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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2018 (14/09/2018)

CANTIDAD DE PAGINAS: 76

TEXTO PAGINA: 76

4 NORMAS LEGALES Viernes 14 de setiembre de 2018 / El Peruano SALUD Disponen que alcances del Documento Técnico: “Plan de Implementación de Puestos de Vacunación en Zonas de Frontera”, no resultan aplicables para aquellos ciudadanos cuyos países tienen cobertura de vacunación contra el sarampión igual o mayor al 90% RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 837-2018/MINSA Lima, 14 de setiembre del 2018Visto, el Expediente Nº 18-094354-001, que contiene el Informe Nº 86-2018-DMUNI-DGIESP/MINSA, de la Dirección General de Intervenciones Estratégicas en Salud Pública; CONSIDERANDO: Que, los numerales I y II del Título Preliminar de la Ley Nº 26842, Ley General de Salud, disponen que la salud es condición indispensable del desarrollo humano y medio fundamental para alcanzar el bienestar individual y colectivo, y que la protección de la salud es de interés público. Por tanto, es responsabilidad del Estado regularla, vigilarla y promoverla; Que, los numerales X, XII y XIV del Título Preliminar de la norma antes referida establecen que toda persona dentro del territorio nacional está sujeta al cumplimiento de la norma de salud; igualmente, el ejercicio del derecho al libre tránsito está sujeto a limitaciones que establece la ley en resguardo de la salud pública, y toda persona está obligada a proporcionar a la Autoridad de Salud la información que le sea exigible de acuerdo a ley; Que, el numeral 1) del artículo 3 del Decreto Legislativo Nº 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud dispone como ámbito de competencia del Ministerio de Salud, la salud de las personas; Que, el artículo 4 de la precitada Ley dispone que el Sector Salud está conformado por el Ministerio de Salud, como organismo rector, las entidades adscritas a él y aquellas instituciones públicas y privadas de nivel nacional, regional y local, y personas naturales que realizan actividades vinculadas a las competencias establecidas en dicha Ley, y que tienen impacto directo o indirecto en la salud, individual o colectiva; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 799-2018/ MINSA, se aprobó el Documento Técnico: “Plan de Implementación de Puestos de Vacunación en Zonas de Frontera”, cuya fi nalidad es reducir el riesgo de transmisión de las enfermedades Inmunoprevenibles en el país, frente a los casos de importación de personas que ingresan al país, y evitar el restablecimiento de la transmisión endémica de los virus del sarampión en nuestro país; Que, el artículo 63 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2017-SA, modi fi cado por Decreto Supremo Nº 011-2017-SA, establece que la Dirección General de Intervenciones Estratégicas en Salud Pública es el órgano de línea del Ministerio de Salud, dependiente del Viceministerio de Salud Pública, competente para dirigir y coordinar las intervenciones estratégicas de Salud Pública, entre otros, en materia de Inmunizaciones; Que, mediante el documento del visto, la Dirección General de Intervenciones Estratégicas en Salud Pública recomienda que los alcances del Documento Técnico: “Plan de Implementación de Puestos de Vacunación en Zonas de Frontera”, no resulten aplicables para aquellos ciudadanos cuyos países tienen cobertura de vacunación contra el sarampión mayor al 90%, de acuerdo al reporte de la Organización Mundial de la Salud (OMS); Estando a lo propuesto por la Dirección General de Intervenciones Estratégicas en Salud Pública; Que, mediante el Informe Nº 621-2018-OGAJ/MINSA, la Ofi cina General de Asesoría Jurídica ha emitido opinión legal; Con el visado del Director General de la Dirección General de Intervenciones Estratégicas en Salud Pública, del Director General de la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, del Director General de la O fi cina General de Asesoría Jurídica, del Secretario General, de la Viceministra de Salud Pública y del Viceministro de Prestaciones y Aseguramiento en Salud; y, De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2017-SA, modi fi cado por Decreto Supremo Nº 011- 2017-SA y Decreto Supremo Nº 032-2017-SA; SE RESUELVE:Artículo 1 .- Disponer, a partir de la fecha, que los alcances del Documento Técnico: “Plan de Implementación de Puestos de Vacunación en Zonas de Frontera”, aprobado por Resolución Ministerial Nº 799-2018/MINSA, no resultan aplicables para aquellos ciudadanos cuyos países tienen cobertura de vacunación contra el sarampión igual o mayor al 90%, de acuerdo al reporte de la Organización Mundial de la Salud (OMS). Artículo 2.- Encargar a la O fi cina de Transparencia y Anticorrupción de la Secretaría General la publicación de la presente Resolución Ministerial en el portal institucional del Ministerio de Salud. Regístrese, comuníquese y publíquese. SILVIA ESTER PESSAH ELJAY Ministra de Salud 1692071-1 REQUISITO PARA PUBLICACIÓN DE NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Organismos constitucionales autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que para efectos de la publicación de sus disposiciones en general (normas legales, reglamentos jurídicos o administrativos, resoluciones administrativas, actos de administración, actos administrativos, etc) con o sin anexos, que contengan más de una página, se adjuntará un CD o USB en formato Word con su contenido o éste podrá ser remitido al correo electrónico normaslegales@editoraperu.com.pe. GERENCIA DE PUBLICACIONES OFICIALES