículos 1-A, 2-A, 3-A, 4-A, 4-B, a la Resolución Ministerial Nº 403-2014-MC, en los términos siguientes: “Artículo 1-A.- Del objeto del Grupo de Trabajo El Grupo de Trabajo de Políticas Indígenas es la instancia de proposición, coordinación, participación, evaluación y seguimiento de los compromisos asumidos entre el Poder Ejecutivo y los pueblos indígenas u originarios a través de sus organizaciones indígenas nacionales, presidida y coordinada a través de el/la Viceministro/a de Interculturalidad del Ministerio de Cultura, o su representante”. “Artículo 2-A.- De la Presidencia y Vicepresidencia La Presidencia del Grupo de Trabajo de Políticas Indígenas está a cargo de el/la Viceministro/a de Interculturalidad del Ministerio de Cultura, o su representante, el/la cual preside y representa al grupo. Las convocatorias estarán a cargo de la Presidencia quien cursará invitaciones a los/las Ministros/as, Viceministros/as y altos/as funcionarios/as de las diversas instituciones que participan en las reuniones del grupo, según corresponda. La Vicepresidencia del Grupo de Trabajo estará a cargo de el/la representante de la organización nacional representativa de los pueblos indígenas u originarios que integra este Grupo de Trabajo, elegido/a de forma