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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2018 (29/09/2018)

CANTIDAD DE PAGINAS: 156

TEXTO PAGINA: 15

15 NORMAS LEGALES Sábado 29 de setiembre de 2018 El Peruano / pocillos, tinajas, saleros, azucareros, fruteros, tazas, entre otros; Que, la organización del trabajo es tradicional, se aprenden y transmiten las técnicas y los conocimientos afi nes dentro del taller familiar. Los talleres han sido acondicionados con rótulos publicitarios, disponen de espacios para el almacenaje de materias primas, de molienda de tierras, de producción y de exhibición. Las familias están especializadas en la producción exclusiva de determinados objetos, por ejemplo, algunas solo elaboran los urpus, otros se dedican a los rakis, a la kinsaqocha, u optan por los platos o p’uku; Que, la comercialización de los ceramios se da en el mercado de San Pedro de K’acha y en las provincias aledañas, en ocasiones se realiza el trueque. Hoy, la cerámica de Raqchi tiene en los circuitos turísticos una demanda signi fi cativa por la perfección de las piezas, por la iconografía presente en ellas, así como por su similitud con la alfarería Inca y, los ceramistas, se proponen difundirla en espacios que de difusión y de revaloración de arte popular tradicional; Que, conjuntamente con las referencias citadas en el Informe N° 900128-2018/DPI/DGPC/VMPCIC/MC de la Dirección de Patrimonio Inmaterial, se detallan las características, importancia, valor, alcance y signi fi cados de los Conocimientos, saberes y prácticas asociados a la producción de cerámica en Raqchi, del distrito de San Pedro, provincia de Canchis, departamento de Cusco; motivo por el cual, dicho informe constituye parte integrante de la presente Resolución Viceministerial, conforme a lo dispuesto en el artículo 6 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante Decreto Supremo N° 006-2017-JUS; Que, mediante Resolución Ministerial N° 338-2015- MC, se aprobó la Directiva N° 003-2015-MC, Declaratoria de las Manifestaciones del Patrimonio Cultural de la Nación y Declaratoria de Interés Cultural, en la que se establecen los lineamientos y normas para la tramitación del expediente de declaratoria de Patrimonio Cultural de la Nación de las manifestaciones del patrimonio cultural inmaterial, correspondiendo al Viceministerio de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales declarar las manifestaciones del patrimonio cultural inmaterial como Patrimonio Cultural de la Nación; De conformidad con lo establecido en la Constitución Política del Perú; la Ley N° 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación; la Ley N° 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura; el Decreto Supremo Nº 011-2006-ED, que aprueba el Reglamento de la Ley N° 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación; el Decreto Supremo Nº 005-2013-MC, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura; y la Directiva Nº 003-2015-MC, aprobada por Resolución Ministerial Nº 338-2015-MC; SE RESUELVE:Artículo 1.- Declarar Patrimonio Cultural de la Nación a los Conocimientos, saberes y prácticas asociados a la producción de cerámica en Raqchi, distrito de San Pedro, provincia de Canchis, departamento de Cusco; en tanto constituyen un legado del Tawantinsuyu que ha sido transmitido de generación en generación y que conserva la memoria histórica y plástica del pueblo del Cusco. Artículo 2.- Encargar a la Dirección de Patrimonio Inmaterial en coordinación con la Dirección Desconcentrada de Cultura de Cusco y la comunidad de portadores, la elaboración de un informe detallado cada cinco (5) años sobre el estado de la expresión declarada, de modo que el registro institucional pueda ser actualizado en cuanto a los cambios producidos en la manifestación, los riesgos que pudiesen surgir en su vigencia, y otros aspectos relevantes, a efectos de realizar el seguimiento institucional de su desenvolvimiento y salvaguardia, de ser el caso. Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución Viceministerial en el Diario O fi cial “El Peruano”, así como su difusión en el Portal Institucional del Ministerio de Cultura (www.cultura.gob.pe) conjuntamente con el Informe N° 900128-2018/DPI/DGPC/VMPCIC/MC.Artículo 4.- Noti fi car la presente Resolución Viceministerial y el Informe N° 900128-2018/DPI/DGPC/VMPCIC/MC a la Dirección Desconcentrada de Cultura de Cusco y a la Municipalidad Distrital de San Pedro, para los fi nes consiguientes. Regístrese, comuníquese y publíquese.LUIS FELIPE VILLACORTA OSTOLAZA Viceministro de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales 1696363-1 DESARROLLO E INCLUSION SOCIAL Designan jefa de la Unidad Territorial de Ancash del Programa Nacional Cuna Más RESOLUCIÓN DE DIRECCIÓN EJECUTIVA N° 983-2018-MIDIS/PNCM Lima, 28 de setiembre de 2018VISTO:El Memorándum N° 1093-2018-MIDIS/PNCM-UGTH, de fecha 26 de septiembre de 2018, de la Unidad de Gestión del Talento Humano; el Memorándum N° 306 -2018-MIDIS/PNCM/DE, del 25 de septiembre de 2018, de la Dirección Ejecutiva; el Informe Nº 1071-2018- MIDIS/PNCM/UAJ, del 28 de septiembre de 2018, de la Unidad de Asesoría Jurídica y; CONSIDERANDO: Que, mediante Ley N° 29792 se creó el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, determinándose su ámbito, competencias, funciones y estructura orgánica básica; Que, a través del Decreto Supremo N° 006-2017-MIDIS se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social; Que, mediante el Decreto Supremo N° 003-2012-MIDIS se creó el Programa Nacional Cuna Más, como programa social focalizado, adscrito al Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, con el propósito de brindar atención integral a niñas y niños menores de 36 meses de edad en zonas en situación de pobreza y pobreza extrema, el cual brinda sus servicios a través de dos modalidades de intervención: a) Cuidado Diurno y b) Acompañamiento a Familias, y cuyo plazo de vigencia fue ampliado mediante Decreto Supremo N° 014-2017-MIDIS hasta el 31 de diciembre del 2022; Que, mediante Resolución Ministerial N° 274-2017-MIDIS, publicada con fecha 12 de diciembre de 2017, se resolvió aprobar el Manual de Operaciones del Programa Nacional Cuna Más, en el cual se determina su estructura, funciones generales, funciones especí fi cas de las unidades que lo integran, así como los principales procesos estratégicos, misionales y de apoyo de conformidad con los lineamientos establecidos por el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social; Que, la Dirección Ejecutiva es la máxima autoridad ejecutiva y administrativa del Programa Social que depende jerárquica y funcionalmente del Despacho Viceministerial de Prestaciones Sociales del MIDIS y tiene a su cargo la decisión estratégica, conducción y supervisión de la gestión del Programa Social. se encuentra a cargo de una Directora Ejecutiva quien ejerce la representación legal del Programa y la Titularidad de la Unidad Ejecutora; Que, mediante Resolución de Dirección Ejecutiva N° 1603-2017-MIDIS/PNCM, de fecha 14 de diciembre de 2017, se aprobó el Manual de Clasi fi cador de Cargos del Programa Nacional Cuna Más, a fi n de establecer las características básicas generales de los cargos funcionales del Programa; Que, mediante Resolución Ministerial N° 011-2018- MIDIS, se aprobó el Cuadro para Asignación de Personal