NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2018 (29/09/2018)
CANTIDAD DE PAGINAS: 156
TEXTO PAGINA: 19
19 NORMAS LEGALES Sábado 29 de setiembre de 2018 El Peruano / CONSIDERANDO: Que, el artículo 98 del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado por Decreto Supremo Nº 133-2013-EF, establece que el número de Salas Especializadas en el Tribunal Fiscal se aprueba mediante Decreto Supremo, según las necesidades operativas de dicho Tribunal; Que, el ingreso de expedientes de apelación por tributos municipales se viene incrementando, lo que afecta la gestión del Tribunal Fiscal para llevar a cabo un adecuado cumplimiento de sus funciones; Que, en consecuencia, existe la necesidad operativa de aumentar el número de Salas Especializadas, a fi n de coadyuvar a la resolución de expedientes con mayor celeridad, lo que conlleva a una mejora en la atención al ciudadano; De conformidad con lo dispuesto por el artículo 98 del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado por Decreto Supremo Nº 133-2013-EF, y en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; DECRETA: Artículo 1.- Aprobación de Salas Especializadas Apruébase el funcionamiento de dos (02) nuevas Salas Especializadas en el Tribunal Fiscal. Artículo 2.- Refrendo El Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintiocho días del mes de setiembre del año dos mil dieciocho. MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO Presidente de la República CARLOS OLIVA NEYRA Ministro de Economía y Finanzas 1697201-4 Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018 a favor de los Pliegos Gobiernos Regionales para financiar la implementación de intervenciones y acciones pedagógicas DECRETO SUPREMO Nº 221-2018-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICACONSIDERANDO:Que, mediante Ley Nº 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, se aprueba, entre otros, el presupuesto institucional del pliego 010: Ministerio de Educación; Que, mediante el párrafo 27.1 del artículo 27 de la Ley Nº 30693, el Ministerio de Educación está autorizado a efectuar modificaciones presupuestarias en el nivel institucional a favor de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, hasta por el monto de S/ 467 000 000,00 (CUATROCIENTOS SESENTA Y SIETE MILLONES Y 00/100 SOLES), en el marco del párrafo 80.2 del artículo 80 de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, para el fi nanciamiento de intervenciones y acciones pedagógicas a cargo de los Gobiernos Regionales, las que se determinan mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y el Ministro de Educación, a propuesta de este último; asimismo, mediante el Decreto Supremo Nº 005-2018-MINEDU se aprueban las intervenciones y acciones pedagógicas a cargo de los Gobiernos Regionales;Que, con el párrafo 27.2 del citado artículo se señala que el fi nanciamiento para el caso de los Gobiernos Regionales se efectúa progresivamente y en etapas hasta el tercer trimestre del año fi scal 2018, asimismo, cada transferencia se efectúa en base a los resultados de la ejecución de los recursos asignados en el presupuesto institucional de los Gobiernos Regionales y de la ejecución de la última transferencia efectuada para las mencionadas intervenciones, salvo la primera transferencia; Que, el párrafo 80.2 del artículo 80 de la Ley Nº 28411, establece que las entidades que cuenten con programas presupuestales pueden realizar modi fi caciones presupuestarias en el nivel institucional con cargo a los recursos asignados a dichos programas, siempre que el pliego habilitado cuente con productos o proyectos del mismo programa, las mismas que se aprueban mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y el Ministro del Sector correspondiente, a propuesta de este último, previo informe favorable de la Dirección General de Presupuesto Público; Que, la Unidad de Plani fi cación y Presupuesto de la O fi cina de Plani fi cación Estratégica y Presupuesto de la Secretaría de Plani fi cación Estratégica del Ministerio de Educación, mediante Informes Nºs. 716 y 742-2018-MINEDU/SPE-OPEP-UPP ha sustentado la transferencia solicitada y ha veri fi cado que en el presupuesto institucional del pliego 010: Ministerio de Educación, Unidad Ejecutora 026: Programa Educación Básica para Todos, en la Fuente de Financiamiento 1: Recursos Ordinarios, en el Programa Presupuestal 0090: Logros de aprendizaje de estudiantes de la Educación Básica Regular, y las Categorías Presupuestales 9001: Acciones Centrales y 9002: Asignaciones Presupuestarias que no Resultan en Productos, se cuenta con recursos disponibles para el fi nanciamiento de las intervenciones y acciones pedagógicas; en virtud de lo cual a través del O fi cio Nº 04566-2018-MINEDU/SG, el Ministerio de Educación solicita dar trámite a la referida transferencia de recursos; Que, de acuerdo a la información proporcionada por el Ministerio de Educación y la Dirección General de Gestión de Recursos Públicos, se ha determinado que el monto a transferir a los pliegos Gobiernos Regionales asciende a la suma total de S/ 8 261 129,00 (OCHO MILLONES DOSCIENTOS SESENTA Y UN MIL CIENTO VEINTINUEVE Y 00/100 SOLES), para el fi nanciamiento del personal bajo el Régimen Laboral del Decreto Legislativo Nº 1057 de las intervenciones y acciones pedagógicas; Que, de acuerdo a la información proporcionada por el Ministerio de Educación, el monto a transferir a los pliegos Gobiernos Regionales asciende a la suma de S/ 31 423 192,00 (TREINTA Y UN MILLONES CUATROCIENTOS VEINTITRÉS MIL CIENTO NOVENTA Y DOS Y 00/100 SOLES), para el fi nanciamiento de los bienes y servicios, y adquisición de activos no fi nancieros de las intervenciones y acciones pedagógicas; Que, en consecuencia, resulta necesario autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, a favor de los pliegos Gobiernos Regionales hasta por la suma de S/ 39 684 321,00 (TREINTA Y NUEVE MILLONES SEISCIENTOS OCHENTA Y CUATRO MIL TRESCIENTOS VEINTIUNO Y 00/100 SOLES), para el fi nanciamiento de las intervenciones y acciones pedagógicas; De conformidad con lo establecido en el párrafo 27.1 del artículo 27 de la Ley Nº 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018 y el párrafo 80.2 del artículo 80 de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto; DECRETA:Artículo 1. Objeto1.1 Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, hasta por la suma de S/ 39 684 321,00 (TREINTA Y NUEVE MILLONES SEISCIENTOS OCHENTA Y CUATRO MIL TRESCIENTOS VEINTIUNO Y 00/100 SOLES) del pliego 010: Ministerio de Educación a favor de